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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de diciembre de 2007 360316 Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; De conformidad a las Leyes Nº 27783, Nº 27972 y Nº 28273, sus normas modifi catorias y complementarias. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declaración de Gobiernos Locales aptos para acceder a la transferencia del Programa Integral de Nutrición y los Programas y Servicios de Protección Social del MIMDES. Declarar a los Gobiernos Locales Provinciales que se detallan en el Anexo Nº 01, el cual forma parte de la presente resolución, como aptos para acceder a la transferencia de los recursos presupuestales destinados a la ejecución del Programa Integral de Nutrición y los Programas y Servicios de Protección Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Artículo 2º.- Modifi cación de Plazos Modifi car los plazos de suscripción y vigencia del Convenio de Cooperación, previsto en el numeral 3.1 de la Directiva Nº 004-2007-PCM/SD: “Norma específi ca para la Transferencia del Programa Integral de Nutrición y los Programas y Servicios de Protección Social del MIMDES a Gobiernos Locales”, aprobada con Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 015-2007-PCM/SD y modifi cada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 028-2007-PCM/SD, ampliando con efi cacia anticipada a su término, los siguientes plazos : - La suscripción del Convenio de Cooperación, entre el MIMDES y los Gobiernos Locales Provinciales de Canchis, Cusco, Chincha, Ica y Tacna, será hasta el 30 de octubre de 2007, con vigencia hasta el 31 de diciembre 2007. - La suscripción del Convenio de Cooperación, entre el MIMDES y la Municipalidad Provincial de Pisco, será excepcionalmente hasta el 28 de diciembre de 2007, con vigencia no mayor de 90 días posteriores a la suscripción del referido Convenio de Cooperación. Artículo 3º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www. pcm.gob.pe/sd Regístrese, comuníquese y publíquese. GROVER P ANGO VILDOSO Secretario de Descentralización Anexo Nº 01 Relación de Gobiernos Locales que cumplieron con los Mecanismos de Verifi cación para la Transferencia de los Programas y Servicios de Protección Social y el Programa Integral de Nutrición del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social Nº DEPARTAMENTO PROVINCIA 1 ANCASH ASUNCION2 ANCASH CARLOS FERMIN FITZCARRALD3 ANCASH HUARAZ4 ANCASH PALLASCA5 APURIMAC ANDAHUAYLAS6 APURIMAC CHINCHEROS7A R E Q U I P A I S L A Y8 AYACUCHO CANGALLO9 AYACUCHO HUANCA SANCOS 10 AYACUCHO PAUCAR DEL SARA SARA 11 CAJAMARCA CELENDIN 12 CAJAMARCA SAN MIGUEL13 CAJAMARCA SAN PABLO14 CUSCO ACOMAYO15 CUSCO CANAS16 CUSCO CHUMBIVILCAS17 CUSCO ESPINARNº DEPARTAMENTO PROVINCIA 18 HUANCAVELICA ANGARAES19 HUANCAVELICA CASTROVIRREYNA20 HUANCAVELICA CHURCAMPA21 HUANUCO HUACAYBAMBA22 HUANUCO PUERTO INCA23 JUNIN CHANCHAMAYO24 LA LIBERTAD ASCOPE25 LA LIBERTAD CHEPEN26 LA LIBERTAD GRAN CHIMU27 LA LIBERTAD OTUZCO28 LA LIBERTAD SANCHEZ CARRION29 LA LIBERTAD TRUJILLO30 LAMBAYEQUE CHICLAYO31 LORETO ALTO AMAZONAS32 LORETO DATEM DEL MARAÑON33 LORETO LORETO34 MADRE DE DIOS MANU35 PASCO PASCO36 PIURA AYABACA37 PIURA PAITA38 PIURA PIURA39 PIURA SECHURA40 PIURA SULLANA41 PIURA TALARA42 PUNO LAMPA43 PUNO MOHO44 SAN MARTIN EL DORADO45 SAN MARTIN MARISCAL CACERES46 SAN MARTIN MOYOBAMBA47 SAN MARTIN SAN MARTIN48 TACNA CANDARAVE49 TUMBES CONTRALMIRANTE VILLAR50 TUMBES TUMBES51 TUMBES ZARUMILLA 144527-1 AGRICULTURA Aprueban “Disposiciones Complemen- tarias para las Concesiones con fines turísticos y recreativos en las Áreas Naturales Protegidas” (Se publican las presentes resoluciones a solicitud del Ministerio de Agricultura, mediante Cartas N°s. 1405 y 1406-2007-INRENA-OA-ULOG, recibidas el 17 de diciembre de 2007) RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 031- 2007-INRENA San Isidro, 6 de febrero de 2007CONSIDERANDO:Que, la Ley de Áreas Naturales Protegidas, Ley Nº 26834, en su artículo 8º, establece que el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA constituye el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, y supervisa la gestión de las Áreas Naturales Protegidas que no forman parte de este sistema; Que, la precitada Ley en su artículo 17º establece que el Estado reconoce y promueve la participación privada en la gestión de las Áreas Naturales Protegidas en el marco de las políticas, planes y normas que la autoridad nacional competente determine para éstas; Que, el Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-