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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (18/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de agosto de 2007 351833 DPTO. / PROV. / DISTRITO S/. US$ QUILAHUANI 0.00 225.00 TACNA/JORGE BASADRE ILABAYA 0.00 61,503.33 ITE 0.00 11,057.49LOCUMBA 0.00 7,012.50 TACNA/TACNA ALTO DE LA ALIANZA 0.00 2,475.00CALANA 0.00 1,462.50CIUDAD NUEVA 0.00 2,358.18CORONEL GREGORIO 0.00 2,662.50ALBARRACIN LA INCLAN 0.00 1,473.95PACHIA 0.00 16,109.23PALCA 0.00 43,568.34POCOLLAY 0.00 562.50SAMA 0.00 9,975.00TACNA 0.00 11,907.72 TACNA/TARATA CHUCATAMANI 0.00 13,275.00ESTIQUE 0.00 10,656.17 ESTIQUE PAMPA 0.00 3,558.20SITAJARA 0.00 3,150.00SUSAPAYA 0.00 1, 721.25 TARATA 0.00 17,629.95TARUCACHI 0.00 13,172.89TICACO 0.00 371.25 TUMBES/CONTRALMIRANTE VILLAR CANOAS DE PUNTA SAL 0.00 73.70 UCAYALI/CORONEL PORTILLO CALLARIA 0.00 2,025.00NUEVA REQUENA 0.00 825.00 758,613.30 13,778,589.57 Total Distritos 1,238 97506-1 Disponen la publicación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de julio de 2007 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 079-2007-INGEMMET/PCD Lima, 13 de agosto de 2007CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 008-2007-EM se aprueba la fusión del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero – INACC con el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET, correspondiéndole al Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET la calidad de entidad incorporante; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM del 5 de julio del 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, publicará mensualmente en el Diario O fi cial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visación de la Dirección de Concesiones Mineras y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM;SE RESUELVE: Artículo Único.- PUBLÍQUESE en el Diario O fi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de julio del 2007, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese.JAIME CHÁVEZ RIVA GÁLVEZ Presidente del Consejo DirectivoINGEMMET 97501-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Aceptan donación dineraria efectuada a favor del INDECI RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 286-2007-INDECI 13 de agosto del 2007VISTOS: el Memorando Nº 4043-2007-INDECI/6.0 del 31 de julio de 2007 y el Informe Nº 206-07/INDECI/6.2.3 del 31 de julio de 2007; y, CONSIDERANDO:Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI es el órgano central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI, encargado del planeamiento, coordinación y control de las actividades de Defensa Civil a nivel nacional; que, en su condición de Entidad receptora de donaciones por mandato legal, canaliza las donaciones pecuniarias a través de la Cuenta Corriente aperturada en el Banco de la Nación; Que, mediante los documentos de Vistos, se informa sobre la donación efectuada por la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos (OEA), ascendente a la suma de QUINCE MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($ 15,000.00) según Cheque Nº 500945 emitido el 26 de junio de 2007, el cual ha sido abonado en la cuenta Aportes y Donaciones del Banco de la Nación en Moneda Extranjera Cta. Cte. Nº 6000-020352, como apoyo a la campaña organizada por el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI ante las bajas temperaturas en las zonas alto andinas de los departamentos de Puno, Tacna, Arequipa, Moquegua, Apurímac, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Junín y Pasco; Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411- Ley del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, además señala que cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias, la referida Resolución será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, en consecuencia, resulta necesario expedir la Resolución de Aceptación de la citada donación; Con la visación de la Sub Jefatura, de la O fi cina de Administración y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411 – Ley del Sistema Nacional de Presupuesto; y en uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Ley N° 19338, sus modi fi catorias y ampliatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo N° 059-2001-PCM, modi fi cado por los