Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (30/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de agosto de 2007 352438 Que por otro lado, mediante la Resolución Administrativa Nº 148-2007-CE-PJ publicada el quince del presente mes, se convirtieron los Juzgados Civiles 62º, 63, 64º, 65 y 66º en los Juzgados Contencioso Administrativos 11º, 12º, 13º, 14 y 15º de esta Corte Superior. Que en ese sentido, con los documentos de vista, los doctores Hilda Martina Rosario Tovar Buendía, Irma Roxana Adela Jiménez Vargas-Machuca y Juan José Linares San Román, Titulares de los Juzgados Sexagésimo Segundo, Sexagésimo Tercero y Sexagésimo Sexto respectivamente, que desean mantener su especialidad original, solicitan ser reubicados a otros juzgados de aquella especialidad civil; por lo que corresponde acceder a sus solicitudes, debiéndoseles reasignar en las plazas vacantes existentes. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, rati fi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Suplentes que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora, MARIA ROXANA CAJACURI FAURA, como Juez Suplente del Décimo Sexto Juzgado Especializado en lo Civil, mientras dure la ausencia de la doctora Garay Nalvarte. Artículo Segundo.- REASIGNAR al doctor, JUAN JOSÉ LINARES SAN ROMAN, como Juez Titular del Trigésimo Sexto Juzgado Especializado en lo Civil, que ha estado a cargo de la doctora Susana Bonilla Cavero, como Juez Provisional. Artículo Tercero.- REASIGNAR a la doctora, IRMA ROXANA ADELA JIMÉNEZ VARGAS MACHUCA, como Juez Titular del Cuadragésimo Tercer Juzgado Especializado en lo Civil; sin perjuicio que continúe desempeñando funciones como Magistrado de Primera Instancia de la Ofi cina Distrital de Control de la Magistratura. Artículo Cuarto.- PRORROGAR la designación del doctor, JOSÉ CARLOS ALTAMIRANO PORTOCARRERO, como Juez Provisional del Cuadragésimo Tercer Juzgado Especializado en lo Civil, mientras dure la ausencia de la doctora Jiménez Vargas - Machuca. Artículo Quinto.- REASIGNAR a la doctora, HILDA MARTINA ROSARIO TOVAR BUENDÍA, como Juez Titular del Cuadragésimo Noveno Juzgado Especializado en lo Civil; sin perjuicio que continúe desempeñando funciones como Vocal Superior Provisional de la Primera Sala Contencioso Administrativa. Artículo Sexto.- PRORROGAR la designación del doctor, PABLO DAVID HUAMBACHANO NAVARRO, como Juez Provisional del Cuadragésimo Noveno Juzgado Especializado en lo Civil, mientras dure la ausencia de la doctora Tovar Buendía. Artículo Sétimo.- DESIGNAR a la doctora, CARMEN AMELIA CASTAÑEDA PACHECO, como Juez Suplente del Décimo Primer Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo, en reemplazo de la doctora Chávez Prado, que deberá retornar a su plaza de origen. Artículo Octavo.- DESIGNAR a la doctora, MAGALI CLARISA VALER FERNÁNDEZ, como Juez Provisional del Décimo Segundo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo, mientras se designe a su titular. Artículo Noveno.- REASIGNAR a la doctora, MERCEDES ISABEL MANZANARES CAMPOS, como Juez Titular del Décimo Tercer Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo; quedando sin efecto su anterior designación como titular del Sexagésimo Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil. Artículo Décimo.- REASIGNAR a la doctora, CRISTINA AMPARO SÁNCHEZ TEJADA, como Juez Titular del Décimo Cuarto Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo; quedando sin efecto su anterior designación como titular del Sexagésimo Quinto Juzgado Especializado en lo Civil. Artículo Décimo Primero.- REASIGNAR a la doctora, SUSANA BONILLA CAVERO, Juez Provisional del Trigésimo Sexto Juzgado Especializado en lo Civil, como Juez Provisional del Décimo Quinto Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo, mientras se designe a su titular. Artículo Décimo Segundo.- DESIGNAR a la doctora, LAURA ERMILA ELENA LUCHO D´ISIDORO, como Juez Provisional del Cuadragésimo Noveno Juzgado Especializado en lo Penal, en reemplazo de la doctora Parra Benavides, que deberá retornar a su plaza de origen. Artículo Décimo Tercero.- PRORROGAR la designación del doctor, SANDRO AGUILAR GAITÁN, como Juez Suplente del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Mira fl ores; debiendo la doctora Morey Prado regresar a su plaza de origen. Artículo Décimo Cuarto.- INDICAR que de conformidad con lo expuesto en el segundo considerando de la presente Resolución, la designación de la doctora Cajacuri Faura no irrogará gastos adicionales al Poder Judicial. Artículo Décimo Quinto.- Las presentes designaciones se harán efectivas a partir del primero de setiembre del dos mil siete. Artículo Décimo Sexto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Consejo Nacional de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina de Administración Distrital, O fi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.J. GUILLERMO CABANILLAS ZALDIVAR Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 102634-2 ORGANISMOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Autorizan a la Universidad Nacional del Centro del Perú la revalidación de grados académicos y títulos procedentes de países donde el Perú no tiene suscritos convenios culturales de reciprocidad COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 643-2007-ANR Lima, 10 de agosto de 2007EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOEl O fi cio Nº 499-2007-VRAC-UNCP, de fecha 2 de julio del 2007 de la Universidad Nacional del Centro del Perú, Huancayo; y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto por el Inc. f) artículo 32º de la Ley Universitaria Nº 23733, la Universidad puede revalidar estudios, grados y títulos otorgados por universidades extranjeras, siempre que esté autorizada para hacerlo; Que de otra parte, de acuerdo al Inc. f) artículo 13º del Reglamento General de la Coordinación Interuniversitaria, concordante con el Inc. h) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, es atribución de la Asamblea Nacional de Rectores autorizar a las