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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (01/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de agosto de 2007 350530 RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas (Corredores de Seguros Generales y de Vida) a la empresa TAS CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. con matrícula Nº J-0684, cuya representación será ejercida por el señor Oscar Guillermo Trisano Ontaneda con Nº de Registro N-2683. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 90321-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de renovación de códigos de licencias de software ARCGIS - ESRI RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 228-2007-INEI Lima, 27 de julio del 2007 Vistos, los O fi cios Nºs. 217 y 438 -2007-INEI/OTIN de la O fi cina Técnica de Informática y el O fi cio Nº 245- 2007-INEI/OTA de la O fi cina Técnica de Administración, remitiendo el Informe Nº 127-2007-INEI/OTA-OEAS emitido por la O fi cina Ejecutiva de Abastecimientos y Servicios y el Informe Nº 031-2007-INEI/OTAJ de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica, sobre exoneración del proceso de selección para la renovación de códigos de licencia de software ARCGIS - ESRI. CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 604 , Ley de Organización y Funciones del INEI, en concordancia con su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2001 PCM, establece que son funciones y objetivos del INEI, entre otros, normar, coordinar, ejecutar y actualizar la cartografía censal, para lo cual realiza programas de levantamiento, actualización cartográfica y automatización de la cartografía estadística. En cumplimiento a lo prescrito en las normas acotadas, el INEI desde el año 1993 potenció el desarrollo de los Sistemas de Información Geográfica, los cuales permiten asociar la información estadística con la Cartografía Nacional digitalizada, teniendo como soporte el software ARCGIS de ESRI. Que, la O fi cina Técnica de Informática remite el sustento técnico respecto al mantenimiento anual de Licencias ESRI y solicita contar con los permisos de uso del software ESRI (Licencias), manifestando que el INEI cuenta con la plataforma tecnológica de información de los Sistemas de Información cartográ fi ca, basados en productos de la familia ARCGIS de ESRI, no siendo posible considerar otras alternativas, debido a que ésta tendría un alto impacto en el cambio de la plataforma. Además, la O fi cina Ejecutiva de Cartografía y Geografía de la Dirección Nacional de los Censos y Encuestas la viene utilizando para la producción cartográ fi ca; Que, con O fi cio Nº 484-2007-INEI/OTPP-OEPRE, de fecha 24 de mayo del 2007 complementado con el Proveído Nº 927 del 17 de julio del 2007, la O fi cina Técnica de Plani fi cación, Presupuesto y Cooperación Técnica emite la disponibilidad presupuestal para el proceso de renovación de contrato de Licencias de Software ARCGIS-ESRI por la suma de S/. 31,000.00 Nuevos Soles, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios - Inversiones, Meta 010, Organización de los Censos Nacionales; Que, la O fi cina Ejecutiva de Abastecimiento y Servicios, emite el Informe Nº 127-2007-INEI/OTA-OEAS, en el cual señala que la empresa TELEMATICA S.A. es el distribuidor autorizado exclusivo en el Perú para comercializar, distribuir y brindar soporte a determinados productos de software de la empresa Environmental System Research Institute Inc. (ESRI) y que no tienen agentes comerciales ni subdistribuidores que comercialicen Licencia de Productos de la Familia ARCGIS, bajo el Licenciamiento de Vigencia Anual, siendo ésta la única empresa facultada para hacerlo, según lo manifestado por el representante Legal de la referida empresa mediante Cartas Nº TM-723-2007 y TM-754-2007 de fechas 18 y 22 de junio del 2007, por tanto es la única que puede prestar el servicio de renovación de las licencias solicitadas, no admitiéndose sustitutos en los servicios requeridos, por lo que se requiere realizar la exoneración del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva, siendo que el servicio a contratar no admite sustituto y existir proveedor único; Que, el servicio de renovación de códigos de Licencias de Software ESRI, sólo puede ser prestado por la empresa Telemática S.A., por cuanto es la única empresa en el Perú autorizada por Environmental Systems Research Institute Inc. ESRI para brindar el servicio que requiere el INEI, por consiguiente su contratación se enmarca dentro de los supuestos que señala el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica, en su Informe Legal Nº 031-2007-INEI/OTAJ precisa que de lo informado por la O fi cina Ejecutiva de Abastecimiento y Servicios, la Empresa TELEMATICA S.A. sería la única empresa autorizada por ENVIRONMENTAL SYSTEMS RESEARCH INSTITUTTE, INC, (ESRI) que ofrece la renovación de Códigos de Licencias de Software denominado ARCGIS - ESRI, por consiguiente cuenta con la capacidad y autorización para prestar el servicio requerido por el INEI, concluyendo que se encuadra en el supuesto del servicio que no admite sustituto en razón que es prestado por un proveedor único, resultando procedente aplicar lo previsto en el inc. e) del artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, el Inc. e) del Artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM establece que están exoneradas del proceso de selección correspondiente las adquisiciones y contrataciones que se realicen los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; Que, el Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con los Arts.146º y 147º de su Reglamento, establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de los procesos de selección se realizarán mediante acciones inmediatas y se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, será publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”, dentro de los diez días hábiles siguientes a su emisión. Dicha resolución requiere obligatoriamente de los informes técnico y legal previos que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración; Estando a lo propuesto por la O fi cina Técnica de Administración y con las visaciones de Secretaria General y las O fi cinas Técnicas de Plani fi cación, Presupuesto y Cooperación Técnica; de Informática y de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”;