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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de agosto de 2007 351414 Consejo de Ministros. En ningún caso se referirán a bienes, servicios u obras de carácter administrativo u operativo de acuerdo al Reglamento; e) Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; y, f) Para los servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento. Que, en este tipo de casos, siempre existe la posibilidad de exonerar vía bien que no admite sustitutos, ello porque quizás, ya se encontró el terreno que le interesa y sólo le interesa ese terreno elegido para lo cual se deberá sustentar del modo correcto la liberación del proceso de selección de acuerdo a los lineamientos que señalamos en los párrafos siguientes. Que, es que las entidades públicas están autorizadas a dispensarse de un proceso de concurrencia abierta que por el monto o naturaleza hubiese correspondido, para adquirir bienes o contratar servicios que no admitan sustitutos en el mercado de un proveedor único. Que, para tal efecto, la entidad debe estar en capacidad de demostrar que conforme a su estudio de mercado sólo existe un proveedor capaz de brindar al bien requerido para lo cual se debe realizar un análisis de sus probables proveedores agotando las fuentes de suministros que le ofrezca el mercado. Adicionalmente, la Municipalidad debe necesitar de ese bien, con exclusión de cualquier otra toda vez que su necesidad no podrá ser satisfecha con algo análogo. Que, en el presente caso, materia sub – examine lo que deberá hacer la Municipalidad es sobre la base de condiciones objetivas como las zonas, la ubicación, la zoni fi cación catastral o por encontrarnos ante una localidad pequeña, se podrá sustentar con un informe técnico de un profesional que queda determinar que el terreno es ideal para lo que se pretende. Que, adicionalmente a todo lo señalado, el Artículo 148 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece el proceso de contratación directa que deben seguir las Entidades en el caso de las adquisiciones y contrataciones exoneradas, toda vez que aun cuando la Municipalidad se exonere del proceso de selección, debe establecer las bases de la contratación, en las cuales deben constar las especi fi caciones técnicas del bien requerido y las condiciones del contrato bastando con que la Municipalidad invite a un solo proveedor a contratar directamente con ella, siempre que su propuesta cumpla con las Bases. Que, la dependencia encargada de las contrataciones y adquisiciones de la Entidad, o el órgano designado para tal efecto, se encargarán de realizar la contratación objeto de la exoneración. SE ACUERDA : Artículo Primero: ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas exonere del proceso de selección a la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar en la adquisición de (1) terreno para su inmediata reubicación; así como de la adquisición de materiales, contrato de personal y maquinaria para la Construcción de la Institución Educativa Inicial Nº 124 – Chavín. Artículo Segundo: REMITIR a todas las Gerencias de este Municipio copia del presente acuerdo. Artículo Tercero: DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano. JUSTINO MONTES COLCAS Alcalde 95306-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LUYA Precisan relación de servicios y bienes a ser contratados y adquiridos para la construcción del Puente Cáclic y el mejoramiento del sistema de Riego en el Valle de Jucusbamba RESOLUCIÓN DE ALCALDIA Nº 091-2007- MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LUYA/A Luya, 31 de julio de 2007VISTOS: La Resolución de Alcaldía Nº 059-2007-MDL/A, de fecha 27 de junio del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Artículo II y VIII del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y mediante Ley Nº 28927, se aprueba el Presupuesto para el Sector Público, para el año fi scal 2007. Que, el Decreto de Urgencia N° 024-2006, publicado el 26 de septiembre del 2006, establece en su artículo segundo que la relación de bienes, servicios y obras se aprueba mediante Resolución del Titular de la Entidad o la máxima autoridad administrativa, dicha Resolución incluyendo la relación se publica en el Diario O fi cial El Peruano y en los respectivos portales electrónicos de las Entidades. Que con Resolución de Alcaldía N° 059-2007-MDL/ A, de fecha 27 de junio del 2007, se aprobó, la relación de Servicios que serán adquiridos por la Municipalidad Distrital de Luya, para la Meta: Construcción Puente Cáclic, obviando precisar la relación de servicios y bienes, por lo que se debe emitir el acto administrativo integrando la Resolución. Estando a lo acordado y de conformidad con la Ley Nº 28880, y el Decreto de Urgencia N° 24-2006 y de conformidad con la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Integrar la Resolución de Alcaldía N° 059-2007-MDL/A, de fecha 27 de junio del 2007; en consecuencia incluir la relación de Bienes y Servicios que serán adquiridos por la Municipalidad Distrital de Luya por encargo del Gobierno Regional Amazonas, derivadas de la Ley que aprueba un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año 2006, y en concordancia con el Decreto de Urgencia N° 024-2006, las mismas que a continuación se detalla: Proyectos:1.-Mejoramiento y Rehabilitación Carretera Cáclic- Luya-Lámud, Meta Construcción Puente Cáclic: a)Contratación de Servicios: Supervisor, y Residente de obra, Especialista en Geotecnia, Transporte, Mano de Obra, Ensayo de Materiales, Servicios de Terceros y Alquiler de Maquinaria y Equipo. b)Adquisición de Bienes: Combustible, Acero, Material de Ferretería, Agregados, Cemento, madera, Herramientas, Equipo y materiales de Cómputo, Adquisición y Lanzamiento de Superestructura de Puente de Sección Compuesta. 2.-Mejoramiento del Sistema de Riego en el Valle de Jucusbamba, Distrito de Luya-Lámud, Provincia de Luya: c)Contratación de Servicios: Supervisor y Residente de obra, Topógrafo, Transporte, Mano de Obra, Ensayo de Materiales, Servicios de Terceros y Alquiler de Maquinaria y Equipo. d) Adquisición de Bienes: Combustible, Acero, Asfalto RC-250, Material Explosivo, Material de Ferretería, Agregados, Cemento, madera, Herramientas, Compuerta Plancha Metálica con Volante. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR el presente acto administrativo a las instancias internas de la Municipalidad. Regístrese y comuníquese.SEGUNDO LEOPOLDO VALQUI ZUTA Alcalde 95147-1