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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (01/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de diciembre de 2007 358750 Nº 665, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 138293-1 Autorizan a la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima la apertura de oficina especial en el distrito de Miraflores, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 1700-2007 Lima, 23 de noviembre de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima (Caja Metropolitana), requiriendo autorización de esta Superintendencia para la apertura de una Ofi cina Especial de carácter temporal en el Club Social Mirafl ores, ubicado en la Av. Malecón de la Reserva Nº 535, distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, del 3 al 22 de diciembre de 2007; y,CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para la apertura de la citada Ofi cina Especial de carácter temporal; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfi nanciera “B” mediante Informe Nº 332-2007-DEM “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, la Circular Nº CM-0334-2005 y sus modifi catorias, y en virtud de las facultades delegadas mediante las Resoluciones SBS Nº 1096-2005 y Nº 1162-2007; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima (Caja Metropolitana), la apertura de una Ofi cina Especial de carácter temporal en el Club Social Mirafl ores, ubicado en la Av. Malecón de la Reserva Nº 535, distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, del 3 al 22 de diciembre de 2007. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca yMicrofi nanzas (e) 138597-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA L