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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de agosto de 2007 350536 ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Aprueban establecimiento de Órganos Desconcentrados de COFOPRI en el territorio nacional RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 038-2007-COFOPRI/DE Lima, 31 de julio de 2007 VISTO:El Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones -ROF de COFOPRI; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 189º de la Constitución Política del Perú establece que el territorio de la República está integrado por regiones, departamentos, provincias y distritos, en cuyas circunscripciones se constituyen y organizan el gobierno nacional, regional y local preservando la unidad e integridad del Estado y de la Nación; imponiéndose la obligación a COFOPRI del saneamiento físico legal de la propiedad a que se re fi ere el lit. “n” del artículo 51 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementado por la Ley Nº 27046 que crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, la misma que es modi fi cada por la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923, Ley del Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos por la de Organismo de Formalización de la Propiedad Informal -COFOPRI; Que, la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923 precitada, establece que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad de COFOPRI, quien ejercerá la titularidad del Pliego; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 005-2007- VIVIENDA, se aprobó la fusión por absorción del Proyecto Especial de Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT con COFOPRI en calidad de entidad incorporante; asimismo, mediante el Decreto Supremo Nº 052-2007-EF se aprueba la transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público 2007; Que, por la Resolución Ministerial Nº 183-2007- VIVIENDA, se da por concluido, el proceso de fusión entre el PETT y COFOPRI; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 025- 2007-VIVIENDA, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de COFOPRI, disponiendo su vigencia, al día siguiente de la publicación; como instrumento de gestión que desarrolla la estructura orgánica de la entidad, hasta el tercer nivel organizacional; cuya Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final faculta al titular dictar normas complementarias para dicho cometido; Que, por los fundamentos expuestos resulta necesario determinar el ámbito de competencia de las Ofi cinas Zonales como Órganos Desconcentrados de COFOPRI, a fi n de que puedan cumplir a cabalidad con las funciones que les ha sido asignadas en el Reglamento de Organización y Funciones -ROF de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 28927 y Nº 28923, y el Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el establecimiento de los Órganos Desconcentrados del Organismo de Formalización de la Propiedad - COFOPRI en el territorio nacional, con sede en las capitales departamentales con funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones -ROF de la Entidad, conforme al detalle siguiente: ÓRGANO DESCONCENTRADO SEDE 1. OFICINA ZONAL DE AMAZONAS CHACHAPOYAS2. OFICINA ZONAL DE ANCASH HUARAZ3. OFICINA ZONAL DE APURÍMAC ABANCAY4. OFICINA ZONAL DE AREQUIPA AREQUIPA5. OFICINA ZONAL DE AYACUCHO AYACUCHO6. OFICINA ZONAL DE CAJAMARCA CAJAMARCA 7. OFICINA ZONAL DE CUSCO CUSCO8. OFICINA ZONAL DE HUANCAVELICA HUANCAVELICA9. OFICINA ZONAL DE HUÁNUCO HUÁNUCO10. OFICINA ZONAL DE ICA ICA 11. OFICINA ZONAL DE JUNIN HUANCAYO12. OFICINA ZONAL DE LA LIBERTAD TRUJILLO 13. OFICINA ZONAL DE LAMBAYEQUE CHICLAYO14. OFICINA ZONAL DE LIMA - CALLAO LIMA15. OFICINA ZONAL DE LORETO IQUITOS 16. OFICINA ZONAL DE MADRE DE DIOS PUERTO MALDONADO17. OFICINA ZONAL DE MOQUEGUA MOQUEGUA18. OFICINA ZONAL DE PASCO PASCO19. OFICINA ZONAL DE PIURA PIURA20. OFICINA ZONAL DE PUNO PUNO21. OFICINA ZONAL DE SAN MARTÍN MOYOBAMBA22. OFICINA ZONAL DE TACNA TACNA23. OFICINA ZONAL DE TUMBES TUMBES24. OFICINA ZONAL DE UCAYALI PUCALLPA Artículo Segundo.- DISPONER que las O fi cinas distintas a las señaladas en el artículo precedente, dependen normativa y funcionalmente de las O fi cinas Zonales con sede en la capital departamental. Artículo Tercero.- PRECISAR que las O fi cinas que actualmente operan en ámbitos cuya sede zonal no está implementada, dependen de la O fi cina de Coordinación Descentralizada. Regístrese, comuníquese y archíveseOMAR QUEZADA MARTÍNEZ Director EjecutivoCOFOPRI 90628-1 Aprueban denominación de cargos de los Órganos Estructurados de COFOPRI, en tanto se apruebe el CAP RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 039-2007-COFOPRI/DE Lima, 31 de julio de 2007VISTO:El Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones -ROF de COFOPRI; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 189º de la Constitución Política del Perú establece que el territorio de la República está integrado por regiones, departamentos, provincias y distritos, en cuyas circunscripciones se constituyen y organizan el gobierno nacional, regional y local preservando la unidad e integridad del Estado y de la Nación; imponiéndose la obligación a COFOPRI del saneamiento físico legal de la propiedad a que se re fi ere el lit. “n” del artículo 51° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal,