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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (04/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 90

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de agosto de 2007 350796 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Modifican Ordenanza Nº 147-MDMM y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas ORDENANZA Nº 316-MDMM Magdalena del Mar, 27 de junio de 2007 ORDENANZA QUE INCREMENTA SANCIONES POR ARROJAR DESPERDICIOS, MALEZA Y RESIDUOS SÓLIDOS EN GENERAL A LA COSTA VERDE EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO:El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 13 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 27680, las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, es política de la actual gestión municipal incentivar y promover las condiciones favorables para la preservación del entorno ambiental, por lo que es necesario establecer mecanismos para su protección, endureciendo las consecuencias jurídicas existentes ante la veri fi cación de conductas que perturben dicho entorno, por lo que resulta necesario modi fi car las sanciones previstas por la comisión de la conducta signada con Código de Infracción Nº 19016 por: “Arrojar desperdicios, maleza, residuos sólidos en general y desmonte de construcción a las playas y aguas del mar”. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- Modifíquese la Ordenanza Nº 147- MDMM y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas aprobado mediante Ordenanza Nº 024-MDMM, aplicable de conformidad a lo establecido en la Tercera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 182-MDMM, de conformidad con lo siguiente: LIMPIEZA (19000) COD INFRACCIÓN MULTA EN % DE UIT VIGENTEOTRAS SANCIONES 19016 Arrojar desperdicios, maleza, residuos sólidos en general y desmonte de construcción a las playas y aguas del mar100% Retención y depósito del vehículo utilizado por 15 días Artículo Segundo.- Deróguense las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del siguiente día de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 91459-1MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Suspenden procedimientos de emisión de constancias de zonificación y usos, constancias de Defensa Civil, licencias de funcionamiento, de obra y otras destinadas a fines comerciales, en determinadas avenidas del distrito ORDENANZA Nº 393-MSB San Borja, 3 de agosto de 2007. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Visto, en la XV-2007 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 03.08.2007, el Dictamen Nº 020-2007-MSB- CAL y Dictamen Nº 003-2007-MSB-CDU, presentado por la Comisión de Asuntos Legales, y Comisión de Economía y Rentas, respectivamente, sobre suspensión de emisión de Constancia de Zoni fi cación y Usos, Certi fi cado de Compatibilidad de Usos, Constancia de Defensa Civil y Licencia de Funcionamiento Provisional y De fi nitiva, Licencia de Obra o Construcción, Ampliación, Remodelación, Modi fi cación y/o Regularización, en determinadas avenidas del distrito. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, concordado con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración; Que, el artículo IV de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Que, la Primera Disposición Final, Transitoria y Complementaria de la Ley Nº 28976 – Ley Marco de Licencias de Funcionamiento establece que la Ley entrará en vigencia a los ciento ochenta (180) días calendario, contado a partir del día siguiente de su publicación, en dicho plazo, corresponderá a las municipalidades adecuar entre otros el cambio de zoni fi cación del distrito de conformidad con el articulo 14º de la referida norma. Que, mediante Informe Nº 318-2007-MSB-GM-GC- JLC, la Jefatura de Licencias Comerciales, solicita se suspenda la emisión de Constancia de Zoni fi cación y Usos, Certi fi cado de Compatibilidad de Usos, Licencia de Funcionamiento Provisional, Licencia de Funcionamiento De fi nitiva, certi fi cado de parámetros, Licencia de obra o Construcción, Ampliación, Remodelación, Modi fi cación y/o Regularización para fi nes comerciales, en las avenidas San Borja Sur, San Borja Norte, Las Artes Sur, Las Artes Norte; así como la emisión de los mismos documentos para los giros de centro de estética, peluquería, baños turcos, baños saunas y salones de masajes en la Av. Aviación, San Luis y Javier Prado Este, hasta que se apruebe el Plano de Zoni fi cación e Índice de Usos del distrito, con elfi n de preservar y conservar el uso residencial del mismo, siendo éste el clamor de los vecinos del distrito y una visión que tiene la Municipalidad Distrital de San Borja. Asimismo, indica que a efecto de la aplicación de la Ley Nº 28976, la cual entraría en vigencia el 5 de agosto del presente año, se requiere contar con instrumentos normativos necesarios tales como el Plano de Zoni fi cación del distrito, el Índice de Usos para