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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (01/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de diciembre de 2007 358739 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Addenda de Modifi cación del Convenio de Estabilidad Jurídica a ser celebrado entre el Estado Peruano representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Agencia de Promoción a la Inversión Privada - PROINVERSIÓN con la empresa LIMA AIRPORT PARTNERS S.R.L., que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba la addenda a que se refi ere el artículo anterior, así como los documentos necesarios para formalizar el mencionado acto jurídico. Artículo 3º.- Déjese sin efecto la Resolución Ministerial Nº 305-2007-MTC/01. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 138408-1 Aprueban transferencia de autorización otorgada mediante R.VM. Nº 456-2006-MTC/03 a favor de Luz Alfa S.A.C. RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 968-2007-MTC/03 Lima, 26 de noviembre de 2007 VISTO, el Escrito de Registro Nº 2007-011498, del 13 de abril de 2007, presentado por la COMPAÑÍA PERUANA DE RADIODIFUSIÓN S.A., sobre aprobación de transferencia de autorización a favor de la empresa LUZ ALFA S.A.C. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 456-2006- MTC/03, del 28 de agosto de 2006, se renovó la autorización a la COMPAÑÍA PERUANA DE RADIODIFUSIÓN S.A. para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Lima-Huarochirí-Canta, departamento de Lima; Que, el artículo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que la autorización, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, podrán ser transferidas, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión dispone que para que proceda la transferencia de una autorización, debe haber transcurrido por lo menos dos (02) años contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la autorización y que el adquiriente no se encuentre incurso en alguna de las causales establecidas en el artículo 23º de la Ley de Radio y Televisión; Que, con escrito de registro Nº 2007-011498, del 13 de abril de 2007, la COMPAÑÍA PERUANA DE RADIODIFUSIÓN S.A., solicitó la transferencia de la autorización a favor de la empresa LUZ ALFA S.A.C.; Que, la autorización renovada a la COMPAÑÍA PERUANA DE RADIODIFUSIÓN S.A. mediante Resolución Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03, del 28 agosto de 2006, cumple con las condiciones, para que opere la transferencia, establecidas en el artículo 74º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión y, que la adquirente, empresa LUZ ALFA S.A.C., no se encuentra incursa en las causales previstas en el artículo 23º de la Ley de Radio y Televisión; Que, mediante Informe Nº 0111-2007-MTC/28 la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina que se debe dar por aprobada la transferencia de autorización presentada por la COMPAÑÍA PERUANA DE RADIODIFUSIÓN S.A., a favor de la empresa LUZ ALFA S.A.C., y que por lo tanto, debe procederse a expedir la Resolución Viceministerial que así lo declare y reconozca a esta última, como nueva titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03, del 28 de agosto de 2006; así como, de los derechos y obligaciones derivadas de la misma; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 456- 2006-MTC/03, del 28 de agosto de 2006 a favor de la empresa LUZ ALFA S.A.C., conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, que le fueran otorgada a la COMPAÑÍA PERUANA DE RADIODIFUSIÓN S.A. Artículo 2º.- Reconocer a la empresa LUZ ALFA S.A.C., como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03, del 28 de agosto de 2006, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 138410-1 Autorizan a CEDIVE S.A.C. como Entidad Certificadora de Operatividad para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV en el Callao RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 14790-2007-MTC/15 Lima, 7 de noviembre de 2007 VISTOS:Los expedientes con registros Nºs. 044313, 052501 y 077395 presentados por el CENTRO DE DIAGNOSTICO VEHICULAR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA-CEDIVE S.A.C. mediante el cual solicita se le otorgue autorización como Entidad Certifi cadora de Operatividad para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular-CITV en la ciudad de Lima y verifi car las condiciones, requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos destinados a la prestación de los servicios de transporte de personas y mercancías; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modifi cado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004- MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC y 037-2006-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, mediante Resolución Directoral Nº 4000-2006- MTC/15, modifi cada por las Resoluciones Directorales Nºs. 9298-2007-MTC/15 y 13826-2007-MTC/15, se aprobó la Directiva Nº 001-2007-MTC/15, la cual establece el régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras