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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2007 360576 el Memorándum Nº 741-2007-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 026-80- EF/77.15, se aprueban las Normas Generales del Sistema de Tesorería - NGT-06 “Uso del Fondo para Caja Chica”, NGT-7 “Reposición de Apertura del Fondo para Pagos en Efectivo y del Fondo de Caja Chica”, NGT-08 “Arqueos sorpresivos”, Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG, 230-10 “Uso del Fondo para Pagos en Efectivo y/o Fondo Fijo” Directiva Nº 001-2007-EF/77.15, aprobado con Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 001, de fecha 16/01/2007, se aprobó la Directiva Nº 003-2007-GPD/MDSJL “Directiva para la Administración del Fondo Fijo para Caja Chica Central y Periférica de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho”; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 009, de fecha 16/03/2007, se modifi có la antes señalada Directiva Nº 003-2007-GPD/MDSJL “Directiva para la Administración del Fondo Fijo para Caja Chica Central y Periférica de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho”; Que, mediante Ordenanza Nº 107, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 31/03/2007, se aprobó el Organigrama Estructural y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho; Que, es necesario adecuar las disposiciones normadas en la “Directiva para la Administración del Fondo Fijo para Caja Chica Central y Periférica de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho” a las nuevas funciones y competencias de las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho; Que, en virtud a lo anteriormente expuesto debe expedirse el acto administrativo que apruebe el proyecto de Directiva presentado por la Gerencia de Planifi cación, toda vez que ella contiene normas reglamentarias para el buen uso de los Fondos Fijos para la Caja Chica Central y Caja Periférica de la Municipalidad, dentro del marco de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Entidad; Estando a lo expuesto; y a lo dispuesto en el Artículo 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 002-2007- SGDICNI-GP/MDSJL “Directiva para la Administración del Fondo Fijo para Caja Chica Central y Periférica de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho”, vigente para el año 2007, la misma que forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Las disposiciones relativas al monto máximo de cada pago en efectivo, el tipo de gasto a ser atendido con el fondo y la exigencia de rendir cuenta documentada, entre otras disposiciones complementarias, se encuentran previstas en la Directiva aprobada por el artículo primero del presente Decreto. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto los Decretos de Alcaldía Nºs. 001 y 009, de fechas 16 de enero y 16 de marzo del 2007, respectivamente, así como las demás normas que se opongan al presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 144520-1 Aprueban modificación del formulario “Acta de Liquidación del Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos” (Se publica el presente Decreto de Alcaldía a solicitud de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, mediante Ofi cio Nº 0523-2007-MSJL-SG, recibido el 18 de diciembre de 2007) DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013 San Juan de Lurigancho, 9 de mayo del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Informe Nº 033-2007-SGFT/GR-MSJL de fecha 27.04.2007, el Informe Nº 089-2007-GR/MSJL de fecha 09.05.2007, el Informe Nº 208-2007-GAJ/MSJL de fecha 09.05.2007, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 033-2007-SGFT-MSJL de fecha 27.04.2007 emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria , se señala que es necesario realizar ciertas modifi caciones en el formulario de “Acta de Liquidación del Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos”, según propuesta que se adjunta, de tal manera que la información que se debe recabar al momento de la fi scalización sea la que realmente utilizará la ofi cina encargada de ejecutar la cobranza; el mismo que ha sido ratifi cado mediante Informe Nº 089- 2007-GR/MSJL de fecha 09.05.2007 emitido por la Gerencia de Rentas y donde se señala que las modifi caciones a dicho documento no altera la naturaleza del mismo. Que, mediante Informe Nº 208-2007-GAJ/MSJL de fecha 09.05.2007, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del análisis legal de las normas vigentes pertinentes sobre la materia se opina porque resulta procedente que el Titular de la Corporación Municipal mediante Decreto de Alcaldía, modifi que el formulario correspondiente al Acta de Liquidación del Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos. Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cada por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad. Que, mediante Ordenanza Nº 050, de fecha 24.02.2005 se aprobó el Reglamento de Procedimiento Técnico y Administrativo de Autorización, Fiscalización y Control de los Espectáculos Públicos No Deportivos y los formularios autorizados para tal fi n, entre los que se consideró en el literal c) de la Primera Disposición Complementaria el Acta de Liquidación del Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos. Que, la citada Ordenanza Nº 050, en su Sexta Disposición Complementaria, faculta expresamente al Despacho de Alcaldía, a establecer mediante Decreto de Alcaldía, las disposiciones complementarias y/o reglamentarias que sean necesarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la referida Ordenanza. Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades señala en su Artículo 42º que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”. Estando a lo antes expuesto y en virtud a lo dispuesto en el artículo 20, numeral 6 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ordenanza Municipal Nº 050, se; DECRETA:Artículo Primero.- Aprobar la modifi cación del formulario denominado “Acta de Liquidación del Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos” aprobado mediante Ordenanza Nº 050, conforme al formato que se adjunta y que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas para que a través de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria inicie las acciones pertinentes para la elaboración y distribución del nuevo formulario aprobado. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde