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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (01/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de diciembre de 2007 358749 Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 139046-1 Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina Auxiliar de Registros del Estado Civil que funciona en el Centro Poblado de la Comunidad Campesina Antapampa RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 958-2007-JNAC/RENIEC Lima, 28 de noviembre de 2007. VISTOS: el Informe N° 001785-2007/SGREC/GOR/ RENIEC emitido por la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil y el Informe N° 001315-2007-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98- PCM, se aprobó el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, norma que precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de órganos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción, y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, la Ofi cina Auxiliar de Registros del Estado Civil que funciona en el Centro Poblado de la Comunidad Campesina Antapampa a que se refi ere el informe del visto, ha formalizado expediente de regularización de dicha Ofi cina Registral, el mismo que se encuentra debidamente visado por la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, por lo que corresponde la aprobación de la delegación de funciones, que establezca la vinculación funcional respectiva; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por la Ley 26497 y el Reglamento de Organización y Funciones de la institución; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, c, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la Ley 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución, a la Ofi cina Auxiliar de Registros del Estado Civil que funciona en el Centro Poblado de la Comunidad Campesina Antapampa, Distrito de Huachac, Provincia de Chupaca, Departamento de Junín. Artículo 2°.- El Jefe de la Ofi cina Auxiliar de Registros del Estado Civil que funciona en el Centro Poblado de Ia Comunidad Campesina Antapampa, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, proporcionará los libros de nacimiento y defunción, a la Ofi cina Auxiliar de Registros del Estado Civil que funciona en el Centro Poblado de la Comunidad Campesina Antapampa, cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución. Artículo 4°.- Corresponderá a la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, con el apoyo de la Jefatura Regional 6 (Huancayo) y a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Huachac, orientar e impartir instrucciones a la Oficina Auxiliar mencionada, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 139046-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a El Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. la apertura de oficina especial en el distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua RESOLUCIÓN SBS Nº 1665-2007 Lima, 20 de noviembre de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA:La solicitud presentada por EL PACÍFICO VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., para que se le autorice la apertura de una ofi cina especial ubicada en el distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, en aplicación del numeral 3.1.1 de la Circular Nº S-0612-2005 de fecha 16 de junio de 2005, la empresa solicitante ha cumplido con comunicar previamente, a esta Superintendencia, la apertura de su ofi cina especial; Estando a lo informado por el Departamento de Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros “A”, mediante Informe Nº 083-2007-ASSSA; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, la Circular Nº S-0612-2005 de fecha 16 de junio de 2005; y, en virtud de las facultades delegadas en la Resolución SBS Nº 1096-2005 de fecha 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a EL PACÍFICO VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., la apertura de una ofi cina especial ubicada en jirón Abtao