Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2007 (19/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de diciembre de 2007

a) Concesion para la construccion, habilitacion o uso de infraestructura de servicios turisticos y/o complementarios con caracter semipermanente y permanente. b) Concesion de circuitos para la realizacion de paseos u otros similares con fines de ecoturismo. c) Concesion que combina las dos alternativas anteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Recursos Naturales 144289-1

75º, modificado por la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 29035, las transferencias financieras entre pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, o del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales y gobiernos locales, se aprueban mediante Decreto Supremo, con refrendo del Ministro del Sector correspondiente y del Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; De conformidad con la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto - Ley Nº 28411 y modificatorias, la Ley Nº 27889 - Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion de Transferencias Financieras Aprobar las transferencias financieras del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional), a favor de las entidades publicas que a continuacion se detallan, hasta por el monto de S/. 3 746 988,00 (Tres millones setecientos cuarenta y seis mil novecientos ochenta y ocho y 00/100 Nuevos Soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para ser destinados a la ejecucion de los proyectos incluidos en el vigente Plan de Promocion y Desarrollo Turistico Nacional.
SNIP Proyecto Monto (en nuevos soles) 687 230 Pliego de Destino Ministerio de Educacion Unidad Ejecutora 111: Naylamp MORDAZA -

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Aprueban transferencias financieras del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a favor de diversas entidades
DECRETO SUPREMO Nº 013-2007-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 12º de la Ley Nº 27889 -Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional, establece que los ingresos provenientes de la recaudacion del mencionado impuesto, luego de deducido el porcentaje que conforme a Ley corresponda a la SUNAT, seran transferidos al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para que los utilice a traves de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU y el Plan COPESCO Nacional (antes, Proyecto Especial Plan COPESCO), exclusivamente en el desarrollo de las actividades y proyectos a que se refiere el articulo 1º de dicha Ley, de acuerdo al Plan Anual de Promocion y Desarrollo Turistico Nacional; Que, el numeral 3.1 del articulo 3º del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2006-MINCETUR, dispone que el Fondo para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional, es un patrimonio bajo la administracion y gestion del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, para financiar exclusivamente las actividades y proyectos destinados a la promocion y desarrollo del turismo nacional, contenidos en el Plan Anual de Promocion y Desarrollo Turistico Nacional aprobado por el MINCETUR; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 409-2006MINCETUR/DM, se aprobo el Plan Anual de Promocion y Desarrollo Turistico Nacional para el ano 2007, modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 072 y 124-2007-MINCETUR/ DM, el cual incluye, entre otros, proyectos de inversion turistica que se encuentran incorporados en los presupuestos institucionales de las siguientes entidades: Ministerio de Educacion (UE 111: Naylamp - Lambayeque), Universidad Nacional de MORDAZA (UE 001: Universidad Nacional de Trujillo) y al Instituto Nacional de Cultura (UE 001: Instituto Nacional de Cultura - UE 003: MORDAZA Arqueologica Caral); Que, para efectos de la ejecucion de dichos proyectos, es necesario que el Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo transfiera recursos de la Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional, a favor de las mencionadas entidades; recursos que se derivan de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios provenientes de la Ley Nº 27889; Que, de acuerdo con el numeral 75.1 del articulo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 28652, son transferencias financieras entre pliegos presupuestarios los traspasos de fondos publicos sin contraprestacion, para la ejecucion de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino; asimismo, segun el numeral 75.2 del mismo articulo

15614 Puesta en Valor de los Principales Recursos Turisticos del Santuario Historico Bosque de Pomac

40008 Ampliacion y Rehabilitacion de las 1 009 758 Universidad Nacional de 001: Universidad coberturas Zonas Este y Sur de la MORDAZA Nacional de MORDAZA Plataforma I de la MORDAZA de la MORDAZA - Universidad Nacional de MORDAZA Puesta en Valor de la Piramide Los Idolos, Piramide Alta y Piramide Los Sacrificios del Sitio Arqueologico del Aspero - Supe Puerto Puesta en Valor de la Piramide Mayor (A1) y de la Piramide Dual (C3) del Sitio Arqueologico de Miraya - Supe Puesta en Valor de la Piramide Mayor (H1) y de la Piramide Dual (E2) del Sitio Arqueologico de Lurihuasi - Supe Puesta en Valor Turistico de las Lineas de Nasca Puesta en Valor Turistico del Complejo Arqueologico de MORDAZA TOTAL 500 000 Instituto Cultura Nacional de 003: MORDAZA Arqueologica Caral

-

500 000

Instituto Cultura

Nacional

de 003: MORDAZA Arqueologica Caral

-

500 000

Instituto Cultura

Nacional

de 003: MORDAZA Arqueologica Caral

-

390 000 160 000

Instituto Cultura Instituto Cultura

Nacional Nacional

de 001: Instituto Nacional de Cultura de 001: Instituto Nacional de Cultura

3 746 988

Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de diciembre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 144842-3

Autorizan al Ministerio suscribir con el PNUD la Adenda Nº 7 al Convenio aprobado por R.S. Nº 001-2003MINCETUR
RESOLUCION SUPREMA Nº 187-2007-MINCETUR MORDAZA, 18 de diciembre de 2007

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