Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2007 (21/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2007

debiendo cancelar previamente a la MORDAZA de su solicitud, el total de los gastos administrativos y costas del procedimiento de ejecucion coactiva generada por la deuda pendiente de pago, si se hubieren generado. Articulo 5º.- Deudas impugnadas Cuando existan recursos impugnatorios en tramite, por cualquier causa, el contribuyente debera desistirse de su pretension, luego de aprobada su solicitud. Tratandose de recursos interpuestos ante el Tribunal Fiscal, demandas contencioso administrativas, demandas de MORDAZA u otros procesos seguidos ante organos jurisdiccionales o administrativos distintos a la Municipalidad Distrital de MORDAZA, el contribuyente debera presentar MORDAZA legalizada del escrito de desistimiento de la pretension presentado ante el organo correspondiente, luego de aprobada su solicitud. Para efectos de la MORDAZA de la solicitud de desistimiento, seran aplicables las normas contenidas en el Texto Unico de Ordenado del Codigo Tributario y en el Codigo Procesal Civil, segun corresponda. Articulo 6°.- Solicitud Los contribuyentes deberan presentar una solicitud de acogimiento que tendra caracter de declaracion jurada. La solicitud y los documentos referidos en el Articulo siguiente deberan ser presentados en la Unidad de Tramite Documentario de la Municipalidad e iniciara su MORDAZA de calificacion para el pago mediante la entrega de bienes o prestacion de servicios. El deudor podra solicitar a la Unidad de Logistica, MORDAZA de la MORDAZA de su solicitud, informacion respecto a las condiciones, caracteristicas y demas detalles de los bienes y servicios que la Municipalidad Distrital de MORDAZA requiera. Articulo 7° Documentos que deberan presentarse Para acogerse al regimen de pago en bienes muebles, inmuebles y servicios, se debera presentar los documentos siguientes: 7.1. Para el pago en bienes muebles e inmuebles: a) MORDAZA simple del documento de identidad o comprobante de informacion registrada en el RUC expedido por la SUNAT, del solicitante y del representante legal, de ser el caso. b) MORDAZA simple del recibo de pago de luz, agua o telefono, dentro del ultimo trimestre, c) Exhibir original y presentar MORDAZA del comprobante de pago de los gastos administrativos y costas procesales que se hubieran generado. d) Documentacion que sustente la propiedad de los bienes muebles e inmuebles propuestos para el pago de la deuda, los mismos que deben estar libres de carga, gravamen, MORDAZA judicial o extrajudicial. e) En el caso de bienes inmuebles se debera adjuntar autoavaluo y la tasacion comercial del predio efectuado por el Consejo Nacional de Tasaciones, CONATA. f) MORDAZA autenticada del documento o poder publico que faculta expresamente al solicitante o su representante, de ser el caso, a transferir el bien mueble e inmueble propuesto, con una fecha de emision no mayor a 30 dias. g) Presentar declaracion jurada de responsabilidad por vicios ocultos de los bienes presentados. h) Estado de la deuda tributaria emitido por las Unidades conformantes de la Gerencia de Rentas a la fecha de recepcion de la solicitud. i) MORDAZA simple de fecha vigente del gravamen de la propiedad expedida por la SUNARP. 7.2. Para el pago en servicios: a) MORDAZA simple del documento de identidad o comprobante de informacion registrada en el RUC expedido por SUNAT, del solicitante y del representante legal, de ser el caso. b) MORDAZA simple del recibo de pago de luz, agua o telefono, dentro del ultimo trimestre, c) Exhibir original y presentar MORDAZA del comprobante

de pago de los gastos administrativos y costas procesales que se hubieran generado. d) Declaracion Jurada de prestar los servicios propuestos. e) Estado de la deuda tributaria emitido por las Unidades conformantes de la Gerencia de Rentas a la fecha de recepcion de la solicitud. Articulo 8°.- Procedimiento Presentada la solicitud, la Unidad de Tramite Documentario verificara en el acto que el deudor cumpla con las condiciones que senala la presente MORDAZA, y si este califica como apto se registrara la solicitud como recibida, iniciandose el MORDAZA de calificacion. En caso que el solicitante omita la MORDAZA de alguno de los documentos senalados en el Articulo precedente o si estos son presentados con deficiencias que impidan una correcta evaluacion, la Gerencia de Rentas, requerira al solicitante, para que en el plazo de dos (2) dias habiles de notificado subsane la omision o deficiencia en que ha incurrido. Vencido dicho plazo, sin que MORDAZA subsanado, se tendra por no presentada la solicitud. Verificado el cumplimiento de las condiciones senaladas en la presente ordenanza, la Gerencia de Rentas remitira la solicitud acompanada de la respectiva documentacion, a la Gerencia de Administracion para que la Unidad de Logistica, realice la evaluacion y valorizacion respectiva. Articulo 9°.- Evaluacion de la solicitud La Unidad de Logistica evaluara y valorizara los bienes y servicios dentro del plazo de (10) dias habiles luego de la recepcion de la solicitud, bajo responsabilidad administrativa del Gerente de Administracion quien posteriormente aprobara o desaprobara la evaluacion y valorizacion. En la evaluacion se debera considerar si los bienes muebles, inmuebles o servicios ofrecidos se encuentran contenidos en el plan anual de adquisiciones y contrataciones del ejercicio correspondiente de la Municipalidad, o son necesarios para la misma. De ser el caso, la Gerencia de Administracion podra solicitar a las Gerencias Municipales de la Municipalidad, para que dentro del plazo de tres (3) dias habiles improrrogables, emitan opinion respecto a los bienes o servicios ofrecidos, bajo responsabilidad administrativa del Gerente correspondiente, lapso por el cual se suspende el plazo senalado en el primer parrafo. Si vencido el plazo de evaluacion y valorizacion no existiera pronunciamiento, el deudor podra presentar queja ante el Gerente Municipal contra el funcionario responsable de la demora en la evaluacion y valorizacion de su solicitud. Las solicitudes que no fueran aprobadas, seran comunicadas al deudor mediante una resolucion emitida por la Gerencia de Administracion. En ningun caso correspondera la devolucion de lo pagado por gastos administrativos y costas del procedimiento de Ejecucion Coactiva conforme a lo establecido en el Articulo 4° de la presente Ordenanza. Articulo 10°.- Valorizacion Evaluada la solicitud y estando conforme a las necesidades de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, la Unidad de Logistica procedera a valorizar los bienes o servicios ofrecidos por el Contribuyente. Para la valorizacion de los bienes muebles o servicios, la Unidad de Logistica tendra como referencia el monto senalado en la solicitud y los valores referenciales que posea. En el caso de los bienes inmuebles, para la valorizacion se tendra como referencia el valor establecido por el Consejo Nacional de Tasaciones, CONATA, previamente remitido en la solicitud. En todos los casos, dichos montos deben ser evaluados conjuntamente con los valores que le otorga el MORDAZA a cada bien mueble, inmueble o servicio presentado. La valorizacion realizada es inapelable, en todo caso el contribuyente podra desistirse de su solicitud.

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