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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (19/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de diciembre de 2007 360323 CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de enero de 2003, al amparo de la Resolución Suprema Nº 001-2003-MINCETUR, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR suscribió un Convenio con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, con el objeto de que este organismo administre los recursos destinados a la ejecución del Proyecto PER/03/001 “Modernización de la Gestión del MINCETUR”, cuyo objeto es la asistencia técnica y profesional especializada para formular las políticas, normar y promover el desarrollo y actividades que se hallan bajo el ámbito de su competencia; Que, mediante Resoluciones Supremas Nºs. 003 y 020-2004-MINCETUR, 005, 047 y 050-2005-MINCETUR y 027-2006-MINCETUR/DM, se autorizó al MINCETUR a suscribir con el PNUD, respectivamente, las Adendas Nºs. 1, 2, 3, 4, 5 y 6 y al referido Convenio, con el objeto de ampliar su vigencia así como los recursos a ser administrados por el PNUD; Que, es necesario ampliar el plazo de vigencia de dicho Convenio para el Ejercicio Fiscal 2008, así como los recursos a ser transferidos al PNUD, para seguir contando con el apoyo técnico y profesional requerido para el cumplimiento de los objetivos del Proyecto PER/03/001, entre ellos los referidos a las negociaciones de los Tratados de Libre Comercio; Que, la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante los Años Fiscales 2007 y 2008, a suscribir Convenios de Administración de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares, con organismos o instituciones internacionales para encargarles la administración de sus recursos, previo informe de la Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces, en el que se demuestre las ventajas y beneficios de su concertación así como la disponibilidad de recursos para su financiamiento; procedimiento que debe emplearse, igualmente, para el caso de las adendas, revisiones u otros, que amplíen la vigencia, modifiquen o añadan metas no contempladas originalmente; Que, la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo ha emitido el Informe Nº 307-2007-MINCETUR/SG/OGPPD, exponiendo los benefi cios y ventajas de suscribir la Adenda Nº 07 y pronunciándose sobre la disponibilidad de recursos presupuestarios; De conformidad con el Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Vigésima Novena Disposición Final de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; De acuerdo con lo informado por el Director General de la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a suscribir con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, la Adenda Nº 7 al Convenio de fecha 22 de enero de 2003, aprobado por Resolución Suprema Nº 001-2003-MINCETUR, con el objeto de prorrogar su plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008, y ampliar los recursos que serán administrados por el PNUD hasta por el monto de Siete millones setecientos ochenta y tres mil setecientos sesenta y cuatro y 00/100 nuevos soles (S/. 7’783,764.00). Artículo 2º.- Autorizar al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a efectuar una transferencia al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, hasta por la suma de Siete millones setecientos ochenta y tres mil setecientos sesenta y cuatro y 00/100 nuevos soles (S/. 7’783,764.00), de los recursos de su presupuesto autorizado para el Ejercicio Fiscal 2008, para ser administrados por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, en el marco del Convenio y la Adenda Nº 7 a que se refi ere el artículo anterior. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo.Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 144842-6 DEFENSA Constituyen Comisión de Pre-Normali- zación de Nombres Geográficos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1310-2007-DE/SG Lima, 17 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27292, el Instituto Geográfi co Nacional - IGN, es un Organismo Público Descentralizado del Sector Defensa, que tiene por fi nalidad fundamental, elaborar y actualizar la Cartografía Básica Ofi cial de Perú, proporcionando a las entidades públicas y privadas la cartografía que requieran para los fi nes del Desarrollo y la Defensa Nacional; teniendo entre otras funciones generales el coordinar con las autoridades correspondientes, los asuntos relacionados a los nombres geográfi cos o topónimos; Que, por la Ley Nº 28106 “Ley de Reconocimiento, Preservación, Fomento y Difusión de Lenguas Aborígenes”, se ha dispuesto la preservación de las denominaciones en lenguas aborígenes que evoquen costumbres, hechos históricos, mitos, dioses tutelares andinos y amazónicos, valores culturales y héroes para designar eventos, edifi caciones, centros poblados, y otros lugares públicos, disponiendo además que el Instituto Geográfi co Nacional - IGN debe mantener las denominaciones toponímicas de lenguas aborígenes en los mapas ofi ciales de Perú; Que, el Proyecto “Infraestructura de Datos Espaciales del Perú”, dirigido por la Comisión constituida por Resolución Ministerial Nº 126-2003-PCM del 26 de Abril de 2003, prevé procesos de Normalización de Nombres Geográfi cos de nivel nacional, con el fi n de alcanzar interoperabilidad irrestricta en los sistemas de georreferenciación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 039-2006– PCM se aprobó la Estrategia de Implementación de la Arquitectura Gubernamental para la Gestión del Territorio, la cual, en su componente geográfi co y temático indica que la información geográfi ca gubernamental constituye un instrumento al servicio de las políticas de desarrollo económico del Gobierno Peruano, considerando para ello la normalización de los datos y procesos temáticos; Que, el Artículo 29º del Reglamento de la Ley Nº 27292, aprobado por Decreto Supremo Nº 005 DE/SG, dispone que la Dirección General de Geografía del Instituto Geográfi co Nacional – IGN, tiene entre otras funciones, desarrollar la política institucional con relación a nombres geográfi cos, para lo cual debe coordinarse con las entidades nacionales e internacionales relacionadas al particular; Que, en tal sentido, con el fi n de realizar una labor concertada, uniformando un solo criterio para pre - normalizar los nombres geográfi co - cartográfi cos, resulta conveniente se constituya una Comisión de Pre - Normalización de Nombres Geográfi cos, de carácter técnico y multisectorial, afi n de establecer un procedimiento único para pre - normalizar los nombres geográfi cos a nivel nacional, con el objeto de facilitar el manejo mediático y digital de dichos nombres dentro del territorio de la República; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1138 – 2006 – DE/SG, se constituyó la Comisión de Pre – Normalización de Nombres Geográfi cos, conformada por diversas entidades públicas y privadas, la misma que viene desarrollando los actos inherentes a sus funciones; Que, de conformidad a lo señalado en el Art. 5º del Decreto Ley Nº 21292, la citada Comisión, al ser de