Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (01/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de agosto de 2007 350532 Disponen publicar Cédula Censal que se utilizará en el empadronamiento de Censos Nacionales XI de Población y VI de Vivienda en el año 2007 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 231-2007-INEI Lima, 31 de julio del 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 093-2006-PCM, se declaró de prioridad nacional la ejecución de los Censos Nacionales: XI de Población y VI de Vivienda en el año 2007, disponiendo que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), como órgano responsable de la conducción y ejecución de los referidos Censos, emitirá las normas técnicas por las que se regirán los Censos Nacionales: XI de Población y VI de Vivienda; Que, por Resolución Ministerial Nº 011-2007-PCM, del 12 de enero de 2007, se conforma la Comisión Consultiva de los Censos Nacionales: XI de Población y VI de Vivienda, precisando entre sus funciones y atribuciones, aprobar el Plan Censal 2007, propuesto por el INEI; Que, el Decreto Supremo Nº 035-2007-PCM, establece las Normas para la Ejecución de los Censos Nacionales: XI de Población y VI de Vivienda en el año 2007; precisando que la Cédula Censal es un documento técnico que forma parte del Plan Censal 2007; Que, considerando el interés nacional, se han de fi nido los temas y variables de los Censos Nacionales, los mismos que contiene la Cédula Censal, instrumento técnico metodológico que permitirá captar información demográ fi ca, económica y social de los habitantes; así como información relativa a las viviendas, sus características estructurales, servicios que dispone, entre otros; Que, la Comisión Consultiva de los Censos Nacionales, en base a pruebas metodológicas, opinión y sugerencias de usuarios de representatividad nacional, ha aprobado por unanimidad, el contenido y diseño de la Cédula Censal; Que, resulta pertinente la publicación de la Cédula Censal, a fi n de dar a conocer a todo el país su contenido, el mismo que está compuesto de cinco secciones: 1º. Localización de la Vivienda y Número de Hogares; 2º. Características y Servicios de la Vivienda; 3º. Características del Hogar; 4º. Personas que conforman el Hogar y 5º. Características de la Población; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publicar en el Diario O fi cial El Peruano, la Cédula Censal que será utilizada para el empadronamiento de los Censos Nacionales: XI de Población y VI de Vivienda en el Año 2007, compuesta de cinco secciones, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Difundir a través de la Página Web del INEI, la Cédula Censal referida en el artículo precedente, a fi n que la población tenga acceso y conocimiento de su contenido e interiorice las preguntas para la mejor comprensión de sus respuestas durante su diligenciamiento en el “Día del Censo”. Regístrese y comuníquese.RENAN QUISPE LLANOS Jefe REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario O fi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario O fi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario O fi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justi fi car y, si se agregasen grá fi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA L