Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2007 (20/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 183

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES
VISTO:

360581

Ademas, el Presidente de la Comision suscribira la Licencia de Obra, en caso de dictaminarse como aprobado, previo Visto MORDAZA de la Sub Gerencia de Obras Privadas. Articulo 9º.9.1 Los expedientes observados que hayan sido subsanados, seran reingresados acompanandose necesariamente los planos observados. 9.2 El Presidente sometera nuevamente a la Comision el expediente para su calificacion, la que sera efectuada en estricto orden de reingreso. Para el efecto, anotara en el Registro de Ingresos y Reingresos de Expedientes, en una relacion distinta a la de los expedientes nuevos y lo sometera a la Comision. CAPITULO IV RECURSOS ADMINISTRATIVOS Articulo 10º.- Contra los dictamenes de la Comision, el propietario o los proyectistas pueden interponer Recurso de Reconsideracion y de Apelacion. En caso que la impugnacion sea sobre aspectos tecnicos del dictamen, adjunto al recurso se debe presentar una memoria justificativa de los criterios o apreciaciones que sustenten el recurso. Articulo 11º.- El plazo para interponer Recursos Administrativos, sera de diez (10) dias habiles contados a partir de la notificacion del acto impugnado, debiendo ser resuelta por la instancia competente en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles. El Recurso de Reconsideracion debe ser interpuesto ante la Comision Especial encargada de la Revision de Proyectos, quien debe resolver. El Recurso de Apelacion debe ser interpuesto ante la Comision Especial encargada de la Revision de Proyectos y sera resuelta por la Comision Tecnica Calificadora de Proyectos de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho. DISPOSICION FINAL Articulo Unico.- Con el presente Reglamento, se aprueba el modelo de formato de Informe de Precalificacion, siendo el mismo que se aprobo mediante el Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, Reglamento de la Ley Nº 27157 de Regularizaron de Edificaciones, del procedimiento para la Declaratoria de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Comun. 144521-1

El Memorando Nº 635--2007/MDV-GR de la Gerencia Rentas de fecha 14 de diciembre del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 0262007/MDV del 29 de septiembre del 2006, se aprobo la "Campana de Formalizacion de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios en el distrito de Ventanilla", con la finalidad de crear los mecanismos adecuados de tal manera que se facilite el acceso al MORDAZA a los inversionistas para que desarrollen sus actividades dentro del distrito, formalizando su situacion, sin menoscabo de la seguridad, la salubridad, el orden publico y el cuidado del medio ambiente en el distrito. Que, en el articulo 8º de la ordenanza municipal MORDAZA citada, se establecio que dicha MORDAZA tendria una vigencia de 60 dias calendario, contados a partir del 15 de octubre del 2007, por lo que, la MORDAZA estaria venciendo el dia 15 de diciembre del presente ano; siendo prorrogable mediante Decreto de Alcaldia por unica vez por 15 dias calendario. Que, por Memorando Nº 635--2007/MDV-GR del 14 de diciembre del 2007, la Gerencia Rentas de esta Entidad MORDAZA, manifiesta que habiendose incrementado de manera importante durante los ultimos dias la afluencia de administrados solicitando informacion respecto al procedimiento para obtener Licencia de Funcionamiento; es de Opinion de este Despacho, Prorrogar la MORDAZA de Formalizacion de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios en el distrito de Ventanilla, por espacio de 12 dias calendario, es decir, hasta el dia viernes 28 de diciembre del 2007, para lo cual, debe de emitirse el Decreto de Alcaldia correspondiente, conforme a lo establecido en el articulo 8º de la Ordenanza Municipal MORDAZA citada. Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado modificado por Ley N° 26680, Ley de Reforma Constitucional del 7 de marzo del 2002, establece que las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante, con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. Que, el articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece "los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal". Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades SE DECRETA: DECRETO DE ALCALDIA QUE DISPONE LA PRORROGA DE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 026-2007/MDV Articulo 1º.- Prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 026-2007, por la cual se aprobo la MORDAZA de Formalizacion de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios en el distrito de Ventanilla, por espacio de 12 dias calendario, hasta el 28 de diciembre de 2007. Articulo 2º.- Encarguese a la Gerencia de Rentas, y a las Sub Gerencias que forman parte de esta unidad organica el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, y todas las dependencias de la Municipalidad deberan prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 145010-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 026-2007/MDV, que aprobo la MORDAZA de Formalizacion de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios
DECRETO DE ALCALDIA Nº 014-2007/MDV-ALC Ventanilla, 17 de diciembre del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA

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