Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2007 (19/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES
ANEXO RESOLUCION JEFATURAL N° 360-2007-INEI

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de diciembre de 2007

CUADRO DE FACTORES DE REAJUSTE DERIVADOS DE LA VARIACION DE PRECIOS DE TODOS LOS ELEMENTOS QUE INTERVIENEN EN EL COSTO DE LAS OBRAS DE EDIFICACION CORRESPONDIENTES AL PERIODO DEL 1 AL 30 DE NOVIEMBRE DEL 2007
OBRAS DE EDIFICACION AREAS GEOGRAFICAS Nº. 1 2 3 4 5 6 Edificacion de 1 y 2 Pisos (Terminada) M.O. 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 Resto Elem. 1.0009 1.0017 1.0049 1.0023 1.0006 1.0356 Total 1.0009 1.0017 1.0049 1.0023 1.0006 1.0356 M.O. 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 Edificacion de 1 y 2 Pisos (Casco Vestido) Resto Elem. 1.0001 1.0014 1.0051 1.0021 0.9998 1.0503 Total 1.0001 1.0014 1.0051 1.0021 0.9998 1.0503 M.O. 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 Edificacion de 3 y 4 Pisos (Terminada) Resto Elem. 1.0011 1.0018 1.0044 1.0026 1.0008 1.0301 Total 1.0011 1.0018 1.0044 1.0026 1.0008 1.0301 M.O. 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 Edificacion de 3 y 4 Pisos (Casco Vestido) Resto Elem. 1.0001 1.0010 1.0043 1.0018 0.9998 1.0395 Total 1.0001 1.0010 1.0043 1.0018 0.9998 1.0395

144847-2 procesara la informacion traduciendola en equivalentes de energia; lo que, por consiguiente, no implica la divulgacion ni revelacion de informacion sobre relaciones comerciales entre suministradores y clientes directos; dicha informacion carece de los atributos necesarios para ser considerada confidencial; Que, como consecuencia de lo anterior, se debe autorizar a la GFHL a procesar la informacion del consumo de combustible, por MORDAZA de producto, de los consumidores directos y entregarlos a la Division de Gas Natural de la GART para los fines senalados; Que, finalmente, se ha expedido el Informe Nº 0410-2007-GART de la Division de Gas Natural y el Informe N° 0412-2007-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, que sustenta la decision del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 Articulo 3° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar a la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos a elaborar y entregar al Gerente de la Division de Gas Natural (DGN) de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) y a los profesionales de dicha Division que este designe, la siguiente informacion procesada que proviene del Sistema de Procedimiento de Informacion Comercial (SPIC) y del Sistema de Control de Ordenes de Pedido (SCOP): - Consumo de combustible, por MORDAZA de producto, de cada uno de los consumidores directos de acuerdo al periodo solicitado, la misma que mantendra el caracter de confidencial y debera ser tratada como tal por el personal con acceso a la misma. Para fines de divulgacion, la DGN de la GART procesara la informacion senalada y la presentara en forma total, por consumidor o agrupada por zonas, en unidades equivalentes de energia o en volumenes equivalentes de gas natural. Articulo 2°.- Precisar que la informacion almacenada en el Sistema de Procedimiento de Informacion Comercial (SPIC) y Sistema de Ordenes de Pedido (SCOP) continuan manteniendo su calidad de confidencial. Articulo 3°.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 144526-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Establecen disposiciones para la elaboracion y entrega de informacion proveniente del Sistema de Procedimientos de Informacion Comercial (SPIC) y del Sistema de Control de Ordenes de Pedido (SCOP) a la DGN de la GART
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO DEL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 748-2007-OS/CD MORDAZA, 12 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion OSINERG Nº 3072004-OS/CD ("Resolucion 307"), publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 11 de noviembre de 2004, se resolvio restringir el acceso a la informacion proveniente del Sistema de Procedimiento de Informacion Comercial ("SPIC") y del Sistema de Control de Ordenes de Pedido ("SCOP"), por haberse clasificado como confidencial, de conformidad con el Articulo 17° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, por contener informacion de caracter comercial relativa a las empresas fiscalizadas que no puede ser divulgada libremente por OSINERGMIN; Que, actualmente, el Organo del OSINERGMIN responsable de la custodia de la informacion proveniente del SPIC y del SCOP, la ejerce la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos ("GFHL"); Que, la Division de Gas Natural de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria ("GART"), ha senalado la necesidad de contar con informacion procesada del SCOP que posee y puede elaborar la GFHL, con el proposito de servir en los estudios de fijacion de tarifas de gas natural o en la ampliacion de zonas potenciales donde existe una demanda apreciable de energia por parte de consumidores directos; Que, el Articulo 103º del Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 0542001-OS/CD, establece que unicamente pueden tener acceso a los documentos de informacion declarada reservada los integrantes del ORGANO DE OSINERG asignados al procedimiento o accion a cargo de dicha institucion; Que, considerando que la Division de Gas Natural de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria ("GART")

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