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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de diciembre de 2007 360319 de elaborar las Bases del Concurso Público y conducir el proceso. La Comisión designada mediante Resolución Jefatural, estará conformada por cinco (5) integrantes titulares con igual numero de suplentes, designados nominalmente. Cualquier modifi cación, tanto de un integrante titular como de un suplente, se efectuará mediante Resolución Jefatural. La Presidencia de la Comisión Ad-Hoc será designada conforme al artículo 140º, inciso b), del Reglamento. La IANP, mediante invitación de la Jefatura del INRENA, cursara comunicación al Vice Ministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo-MINCETUR, a fi n de que designe a un representante que asista en calidad de observador. 9.2 Facultades de la Comisión Ad HocTiene las facultades siguientes:1. Proponer las modifi caciones al Perfi l Ecoturístico. 2. Elaborar las bases y/o términos de referencia a que deben sujetarse los interesados para que se le otorgue una concesión. Dichas bases se aprueban mediante acta. 3. Aprobar el cronograma del concurso dentro de los 15 días hábiles siguientes a su instalación, y efectuar su publicación según lo establecido en el numeral 140.b del artículo 140º del Reglamento. 4. Convocar al proceso de concesión e impartir las instrucciones relacionadas con la venta de bases. 5. Absolver las consultas y observaciones efectuadas por los postores, conforme al procedimiento establecido en las bases. 6. Recibir y evaluar las propuestas técnicas y económicas recibidas. 7. Solicitar la opinión de expertos en temas relacionados al concurso y a la ofi cina sectorial responsable de Gestion Ambienta para conformar grupos de asesoramiento. 8. Establecer los criterios de evaluación e incluirlos en las bases del proceso. 9. Califi car las propuestas técnicas y económicas conforme a la escala de puntaje establecida. 10. Otorgar la buena pro o declarar desierto el proceso de ser el caso. 11. Resolver impugnaciones.12. Suspender o cancelar el proceso en cualquier etapa. 13. Defi nir las pautas básicas para el funcionamiento interno de la Comisión, las cuales deberán plasmarse en actas. 14. Todo otro acto necesario para el desarrollo del concurso público hasta el otorgamiento de la concesión. 9.3 Del Quórum y acuerdosPara sesionar y adoptar acuerdos válidos, la Comisión Ad hoc se sujetará a las siguientes reglas: El quórum para el funcionamiento de la Comisión Ad hoc, cualquiera que sea el número de sus integrantes, se da con la totalidad de éstos. Los acuerdos se adoptan por unanimidad. No cabe la abstención por parte de ninguno de los miembros. Los actos de la Comisión Ad hoc constan en actas que, debidamente suscritas, quedan en poder del INRENA. 9.4 De la responsabilidad y autonomíaLa Comisión Ad hoc actúa en forma colegiada y tiene autonomía en sus decisiones, las cuales no requieren ratifi cación alguna por parte del INRENA. Todos los miembros de la Comisión Ad Hoc gozan de las mismas facultades, no existiendo jerarquía entre ellos. Todos los miembros de la Comisión Ad hoc son solidariamente responsables porque la selección realizada se encuentre arreglada a ley y responden administrativa y/o judicialmente, en caso, de cualquier irregularidad cometida en la misma que les sea imputable. Artículo 10º.- De las Bases del Concurso Las Bases del Concurso deben contener al menos: 1. Marco conceptual y normativo para el concurso. 2. Mecanismos que fomenten la mayor participación de postores a fi n de obtener la propuesta técnica y económica más favorable.3. Mecanismos de publicidad que garanticen la efectiva posibilidad de participación de los postores. 4. Cronograma del concurso y procedimientos de consulta, información, notifi caciones y presentación de propuestas. 5. Los plazos específi cos y responsables para cada etapa del proceso. 6. Formalidades referidas al acto de apertura de sobres. 7. El método de evaluación y califi cación de propuestas. 8. El Perfi l Ecoturístico objeto del concurso, conteniendo los detalles técnicos sobre el objeto y los derechos de la concesión. 9. Los Términos de Referencia para el Proyecto Ecoturístico 10. Formato de Propuesta Económica.11. Modelo de cartas y documentos requeridos.12. Modelo de contrato de concesión. 13. Mecanismos de comunicación de resultados para el ganador y el resto de postores que no obtuvieron la Buena Pro. 14. Las obligaciones del ganador luego de la declaratoria y hasta la suscripción del contrato de concesión. 15. Mecanismos que aseguren la confi dencialidad de las propuestas. Artículo 11º.- De la invitación y la publicación El procedimiento de concurso público se inicia a iniciativa del INRENA de acuerdo a lo establecido en el artículo 140 inciso literal c del Reglamento. En los casos en que la publicación se realizara en las sedes de las Municipalidades Distrital y Provincial que correspondan la jefatura del área natural protegida remitirá la documentación que acredite la publicación. Artículo 12º.- De los participantes Son participantes en el Concurso Público aquellos interesados que cumplen lo establecido en el artículo 140 inciso literal d del Reglamento. Artículo 13º.- De la solicitud La solicitud debe contener la Propuesta Técnica y Económica, de acuerdo a lo que establece el Artículo 144º del Reglamento y adecuarse al Perfi l Ecoturístico elaborado por el INRENA. En el caso de requerir un proyecto arquitectónico este tendrá carácter preliminar, en caso de que el postor obtenga la buena pro éste podría requerir una adecuación durante la elaboración del Proyecto Ecoturístico. Artículo 14º.-Presentación de propuestas técnicas Las propuestas técnicas se presentaran en sobres cerrados y se llevará a cabo en un acto público de apertura bajo la presencia de un notario. El lugar para el acto público de apertura será defi nido en las bases. La apertura se realizará luego de vencido el plazo de presentación de propuestas. Artículo 15º.- Revisión de las propuestas técnicas El INRENA a través de la Comisión Ad Hoc debe revisar las Propuestas Técnicas dentro de los 60 días siguientes al vencimiento del plazo que se establezcan en las bases. Para el proceso de revisión de las propuestas técnicas la Comisión Ad Hoc podrá invitar a técnicos que asesoren a la misma, lo cual deberá constar en acta. CAPÍTULO IV Del procedimiento a solicitud del interesado Artículo 16º.- De la solicitud de concesión en los sitios identifi cados en la Planifi cación del Área Natural Protegida. Las concesiones a solicitud del interesado se otorgan en base al artículo 141º del Reglamento. Los documentos de planifi cación a que se refi ere el literal a del artículo 141.1º del Reglamento son el Plan Maestro, el Plan de Uso Turístico u otro documento de gestión del ANP y aprobado por la IANP, a excepción de lo establecido en el artículo 138.6 del Reglamento. Para la publicación del resumen al que se refi ere el literal b del artículo 141.1º del Reglamento, la solicitud