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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de diciembre de 2007 358752 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADASDE FONDOS DE PENSIONES VISTA:La invitación formulada por el Financial Services Authority (FSA) del Reino Unido a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), para participar en el “FSA Annual International Regulators Seminar”, el mismo que se llevará a cabo del 03 al 07 de diciembre de 2007, en la ciudad de Londres, Reino Unido; CONSIDERANDO: Que, el mencionado evento está dirigido a entidades reguladoras de diferentes países y tiene por objetivo discutir sobre los desafíos que enfrentan actualmente las actividades bancarias y el mercado de seguros. Asimismo, durante el seminario se tratarán aspectos de interés como el esquema del FSA para la determinación del riesgo, los cambios en la supervisión de pequeñas empresas, riesgos claves en el sector de seguros, adecuación a los estándares de capital individual, la regulación del mercado minorista y el rol del FSA, entre otros; Que, la participación en dicho seminario, permitirá obtener un mejor conocimiento y experiencias sobre el modelo de supervisión integrado de riesgos del FSA y el funcionamiento del mercado de seguros y reaseguros del Reino Unido. De otro lado, en lo que concierne a los aspectos organizativos, el seminario incluirá el desarrollo de un conjunto de materias sobre la supervisión integral de los grupos económicos asociados a las entidades fi nancieras reguladas; Que, en tanto los temas a tratar en el Seminario serán de utilidad y aplicación directa para la mejora y fortalecimiento del marco de supervisión y procesos internos de la SBS, se ha designado en esta oportunidad, al señor Benjamín Gamboa Bardi, Intendente de Seguros (e) del Departamento de Análisis y Supervisión de Riesgos de Seguros de la Superintendencia Adjunta de Seguros, para que participe en el referido evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-09, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2007, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario sólo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2007; En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2007, Nº SBS-DIR-ADM-085-09; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Benjamín Gamboa Bardi, Intendente de Seguros (e) del Departamento de Análisis y Supervisión de Riesgos de Seguros de la Superintendencia Adjunta de Seguros de la SBS, a la ciudad de Londres, Reino Unido del 02 al 08 de diciembre de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2007, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1429,68Viáticos 1 820,00Tarifa CORPAC 30,25 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 138493-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios de transporte terrestre de carga para traslado de bienes de ayuda humanitaria y de agencia de aduanas para el desaduanaje aéreo RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 445-2007-INDECI 26 de noviembre del 2007 VISTOS: El Informe de Emergencia Nº 311-2007/COEN/ SINADECI del 29.AGO.2007; el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 00557-2007 del 19.NOV.2007, el Informe Técnico Nº 089-2007-INDECI/12.0 del 20.NOV.2007; el Informe Legal Nº 155-2007-INDECI/5.0, del 21.NOV.2007, sus antecedentes y; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, publicado el 16.AGO.2007, se declaró en Estado de Emergencia el departamento de Ica y la provincia de Cañete del departamento de Lima, por un plazo de sesenta (60) días naturales, debido a la ocurrencia de un fuerte sismo que ocasionó la pérdida de vidas humanas, heridos y considerables daños materiales, habiéndose ampliado posteriormente dicha declaratoria de emergencia a través del Decreto Supremo Nº 071-2007-PCM del 17.AGO.2007 y el Decreto Supremo Nº 075-2007-PCM del 23.AGO.2007 incluyendo a las provincias de Castrovirreyna, Huaytará y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica; así como a toda la provincia de Yauyos del departamento de Lima, habiéndose prorrogado el plazo de dicha declaratoria por sesenta (60) días más, a partir del 15.OCT.2007, mediante el Decreto Supremo Nº 084-2007-PCM, publicado el 13.OCT.2007; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 068-2007- PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 076-2007-PCM, dispone que el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, entre otras entidades estatales, ejecutará las acciones necesarias para la atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas; Que, en atención a lo antes señalado, el INDECI solicitó recursos por la suma de S/. 3’000,000.00 (Tres millones con 00/100 nuevos soles), destinados a brindar atención de emergencia a la población afectada por el sismo. En tal sentido, mediante el Decreto Supremo Nº 120-2007-EF, se autorizó la transferencia de partidas a favor del INDECI hasta por esa cantidad;