Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2007 (20/12/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 167

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

360565

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Establecen beneficio de reduccion del monto por derecho de obtencion de carne de sanidad a los comerciantes del distrito
ORDENANZA Nº 148-MDI Independencia, 31 de octubre de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 184-2007-OPPR/MDI de fecha 26 de octubre de 2007, Informe Nº 697-2007-DSCPMDCDM/GGASP/MDI de fecha 24 de setiembre de 2007, Informe Nº 415-2007YMC-PM-DSC-GGASP/MDI de fecha 21 de setiembre de 2007, Memorando Nº 491-2007-GDEL/MDI de fecha 25 de agosto de 2007, Informe Nº 331-2007-UAL-MDI de fecha 06 de agosto de 2007, Informe Nº 180-2007DSSA/GMDS/MDI de fecha 09 de MORDAZA de 2007, Informe Nº 166-07-GMDS/MDI de fecha 02 de MORDAZA de 2007, Informe Nº 164-2007-DSSA/GMDS/MDI de fecha 26 de MORDAZA de 2007, Correspondencia Nº 006075-2007 de fecha 18 de MORDAZA de 2007, remitida por la Federacion Distrital de Trabajadores Ambulantes de Independencia ­ FEDITAI, sobre "Beneficio de Reduccion del Monto por Derecho de Obtencion de Carne de Sanidad a los Comerciantes del Distrito de Independencia", y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldia, las funciones ejecutivas; Que, de acuerdo al MORDAZA de legalidad los gobiernos locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, arbitrios, derechos y licencias dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley, tal como lo senala el Articulo IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario. Pero estas exoneraciones deben tener caracter general, es decir, que no pueden emitirse Ordenanzas para exonerar de dichas obligaciones a personas individualizadas; Que, las Ordenanzas Municipales tienen rango de Ley en la materia de su competencia, siendo normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal de acuerdo a lo senalado en el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; Que, en virtud de la autonomia politica, administrativa y economica que tienen los gobiernos locales en los asuntos de su competencia mediante la promulgacion de una Ordenanza Municipal se puede reducir el costo del carne de sanidad, por cuyo derecho se paga S/.15.00 a S/. 11.00 Nuevos Soles y asimismo determinar que dicho beneficio tenga caracter perentorio, dicha reduccion no incluiria el pago por concepto de examen de grupo y factor sanguineo; Que, cabe precisar que mediante Ordenanza Nº 141MLM-98, emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA establece la obligatoriedad en la jurisdiccion de la Provincia de MORDAZA de portar como documento personal e intransferible el carne de sanidad para todas aquellas personas que brinden servicios de atencion al publico y/o manipulacion de alimentos sin excepcion alguna; Que, mediante Memorando Nº 1131-07-GMDS/MDI de fecha 10 de agosto de 2007, emitido por la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, senala que el MORDAZA de la MORDAZA, tiene por objeto garantizar las condiciones de salubridad en la atencion de los comerciantes a los usuarios de la jurisdiccion del distrito, lo que es de

competencia municipal y de cumplimiento obligatorio y es de la opinion incidir en relacion a este acto administrativo que la mayor relevancia es el aspecto de salubridad social que se debe garantizar desde la Municipalidad como parte de la competencia; Que, con Informe Nº 331-2007-UAL/MDI de fecha 06 de agosto de 2007, emitido por la Unidad de Asesoria Legal, considera juridicamente viable que en virtud de su autonomia la Municipalidad pueda tomar la decision de reducir el costo del carne de sanidad mediante la promulgacion de una Ordenanza con la finalidad de que se realice una MORDAZA por el termino de 30 dias para regularizar la situacion juridica de los administrados; Que, la presente Ordenanza tiene como objetivo mejorar las condiciones de salud y MORDAZA del comerciante minorista, otorgando facilidades para la atencion medica adecuada y oportuna, considerando que por su actividad economica tiene un trato diario y personal con el publico consumidor, siendo el ambito de aplicacion es para todos los comerciantes ubicados en la jurisdiccion del Distrito; Que, estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, Reglamento Interno del Concejo Municipal, aprobado mediante Ordenanza Nº 075-2004-MDI, del 14 de MORDAZA de 2004, publicada el 24 de MORDAZA de 2004, modificada por Ordenanza Nº 078-2004-MDI, del 09 de junio de 2004 y publicada el 24 de MORDAZA del mismo ano, con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo y con la dispensa de los tramites de Comision, lectura y aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente Ordenanza: "BENEFICIO DE REDUCCION DEL MONTO POR DERECHO DE OBTENCION DE CARNE DE SANIDAD A LOS COMERCIANTES DEL DISTRITO DE INDEPENDENCIA" Articulo Primero.- ESTABLECER como derecho de pago de servicio de expedicion del Carne de Sanidad, el monto promocional de S/.11.00 (once con 00/100 Nuevos Soles) durante 30 (treinta) dias calendario posteriores a la publicacion de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- El ambito de aplicacion de la presente Ordenanza es para todos los comerciantes ubicados en la jurisdiccion del Distrito de Independencia. Articulo Tercero.- Los requisitos indispensables para acogerse al beneficio del monto promocional son: a) b) Ser comerciante en actividad. Portar documento de identidad vigente.

Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, Gerencia de Gestion Ambiental y Servicios Publicos el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- ENCARGAR la publicacion y difusion de la presente Ordenanza a la Gerencia de Secretaria General. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. LOVELL YOMOND MORDAZA MORDAZA 144796-1

Regulan el procedimiento de formulacion del Plan de Igualdad de Oportunidades - MORDAZA - entre Hombres y Mujeres y Sectores Vulnerables 2008 al 2015
ORDENANZA Nº 149 -MDI Independencia, 9 de noviembre de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 001 -2007- CMDS-MDI de fecha 05 de noviembre de 2007,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.