Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2007 (19/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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DISPOSICION COMPLEMENTARIA

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de diciembre de 2007

1.- a) Toda accion del Programa del Vaso de Leche se ejecutara en coordinacion con la Organizacion. b) En algunos casos se considerara el Padron que contenga el 50% + 1 de beneficiarios de primera prioridad. c) Los Formatos Oficiales que emite el Programa del Vaso de Leche son: · Formato PVL ­01 ­ Ficha de Empadronamiento. · Formato PVL ­02 ­ Acta de Compromiso. · Formato PVL -03 ­ Resumen de Empadronamiento. · Formato PVL ­04- Acta de Eleccion de Junta Directiva de Centro de Acopio y Comite de base. · Formato PVL ­05-Acta de Supervision. · Formato PVL ­06- Control de Recepcion Semanal de Recursos. d) Lo no contemplado en esta Directiva, el Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche adoptara la decision de acuerdo a la normatividad vigente. e) Las Juntas Directivas de los Centros de Acopio y/o de los Comites que aun no cuentan con reconocimiento Municipal, tienen un plazo de 120 dias para adecuarse a la presente Directiva. 2.- La presente Directiva entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. 144332-1

senala, que los Gobiernos Locales y sus empresas quedan facultadas, segun estimen conveniente y no existan disposiciones legales que regulen sus periodos vacacionales de manera particular, a determinar una medida de similar naturaleza y objetivo, en el MORDAZA de su competencia y funciones; Que, en cuanto al computo de plazos regulados para los procedimientos administrativos, el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 195-2007-EF senala, que las entidades sujetas al ambito de aplicacion de la presente MORDAZA, el periodo del 17 al 31 de diciembre del 2007, son considerados como dias inhabiles, con excepcion de los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras que se realizan al MORDAZA del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y su Reglamento; lo que implica, que el personal de la Subgerencia de Logistica prosiga laborando siempre y cuando se de la condicion MORDAZA mencionada. Por otro lado debemos indicar, que la excepcion aludida tambien podra emplearse para las areas que tengan que ver directamente con el servicio al contribuyente; Que, mediante Informe Nº 1050-2007-OAJ-MSS de fecha 17.DIC.2007 la Oficina de Asesoria Juridica opina por la procedencia de la emision del Proyecto de Decreto de Alcaldia que otorgue goce vacacional a los trabajadores empleados y obreros registrados en planillas entre los dias 20 al 31 de diciembre del presente ano, conforme a lo dispuesto por Decreto Supremo Nº 195-2007-EF; En uso de las facultades senaladas en el numeral 6) del articulo 20º, articulos 39º y 42º de la Ley Organica de Municipalidades; DECRETA:

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Establecen disposiciones para el otorgamiento de vacaciones a trabajadores registrados en planillas entre los dias 20 al 31 de diciembre de 2007
DECRETO DE ALCALDIA Nº 19-2007-MSS MORDAZA de MORDAZA, 18 de diciembre de 2007 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El Informe Nº 1050-2007-OAJ-MSS emitido por la Oficina de Asesoria Juridica de fecha 17 de diciembre del 2007, mediante el cual se senala la factibilidad de otorgar goce vacacional a los trabajadores empleados y obreros registrados en planillas entre los dias 20 al 31 de diciembre del presente ano, conforme a lo dispuesto por Decreto Supremo Nº 195-2007-EF; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru dispone en su articulo 194º que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldia; Que, mediante Resolucion Nº 510-2007-RASS de fecha 3 de diciembre del 2007 se aprobo el Rol Vacacional correspondiente al ejercicio 2008, el mismo que entrara en vigencia a partir del mes de enero del 2008, conforme a los Anexos I, II y III; Que, mediante articulo 1º del Decreto Supremo Nº 195-2007-EF se faculta a titulares de los organismos y entidades publicas del Poder Ejecutivo a disponer el periodo de goce vacacional de las personas que prestan servicios en dichas instituciones durante el periodo del 17 al 31 de diciembre del 2007, para cuyo efecto los titulares determinan la relacion de personas y el cronograma correspondiente al plazo vacacional; Que, en cuanto a la aplicacion de dicha medida en las Municipalidades el articulo 6º del Decreto mencionado

Articulo Primero.- Disponer se otorgue goce vacacional a los trabajadores empleados y obreros registrados en planillas entre los dias 20 al 31 de diciembre del presente ano, conforme a lo dispuesto por Decreto Supremo Nº 195-2007-EF; debiendo expedirse la Resolucion de Alcaldia que modifique el Rol Vacacional 2008 aprobado mediante Resolucion Nº 510-2007-RASS, disponiendose el personal que gozara del descanso vacacional decretado. Articulo Segundo.- Debera garantizarse la prestacion de los servicios municipales para garantizar la continuidad de los servicios publicos basicos y las labores indispensables de la institucion, con el objeto de permitir el adecuado desarrollo de sus funciones conforme a lo preceptuado en el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 195-2007-EF. Articulo Tercero.- Conforme a lo preceptuado en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 195-2007-EF, para efecto de computo de plazos regulados para los procedimientos administrativos de las entidades sujetas al ambito de aplicacion de la presente MORDAZA, el periodo del 17 al 31 de diciembre del 2007, son considerados como dias inhabiles, con excepcion de los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras que se realizan al MORDAZA del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; siendo que dicha excepcion tambien podra emplearse para las areas que tengan que ver directamente con el servicio al contribuyente. Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto a la Gerencia de Administracion y Finanzas a traves de la Subgerencia de Recursos Humanos, Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Medio Ambiente y Gerencia de Seguridad Ciudadana. Articulo Quinto.- Disponer que la Oficina de Secretaria General efectue la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y en otro de mayor circulacion, asimismo debera publicarse en la Pagina Web institucional lo cual estara a cargo de la Gerencia de Tecnologias de Informacion y Procesos. Articulo Sexto.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA 144531-1

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