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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de agosto de 2007 352435 Dan por concluido proceso de licitación pública por subasta inversa electrónica de adquisición de computadoras personales Tipo I para las dependencias del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 196-2007-P-PJ Lima, 29 de agosto de 2007 VISTO: El Informe Nº 002-2007-CEAEC-GG-PJ, del Comité Especial encargado de conducir el proceso de selección para la “Adquisición de equipos de cómputo para el Poder Judicial a nivel nacional, bajo la modalidad de Subasta Inversa Electrónica”; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 76º de la Constitución Política del Estado, las Entidades de la Administración Pública se encuentran obligadas a llevar a cabo procesos de selección para la adquisición de bienes, contratación de servicios y ejecución de obras, en aras de la transparencia y mejor uso de los recursos públicos; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 923 del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Poder Judicial, aprobado para el presente ejercicio fi scal, el Comité Especial convocó al proceso de Licitación Pública por Subasta Inversa Electrónica Nº 003-2007-GG-PJ para la “Adquisición de Computadoras Personales Tipo I para las dependencias del Poder Judicial”, por el valor referencial de S/. 11’263,890.00 (Once Millones Doscientos Sesenta y Tres Mil Ochocientos Noventa y 00/100 Nuevos Soles), de acuerdo al expediente de contratación y a las Bases aprobadas por las Resoluciones Administrativas de la Presidencia del Poder Judicial Nros. 134 y 160-2007-P-PJ, respectivamente, cuya Ficha Técnica fue aprobada por CONSUCODE mediante Resolución Nº 243-2007-CONSUCODE/PRE; Que, con fecha 27 de Julio del año en curso, se Prepublicaron las Bases del proceso antes referido, hasta el día 6 de agosto del 2007, fecha de su convocatoria, cuya inscripción de participantes, registro y presentación de propuestas se llevó a cabo el día 8 de agosto del 2007, y Apertura de Propuestas y período de Lances del Sistema estuvo previsto para el día 15 de agosto del 2007, con la fi nalidad de otorgar la Buena Pro en esa misma fecha; Que, conforme se aprecia de los O fi cios Nros. 6622, 6623, 6624 y 6626-P-P-PJ, emitidos por la Presidencia del Poder Judicial, dada la práctica de transparencia impulsada por este Poder del Estado se puso de conocimiento e invitó a la Contraloría General de la República, Congreso de la República, Comisión de Fiscalización del Congreso de la República, Consejo Nacional para la Ética Pública (Proética) y Ciudadanos al Día (CAD), Consejo de la Prensa Peruana, así como a las organizaciones de la Sociedad Civil, entre otros, el Colegio de Abogados de Lima, para que participen como veedores en los procesos de adquisición a que se re fi ere la presente resolución, excediendo inclusive las facultades otorgadas por Ley, afi n de dar publicidad a todos los actos administrativos relacionados con el referido proceso en el Diario O fi cial El Peruano y la página Web del Poder Judicial; Que, una vez convocado el referido proceso de selección, el Comité Especial ha venido coordinando permanentemente con el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), tal es así que, en la reunión sostenida el 13 de agosto del 2007, dos (2) días antes del referido acto público, los funcionarios de este Órgano Supervisor, hicieron comentarios sobre la “existencia de observaciones de algunos postores a la Ficha Técnica aprobada por su institución; hecho que no fue observado oportunamente por CONSUCODE, de acuerdo a las atribuciones conferidas por el artículo 176º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que establece que el CONSUCODE es el órgano encargado de aprobar las Fichas Técnicas de los bienes y servicios transables que pueden adquirirse y contratarse bajo esta modalidad, pudiendo ser objeto de modi fi cación o exclusión, previo sustento técnico legal ; Que, con fecha 14 de agosto del 2007, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, mediante O fi cio Nº 086-2007/DOP/SSIN, remite a las 15:15 horas p.m., vía fax a la Gerencia General del Poder Judicial, observaciones a las Bases registradas en el SEACE, las mismas que han sido subsanadas oportunamente y modi fi cadas en el Sistema, lo cual ha sido comunicado a CONSUCODE mediante O fi cio Nº 1356-2007-GG-PJ; del mismo modo, coincidentemente con lo manifestado extrao fi cialmente por CONSUCODE, el mismo día las Empresas COSAPI DATA – SOLUCIONES EN SISTEMAS DE INFORMACIÓN, TRIMEGA SYSTEM S.A.C., PC PERFORMANCE Y CIBERCOM S.A.C., remiten Cartas Notariales a la Gerencia General del Poder Judicial observando las características de la Ficha Técnica aprobada por el CONSUCODE con el Código B140600120058, mediante Resolución Administrativa Nº 243-2007/CONSUCODE/PRE, el 8 de mayo del 2007, alegando el principio de vigencia tecnológica, cuya respuesta ha sido comunicada a las referidas empresas mediante las Cartas Notariales Nros. 028, 029, 030 y 031-CEAEC-GG-PJ y remitida, las Cartas de los postores, en original al CONSUCODE, para la modi fi cación respectiva, por no ser competencia del Poder Judicial; Que, conforme se observa precedentemente, el Poder Judicial en todo momento actuó de Buena Fe y con observancia de la normatividad administrativa pertinente durante el desarrollo del proceso de selección, subsanando las observaciones efectuadas por el CONSUCODE; sin embargo, este mismo órgano, sin considerar la competencia en la actuación de las comunicaciones administrativas, de acuerdo a la Ley Especial, en pleno acto preparatorio de Apertura de Sobres, Lances en el Sistema y otorgamiento de la Buena Pro programado para el día 15 de agosto de 2007 a las 10.00 a.m., remite vía Fax, a las 9:57 a.m. del mismo día, a la Gerencia General el O fi cio Nº429- 2007/DOP, mediante el cual el Director de Operaciones del CONSUCODE requiere al Titular del Pliego de la Entidad “… bajo responsabilidad …”, declarar de o fi cio la nulidad de la Licitación Pública en curso; motivo por el cual el Presidente del Comité Especial suspende el Acto Público programado, conforme consta en Acta Notarial; Que, en este sentido, mediante Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº184-2007-P-PJ, de fecha 15 de agosto del año en curso, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el día 16 del mismo mes y año, se declara de o fi cio la Nulidad del proceso, retrotrayendo el proceso a la etapa de convocatoria, previa reformulación de bases, la misma que fue aprobada, bajo responsabilidad de CONSUCODE, por los perjuicios ocasionados a los usuarios de la Administración de Justicia; dejando constancia además que por de fi ciencia del Registro Administrado por el CONSUCODE, el Sistema de Lances de Presupuestas y el otorgamiento de la Buena Pro, por falta de comunicación anticipada de esta Entidad, fue habilitada a la hora prevista y realizó las operaciones automáticamente, sin permitir la posibilidad de comunicar a los postores participantes la suspensión de dicho acto hasta la hora prevista, siendo comunicados a los mismos vía correo electrónico y registrado el contenido de la Resolución en mención en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones – SEACE; Que, asimismo, mediante O fi cio Nº433-2007/DOP, de fecha 20 de agosto del año en curso, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), comunica que con relación a las Cartas remitidas de las empresas antes referidas, viene evaluando la posibilidad de excluir la mencionada Ficha Técnica, por lo que sugiere que se evalúe la pertinencia de utilizar la referida Ficha, toda vez que de acuerdo al artículo 12º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta de exclusiva responsabilidad del Poder Judicial de fi nir las especi fi caciones técnicas de los bienes a adquirir; Que, de acuerdo a las consultas diarias al Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE, se pudo constatar que el CONSUCODE, mediante Resolución Administrativa Nº418-2007/CONSUCODE/PRE de fecha 21 de agosto de 2007, aprueba la exclusión del Listado de Bienes Comunes del SEACE la Ficha Técnica para la adquisición de “Computadoras Personales Tipo I”, siendo registrado el 23 de agosto del año en curso, la misma que toma como fundamento técnico las cartas remitidas por los postores al Poder Judicial, las cuales