Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2007 (20/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 184

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2007

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE URANMARCA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios para el proyecto "Construccion Trocha Carrozable Sicllapata - Toromaccana"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 015-2007-A-MDU-PCH/RA Uranmarca, 23 de noviembre del 2007 VISTO: El Informe Nº 001-2007-ING/IMFM, del Ingeniero Civil Jefe De la Oficina Tecnica y el Informe Nº 0012007-AL/RMS. Opinion Legal de este proceso; ambos responsables de la elaboracion del informe tecnico y legal para la exoneracion del MORDAZA de seleccion por Desabastecimiento Inminente de la Ejecucion del Proyecto: "CONSTRUCCION TROCHA CARROZABLE SICLLAPATA-TOROMACCANA" Que, el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen: "en situacion de emergencia o en desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley"; Que, mediante el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera Desabastecimiento Inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; siendo el presente caso de necesidad urgente obtener el financiamiento del proyecto a traves de entidades que cofinancian ejecucion de proyectos con fondos de Cooperacion Tecnica Internacional en el presente calendario trimestral Enero/Marzo. Que, el articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y el articulo 146º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, prescriben que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, debiendose publicar dicho instrumento aprobatorio en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso b) del articulo 19º de la Ley; Que, en tal sentido, mediante la emision del Informe Nº 001-2007-Ing/IMFM, del Jefe de la Oficina Tecnica y el Informe Nº 001-2007-AL/RMS. Opinion Legal contratada para este MORDAZA, se da cumplimiento a dichos requerimientos tecnicos y legales; Que, mediante Informe Nº 001-2007-ING/IMFM, Jefe de la Oficina Tecnica; sustenta tecnicamente la exoneracion y la necesidad inmediata de ejecutar el Proyecto: "CONSTRUCCION TROCHA CARROZABLE SICLLAPATA-TOROMACCANA" precisando textualmente que "(...) se tiene previsto, concluir con todo el trabajo de MORDAZA y ejecucion de la Obra , entre el 01 de Diciembre y el 30 de Diciembre tiempo aprovechable debido a que despues sera imposible tener acceso a muchos lugares debido a las inclemencias del tiempo lluvias y deslizamientos los que impedirian tener acceso al traslado de suministros, materiales, recursos humanos, combustible para concluir con los trabajos de ejecucion de la Obra; la no exoneracion generaria un retrasado trayendo como consecuencia el incumplimiento en la ejecucion de la Obra y la consecuente perdida del financiamiento de las Transferencias de los Recursos Ordinarios.

Que, de conformidad con el literal a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del Articulo 19, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad siendo la facultad de aprobar exoneraciones indelegable; Que, el articulo 147º del Reglamento, salvo las previstas en los incisos b) y d) del Articulo 19º de la Ley, dispone la publicacion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los dias habiles legales siguientes a su emision o adopcion las respectivos acuerdos de exoneracion, segun corresponda, y adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el articulo 19º se realizaran mediante acciones inmediatas y el articulo 148º de su Reglamento establece que se requiere invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podran ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimile y el correo electronico; Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de la Resolucion de Acuerdo de Concejo, la cual apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar a traves de acciones inmediatas el referido servicio; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26850, Modificatoria Ley Nº 28267 ; los Decretos Supremos Nºs. 083-2004-PCM, 084-2004-PCM; el Titular del Pliego contando con la aprobacion y facultades conferidas por la Ley Organica Nº 27972 y del Concejo Municipal en sesion extraordinaria de fecha 23 de Noviembre del presente ano: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerese a la Municipalidad Distrital de Uranmarca comprension de la Provincia de Chincheros de la Region MORDAZA del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica por causal de Situacion de Desabastecimiento Inminente, y autoricese a contratar a traves de acciones inmediatas el Servicio de los Items. propuestos y exonerados Personal Auxiliar(Obreros) Tecnicos, Residente Supervisor, Evaluador, Capacitador Social, Alquiler de Maquinaria y Equipo(Convenio MORDAZA entre la Municipalidad Provincial de Chincheros y la Municipalidad Distrital de Uranmarca) Voladura de MORDAZA, Materiales y Suministros Diversos los mismos que son detallados en el Expediente tecnico del proyecto "CONSTRUCCION TROCHA CARROZABLE SICLLAPATA-TOROMACCANA", hasta por la suma de S/. 201,878.00 nuevos soles. Articulo 2º.- La contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se realizara a traves del Comite Especial conformado para tal fin debiendo cumplir con el registro en el Acta de procesos de seleccion el otorgamiento de la buena pro de cada Item exonerado del presente MORDAZA de seleccion. Articulo 3º.- El egreso que irrogue la presente Resolucion se aplicara con cargo al presupuesto del Pliego 2007 Funcion: 16 Programa:052 Subprograma 0145; Proyecto:2005978;Componente2086679,Meta01,Finalidad 14475, Expediente Tecnico "CONSTRUCCION TROCHA CARROZABLE SICLLAPATA-TOROMACCANA". Articulo 4º.- Derivar MORDAZA de la presente Resolucion al Comite Especial, a la Gerencia Administrativa y a los responsables administrativos encargados de su ejecucion dentro de los dias legales habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA YEPEZ MORDAZA MORDAZA 144596-1

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