Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2007 (19/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de diciembre de 2007

CORPORACION TX, integrado por las empresas Corporacion TX de Venezuela C.A. y GMD S.A., esta MORDAZA subsidiaria de la Corporacion Grana y MORDAZA, presenta ante esta Municipalidad una propuesta tecnica ­ economica para la optimizacion de la gestion tributaria municipal e incremento de la recaudacion efectiva de recursos financieros de la Municipalidad de MORDAZA del Mar; Que, a traves de la referida propuesta, el CONSORCIO CORPORACION TX ofrece los siguientes beneficios a favor de la Municipalidad: 1) Incremento de la recaudacion tributaria, 2) Utilizacion de tecnologia de punta para la administracion tributaria compatible y ajustables a las necesidades de esta Municipalidad, 3) Disminuir la evasion tributaria, elusion e ilicitos relacionados, 4) Prestar asesoria para mejorar y optimizar la administracion tributaria, 5) Mejorar la atencion al contribuyente, 6) Recibir los equipos e instalaciones necesarias para el uso del sistema sin desembolsos por parte de la Municipalidad, 7) Obtener la depuracion de la base de datos, 8) Obtener el levantamiento del censo de contribuyentes y 9) Fortalecer la imagen de la Municipalidad ante los ciudadanos en el ambito tributario; Que, asimismo la oferta economica planteada por el CONSORCIO CORPORACION TX contempla el cobro de una comision a exito equivalente al 16% (sin incluir impuestos de ley), la misma que se calculara unicamente sobre el incremento de la recaudacion (diferencial del aumento de recaudacion) comparado con una base fija de recaudacion correspondiente a los ultimos doce meses previos a la firma del contrato, dejando claramente senalado que el CONSORCIO CORPORACION TX asume el riesgo total de la inversion y que el pago es contra resultados; Que, mediante Informe Nº 368-2007-GATR-MDMM de fecha 04 de diciembre de 2007, la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas opina por la factibilidad de aceptar la propuesta formulada por el CONSORCIO CORPORACION TX, recomendando a la Gerencia de Asesoria Juridica determine si la misma se encuadra dentro de algunos de los supuestos de exoneracion de procesos de seleccion; ello considerando objetivamente que las empresas integrantes del CONSORCIO CORPORACION TX cuentan con vasta experiencia en el asesoramiento y asistencia de sistemas de administracion informatica y de gestion tributaria en gobiernos locales, lo cual acredita adjuntando 22 contratos de similar naturaleza celebrados anteriormente, lo que permite corroborar los resultados favorables de la empresa respecto al objeto contractual. Asimismo, senala la referida Gerencia, que el servicio de recaudacion tributaria propuesto constituye propiedad intelectual del CONSORCIO CORPORACION TX, lo que individualiza sus destrezas, habilidades y experiencias, valor agregado que otras empresas no podrian proveer, tomando en cuenta ademas el monto de inversion senalado en la propuesta, el mismo que corre por cuenta de la empresa, y considerando tambien la forma de calculo de sus honorarios; Que, del Informe Nº 1067-07-GAJ-MDMM de fecha 07 de diciembre de 2007 se desprende que la Gerencia de Asesoria Juridica, luego del analisis de la propuesta del CONSORCIO CORPORACION TX, el Informe Nº 3682007-GATR-MDMM y la normativa de la materia vigente contenida en el inciso f) del articulo 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el articulo 145º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y otras pertinentes; concluye que la contratacion del CONSORCIO CORPORACION TX se adecua al supuesto de exoneracion de procesos de seleccion por servicios personalisimos; Que, mediante Memorando Nº 1620-2007-GM/ MDMM de fecha 07 de diciembre 2007 la Gerencia Municipal remite a la Secretaria General la propuesta del CONSORCIO CORPORACION TX conjuntamente con los informes de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y Gerencia de Asesoria Juridica, para que se proceda con el tramite de ley, teniendo en cuenta que esta MORDAZA Gerencia considera que la contratacion del CONSORCIO CORPORACION TX se adecua al supuesto de exoneracion de MORDAZA de seleccion por servicios personalisimos; Que, mediante el Memorando Nº 319-2007-GPP/ MDMM, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto indica

que la ejecucion presupuestaria para el servicio propuesto por el CONSORCIO CORPORACION TX se afectaria en la partida especifica de gasto 5.3.11.33 "Servicio de Consultoria" de la Fuente de Financiamiento 5. Recursos Determinados, Rubro 08 Impuestos Municipales; Que, conforme a lo senalado por la Gerencia de Asesoria Juridica, el articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004PCM, permite a las Entidades exonerar de los procesos de seleccion las adjudicaciones y contrataciones, segun sea el caso, cuando se produzca alguno de los supuestos que contempla. Entre ellos, el literal f) contempla el caso de exoneracion de las adquisiciones y contrataciones para los servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establece el Reglamento; Que, el Art. 145° del Decreto Supremo N° 0842004-PCM ­ Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que cuando la entidad tenga la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales; procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores; Que, en el presente caso, de lo expuesto por la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y la Gerencia de Asesoria Juridica se puede concluir que las empresas integrantes del CONSORCIO CORPORACION TX cuentan con la experiencia suficiente, la misma que objetivamente ha sido demostrada y evidenciada a traves de los documentos anexos a la propuesta. Ello ademas denota que dichas empresa poseen los conocimientos necesarios para realizar a satisfaccion el servicio que se pretende contratar, MORDAZA si se considera que la inversion para la implementacion del servicio es efectuada integramente por ellas y que los honorarios de la misma se materializan siempre y cuando se supere la recaudacion base (comision de exito), conforme lo ha resaltado la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas; Que, es necesario senalar que, tratandose de Gobiernos Locales los procedimientos no sujetos a procesos de seleccion requieren respetar ciertas formalidades, las cuales se encuentran previstas en el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; es decir, deben ser aprobadas mediante Acuerdo del Concejo Municipal, se requiere necesariamente un informe tecnico-legal previo, deben ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano, la MORDAZA del Acuerdo de Concejo y el informe que lo sustenta debe remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del titular del pliego, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion, y el procedimiento de exoneracion debe efectuarse conforme a las disposiciones establecidas en el articulo 146°, 147° y 148° del referido Reglamento. Que, de las consideraciones expuestas se desprende que el CONSORCIO CORPORACION TX, integrado por las empresas Corporacion TX de Venezuela C.A. y GMD S.A., esta MORDAZA subsidiaria de la Corporacion Grana y MORDAZA, reune los requisitos de ley para su contratacion previa exoneracion por Servicios Personalisimos; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su reglamento, modificatorias, Directiva No. 011-2001-CONSUCODE/PRE, y normas complementarias, y de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 41° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal adopto por UNANIMIDAD con el MORDAZA favorable de los Senores Regidores MORDAZA MORDAZA Quartara MORDAZA de Ruas, MORDAZA MORDAZA Raya, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Max MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ena MORDAZA Ocana MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para contratar,

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