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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de abril de 2007 343976 Otorgan beneficio tributario de descuento por pago al contado anual al monto insoluto de los Arbitrios Municipales 2007 ORDENANZA N° 247-2007/MDB-CDB Breña, 13 de abril del 2007EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE BREÑA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de abril de 2007, el Informe N° 111-GATR/MDB, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de fecha 3 de abril de 2007, referido a Otorgar el 10% de descuento por el pago al contado anual al monto insoluto de los Arbitrios Municipales del año 2007. CONSIDERANDO: Que, los artículos 74º, 194° y numeral 4) del artículo 195º de la Constitución Política del Perú, así como el numeral 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, reconocen a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y les otorga potestad para administrar sus bienes y rentas; y que mediante Ordenanzas pueda crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdicción conforme a Ley; Que, mediante Informe Nº 111-2007-GATR/MDB de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas señala que de la revisión efectuada a la cuenta corriente de los contribuyentes del distrito se ha podido observar que los mismos todavía tienen deudas pendientes por el año 2007 de los Arbitrios Municipales, a la vez se hace necesario incentivar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, razón por la cual se hace necesario otorgar excepcionalmente por única vez un bene fi cio tributario; Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que los gobiernos locales en forma excepcional pueden condonar con carácter general el interés moratorio, respecto a los tributos que administra; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en los numerales 8) y 9) del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIO TRIBUTARIO Artículo Primero.- Otórguese el 10% de descuento por el pago al contado anual al monto insoluto de los Arbitrios Municipales del año 2007. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 30 de abril de 2007. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecución de la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a la Subgerencia de Operaciones, a la Subgerencia de Estadística e Informática, establecer los mecanismos más adecuados para la correcta aplicación de la presente ordenanza y a Unidad de Imagen Institucional y Comunicación su difusión. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 51669-1Autorizan viaje del Alcalde para participar en la Primera Cumbre Latinoamericana de Alcaldes y Funcionarios Públicos, a realizarse en España ACUERDO DE CONCEJO Nº 091- 2007/MDB Breña, 29 de marzo del 2007EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE BREÑAVISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de marzo del 2007, O fi cio Nº 006-CP-CCTPDE/ MDB referente a invitación por parte de Internacional Cooperación y Gestión. CONSIDERANDO: Que mediante O fi cio Nº 006-CP-CCTPDE/MDB del Presidente de la Comisión de Cooperación Técnica, Promoción y Desarrollo Empresarial, eleva al Despacho de Alcaldía la Invitación para participar como Organizador Municipalista Peruano en la realización de la “1era. Cumbre Latinoamericana de Alcaldes y Funcionarios”, remitido a la Comisión, por la Directora General de Internacional Cooperación y Gestión a cargo de la Sra. Atala Fernanda Corredor Samudio, a fi n de invitar al señor Alcalde de la Municipalidad de Breña, a participar como Organizador Municipalista Peruano en la realización de la “1era. Cumbre Latinoamericana de Alcaldes y Funcionarios Públicos” a celebrarse en Madrid España del 17 al 20 de setiembre del 2007 acompañando en esta tarea Internacional a la Municipalidad de Pachacamac, Municipalidad de Jesús Maria, Universidad Inca Gracilazo de la Vega. Los temas centrales en dicha Convocatoria son “ Gobernabilidad, Fortalecimiento de las Administraciones Locales, la Cooperación Internacional como palanca de apoyo al Desarrollo Distrital y la Administración Local de Ciudades del Futuro”. La presencia de Latinoamérica, Bolivia, Ecuador, Chile, Argentina, Brasil, Colombia y República Dominicana en este importante Foro de Intercambio de Voluntades impulsa a aceptar la propuesta de que Perú a través de sus Instituciones representativas lidere la Organización en la mesa ejecutiva; Que el Concejo Municipal ha visto por conveniente autorizar al señor Alcalde a participar de tan importante evento a fi n de intercambiar experiencias para el fortalecimiento de los Gobiernos Locales; En cumplimiento de las atribuciones conferidas por los Artículos 9º. Inciso 11) de la Ley Nº. 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, con la votación UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la Autorización al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Breña, señor JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD, a fi n realice el viaje al exterior, respecto a la invitación y participación por parte de la Directora General de Internacional Cooperación y Gestión a cargo de la Sra. Atala Fernanda Corredor Samudio, a participar como Organizador Municipalista Peruano en la realización de la “1era. Cumbre Latinoamericana de Alcaldes y Funcionarios Públicos” a celebrarse en Madrid- España del 17 al 20 de setiembre del 2007 Los temas centrales en dicha Convocatoria son “ Gobernabilidad, Fortalecimiento de las Administraciones Locales, la Cooperación Internacional como palanca de apoyo al Desarrollo Distrital y la Administración Local de Ciudades del Futuro”. Artículo Segundo.- Los gastos de representación y viáticos que irrogue el cumplimiento del presente Acuerdo, serán sufragados por parte del señor Alcalde