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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (21/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de abril de 2007 343966 Que, en tal sentido, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, al haberse presentado una situación inusual e involuntaria que pudiera poner en riesgo la continuidad de un servicio esencial a cargo del Ministerio Público, en salvaguarda de los intereses de la Institución, se debe proceder a la Declaración de Situación de Desabastecimiento Inminente de la contratación del Servicio de Seguros Patrimoniales y Personales, acorde con lo previsto en la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE; Que, asimismo, la O fi cina de Asesoría Jurídica, concluye que, de la revisión de los actuados, aparecen hechos que pudieran considerarse infracción o falta administrativa que involucre a algunos funcionarios a cargo del caso, por lo que corresponde disponer el inicio de las acciones concernientes al deslinde de las responsabilidades a que hubiere lugar, conforme se encuentra previsto en el artículo 21º, segundo acápite, del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Con las visaciones de la Gerencia General, de la Gerencia Central de Logística, de la Gerencia Central de Finanzas y de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19º inciso c) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y los artículos 141º y 148º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, la contratación del Servicio de Seguros Patrimoniales y Personales del Ministerio Público, por un período máximo de 90 días, pudiendo reducirse dicho período en el momento en que se suscriba el nuevo contrato de servicios, como consecuencia del proceso de adquisición en trámite, fi jándose un valor referencial total de S/. 381,621.47 (Trescientos Ochenta y Un Mil Seiscientos Veintiuno y 47/100 Nuevos Soles), egreso que se afectará a la Especí fi ca de Gasto 77 - Seguros, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- EXONERAR a la Gerencia Central de Logística de la realización del proceso de selección correspondiente y AUTORIZARLA a efectuar la contratación del Servicio de Seguros Patrimoniales y Personales del Ministerio Público, mediante una acción inmediata, invitando a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones mínimas requeridas en las Bases, dejando constancia que si antes del plazo de 90 días, se logra suscribir el nuevo contrato de servicio, la situación de Desabastecimiento Inminente concluirá en dicha oportunidad. Artículo Tercero.- Disponer el inicio de las acciones correspondientes para el deslinde de las responsabilidades a que hubiere lugar, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 21º, segundo párrafo y 47º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo Cuarto.- Disponer se efectúe la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el SEACE, y asimismo se remita a la Contraloría General de la República y al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE, copia de la misma, así como de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo Quinto.- Remitir copia de la presente resolución a la Gerencia General, Gerencias Centrales de Logística, Finanzas, Órgano de Control Institucional y Ofi cina de Asesoría Jurídica, para los fi nes pertinentes.Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 51995-1 UNIVERSIDADES Modifican resolución que aprueba el TUPA 2007 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 01906-R-07 Lima, 12 de abril del 2007 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 04201-SG-07 de la O fi cina General de Plani fi cación, sobre modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2007 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Rectoral Nº 01140-R- 07 del 14 de marzo del 2007 se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2007 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; Que en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2007 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos se incorpora la actualización de derechos de pago de servicios prestados por la Secretaría General de la Universidad; Que en los procedimientos correspondientes a Graduación y Titulación para Facultades y Administración Central se establecen conceptos tarifarios referentes a Grados Académicos, Títulos, Diplomaturas, Reválidas y Reconocimientos de Grados que deben ser igualmente actualizados; Que conforme a las consideraciones expuestas y de acuerdo a la normatividad vigente, la O fi cina General de Plani fi cación considera pertinente efectuar las actualizaciones referidas y reemplazar las páginas Nºs. 9, 10, 13, 18, 22, 23, 24, 25, 27, 28 y 29 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2007 de la Universidad, según los anexos adjuntos; y, Estando a las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:1º.-Modi fi car la Resolución Rectoral Nº 01140-R-07 del 14 de marzo del 2007 que aprueba el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) 2007 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en el sentido de reemplazar las páginas Nº 9, 10, 13, 18, 22, 23, 24, 25, 27, 28 y 29, según relación que en fojas once (11) forma parte de la presente Resolución. 2º.-Encargar a la Secretaría General de la Universidad la publicación de la presente Resolución Rectoral en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la O fi cina General de Relaciones Públicas su publicación en la Página Web de la Universidad. 3º.- Encargar a las Facultades y Dependencias Administrativas de la Universidad el cumplimiento de la presente Resolución en los tiempos señalados. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.LUIS FERNANDO IZQUIERDO VÁSQUEZ Rector 51524-1