Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2007 (30/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

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Dan por concluido MORDAZA de licitacion publica por subasta inversa electronica de adquisicion de computadoras personales MORDAZA I para las dependencias del Poder Judicial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 196-2007-P-PJ
MORDAZA, 29 de agosto de 2007 VISTO: El Informe Nº 002-2007-CEAEC-GG-PJ, del Comite Especial encargado de conducir el MORDAZA de seleccion para la "Adquisicion de equipos de computo para el Poder Judicial a nivel nacional, bajo la modalidad de Subasta Inversa Electronica"; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 76º de la Constitucion Politica del Estado, las Entidades de la Administracion Publica se encuentran obligadas a llevar a cabo procesos de seleccion para la adquisicion de bienes, contratacion de servicios y ejecucion de obras, en aras de la transparencia y mejor uso de los recursos publicos; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 923 del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Poder Judicial, aprobado para el presente ejercicio fiscal, el Comite Especial convoco al MORDAZA de Licitacion Publica por Subasta Inversa Electronica Nº 003-2007-GG-PJ para la "Adquisicion de Computadoras Personales MORDAZA I para las dependencias del Poder Judicial", por el valor referencial de S/. 11'263,890.00 (Once Millones Doscientos Sesenta y Tres Mil Ochocientos Noventa y 00/100 Nuevos Soles), de acuerdo al expediente de contratacion y a las Bases aprobadas por las Resoluciones Administrativas de la Presidencia del Poder Judicial Nros. 134 y 160-2007P-PJ, respectivamente, cuya Ficha Tecnica fue aprobada por CONSUCODE mediante Resolucion Nº 243-2007CONSUCODE/PRE; Que, con fecha 27 de MORDAZA del ano en curso, se Prepublicaron las Bases del MORDAZA MORDAZA referido, hasta el dia 6 de agosto del 2007, fecha de su convocatoria, cuya inscripcion de participantes, registro y MORDAZA de propuestas se llevo a cabo el dia 8 de agosto del 2007, y Apertura de Propuestas y periodo de Lances del Sistema estuvo previsto para el dia 15 de agosto del 2007, con la finalidad de otorgar la Buena Pro en esa misma fecha; Que, conforme se aprecia de los Oficios Nros. 6622, 6623, 6624 y 6626-P-P-PJ, emitidos por la Presidencia del Poder Judicial, dada la practica de transparencia impulsada por este Poder del Estado se puso de conocimiento e invito a la Contraloria General de la Republica, Congreso de la Republica, Comision de Fiscalizacion del Congreso de la Republica, Consejo Nacional para la Etica Publica (Proetica) y Ciudadanos al Dia (CAD), Consejo de la Prensa Peruana, asi como a las organizaciones de la Sociedad Civil, entre otros, el Colegio de Abogados de MORDAZA, para que participen como veedores en los procesos de adquisicion a que se refiere la presente resolucion, excediendo inclusive las facultades otorgadas por Ley, a fin de dar publicidad a todos los actos administrativos relacionados con el referido MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano y la pagina Web del Poder Judicial; Que, una vez convocado el referido MORDAZA de seleccion, el Comite Especial ha venido coordinando permanentemente con el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), tal es asi que, en la reunion sostenida el 13 de agosto del 2007, dos (2) dias MORDAZA del referido acto publico, los funcionarios de este Organo Supervisor, hicieron comentarios sobre la "existencia de observaciones de algunos postores a la Ficha Tecnica aprobada por su institucion; hecho que no fue observado oportunamente por CONSUCODE, de acuerdo a las atribuciones conferidas por el articulo 176º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que establece que el CONSUCODE es el organo encargado de aprobar las Fichas Tecnicas de los bienes y servicios transables que pueden adquirirse

y contratarse bajo esta modalidad, pudiendo ser objeto de modificacion o exclusion, previo sustento tecnico legal; Que, con fecha 14 de agosto del 2007, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, mediante Oficio Nº 086-2007/DOP/SSIN, remite a las 15:15 horas p.m., via fax a la Gerencia General del Poder Judicial, observaciones a las Bases registradas en el SEACE, las mismas que han sido subsanadas oportunamente y modificadas en el Sistema, lo cual ha sido comunicado a CONSUCODE mediante Oficio Nº 1356-2007-GG-PJ; del mismo modo, coincidentemente con lo manifestado extraoficialmente por CONSUCODE, el mismo dia las Empresas COSAPI DATA ­ SOLUCIONES EN SISTEMAS DE INFORMACION, TRIMEGA SYSTEM S.A.C., PC PERFORMANCE Y CIBERCOM S.A.C., remiten Cartas Notariales a la Gerencia General del Poder Judicial observando las caracteristicas de la Ficha Tecnica aprobada por el CONSUCODE con el Codigo B140600120058, mediante Resolucion Administrativa Nº 243-2007/CONSUCODE/PRE, el 8 de MORDAZA del 2007, alegando el MORDAZA de vigencia tecnologica, cuya respuesta ha sido comunicada a las referidas empresas mediante las Cartas Notariales Nros. 028, 029, 030 y 031-CEAEC-GG-PJ y remitida, las Cartas de los postores, en original al CONSUCODE, para la modificacion respectiva, por no ser competencia del Poder Judicial; Que, conforme se observa precedentemente, el Poder Judicial en todo momento actuo de Buena Fe y con observancia de la normatividad administrativa pertinente durante el desarrollo del MORDAZA de seleccion, subsanando las observaciones efectuadas por el CONSUCODE; sin embargo, este mismo organo, sin considerar la competencia en la actuacion de las comunicaciones administrativas, de acuerdo a la Ley Especial, en pleno acto preparatorio de Apertura de Sobres, Lances en el Sistema y otorgamiento de la Buena Pro programado para el dia 15 de agosto de 2007 a las 10.00 a.m., remite via Fax, a las 9:57 a.m. del mismo dia, a la Gerencia General el Oficio Nº4292007/DOP, mediante el cual el Director de Operaciones del CONSUCODE requiere al Titular del Pliego de la Entidad "... bajo responsabilidad ...", declarar de oficio la nulidad de la Licitacion Publica en curso; motivo por el cual el Presidente del Comite Especial suspende el Acto Publico programado, conforme consta en Acta Notarial; Que, en este sentido, mediante Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº1842007-P-PJ, de fecha 15 de agosto del ano en curso, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 16 del mismo mes y ano, se declara de oficio la Nulidad del MORDAZA, retrotrayendo el MORDAZA a la etapa de convocatoria, previa reformulacion de bases, la misma que fue aprobada, bajo responsabilidad de CONSUCODE, por los perjuicios ocasionados a los usuarios de la Administracion de Justicia; dejando MORDAZA ademas que por deficiencia del Registro Administrado por el CONSUCODE, el Sistema de Lances de Presupuestas y el otorgamiento de la Buena Pro, por falta de comunicacion anticipada de esta Entidad, fue habilitada a la hora prevista y realizo las operaciones automaticamente, sin permitir la posibilidad de comunicar a los postores participantes la suspension de dicho acto hasta la hora prevista, siendo comunicados a los mismos via correo electronico y registrado el contenido de la Resolucion en mencion en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones ­ SEACE; Que, asimismo, mediante Oficio Nº433-2007/DOP, de fecha 20 de agosto del ano en curso, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), comunica que con relacion a las Cartas remitidas de las empresas MORDAZA referidas, viene evaluando la posibilidad de excluir la mencionada Ficha Tecnica, por lo que sugiere que se evalue la pertinencia de utilizar la referida Ficha, toda vez que de acuerdo al articulo 12º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta de exclusiva responsabilidad del Poder Judicial definir las especificaciones tecnicas de los bienes a adquirir; Que, de acuerdo a las consultas diarias al Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE, se pudo constatar que el CONSUCODE, mediante Resolucion Administrativa Nº418-2007/CONSUCODE/ PRE de fecha 21 de agosto de 2007, aprueba la exclusion del Listado de Bienes Comunes del SEACE la Ficha Tecnica para la adquisicion de "Computadoras Personales MORDAZA I", siendo registrado el 23 de agosto del ano en curso, la misma que toma como fundamento tecnico las cartas remitidas por los postores al Poder Judicial, las cuales

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