Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2007 (20/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 173

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

360571

por el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM. En ese sentido y en el MORDAZA del reordenamiento administrativo de la Municipalidad es imperativo que por Acuerdo de Concejo Municipal se proceda a ajustar los montos que por concepto de dietas perciben los senores regidores, a efecto de que la sumatoria de las mismas no supere los S/. 2,340.00 Nuevos Soles mensuales, que representa el limite legal del 30% de los ingresos mensuales que por todo concepto percibe el senor Alcalde. Debiendo referir asimismo en razon de lo expuesto, que correspondera a la Gerencia de Administracion de Recursos ejecutar la recuperacion del mayor monto pagado; Que, mediante Dictamen Nº 005-2007-CEPPO/MDI de fecha 5 de noviembre de 2007, emitido por la Comision de Economia, Planificacion, Presupuesto y Organizacion, CONSIDERA que del estudio efectuado por los miembros de la Comision, concluyen que cuando los miembros del Concejo Municipal aprobaron el Acuerdo de Concejo Nº 022-2007-MDI de fecha 11 de MORDAZA de 2007, lo hicieron inducidos a error por los senores funcionarios de ese entonces, toda vez que los informes que acompanaban al proyecto en referencia determinaban la procedencia del mismo, lo que dio lugar a su aprobacion por mayoria; Que, asimismo RECOMIENDA al Concejo Municipal de Independencia APROBAR la modificacion del Acuerdo de Concejo Nº 022-2007-MDI de fecha 11 de MORDAZA de 2007, que determine el MORDAZA monto de las dietas de los senores Regidores conforme al contenido del Articulo 5º del Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, y teniendo en consideracion la grave negligencia en la que se habria incurrido los senores funcionarios que indujeron a error al Concejo Municipal para la aprobacion de dicho Acuerdo de Concejo, recomendando se remita el caso a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios a fin de que se pronuncie sobre la iniciacion del MORDAZA Administrativo pertinente, conforme a Ley, para la aplicacion de las sanciones que correspondan, recomendando tambien que a traves de la Administracion Municipal se determine la forma y plazos de cancelacion de los montos indebidamente pagados, formalizando la documentacion respectiva y el convenio que resulte necesario; Que, mediante Informe Nº 412-2007-UAL/MDI de fecha 20 de setiembre de 2007, emitido por la Unidad de Asesoria Legal, OPINA que se proceda a ajustar los conceptos de dietas que perciben los senores Regidores, a efectos de que la sumatoria de las mismas en el mes no supere el limite legal estableciendo el 30% de los ingresos mensuales por todo concepto del MORDAZA, cuyo monto asciende a S/. 2,340.00 Nuevos Soles; Que, estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, Reglamento Interno del Concejo Municipal, aprobado mediante Ordenanza Nº 075-2004-MDI, del 14 de MORDAZA de 2004, publicada el 24 de MORDAZA de 2004, modificada por Ordenanza Nº 078-2004-MDI, del 9 de junio de 2004 y publicada el 24 de MORDAZA del mismo ano, con el Dictamen de Comision respectiva, con el MORDAZA UNANIME del Pleno del Concejo y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- MODIFICAR el Articulo Tercero del Acuerdo de Concejo Nº 022-2007-MDI de fecha 11 de MORDAZA de 2007, de acuerdo al siguiente texto: "APROBAR la Dieta de los senores Regidores del Concejo Distrital de Independencia en la suma equivalente a S/. 1,170.00 (UN MIL CIENTO SETENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES) por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, con un MORDAZA de dos (2) sesiones pagadas al mes." Articulo Segundo.- RATIFIQUESE los demas extremos del Acuerdo de Concejo Nº 022-2007-MDI de fecha 11 de MORDAZA de 2007. Articulo Tercero.- RECOMENDAR a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios a fin de que inicie el MORDAZA administrativo correspondiente, para la aplicacion de las sanciones que correspondan. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion de Recursos ejecutar la recuperacion del mayor monto pagado, determinando la forma y plazos de cancelacion.

Articulo Quinto.- ENCARGARA a la Gerencia de Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo de Concejo. Registrese, comuniquese y cumplase. LOVELL YOMOND MORDAZA MORDAZA 144793-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican el Regimen de Licencias de Funcionamiento y Parametros Urbanisticos y Edificatorios para el distrito de MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA Nº 252-MDJM MORDAZA MORDAZA, 14 de diciembre del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; Visto, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA mayoritario de los senores regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8 DEL ARTICULO 9 DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL APROBO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGIMEN DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO Y PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS PARA EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- MODIFICASE los articulos 9, el literal b) del articulo 14, el articulo 17, y el MORDAZA parrafo del articulo 23, los articulos 39 y 40 de la Ordenanza Nº 235-MJM, los mismos que quedan redactados de la siguiente manera: "Articulo 9º.- El plazo MORDAZA para el otorgamiento de la Licencia Unica de Funcionamiento es de quince (15) dias habiles y su vigencia sera indeterminada. Articulo 14º.- La Sub Gerencia de Tramite Documentario y la Sub Gerencia de Obras Privadas y Licencias realizaran la calificacion documentaria y tecnica respectivamente de los requisitos presentados, procediendo de la siguiente manera: b) De no encontrarlos resolucion Sub Gerencial de declarando improcedente lo MORDAZA a la Sub Gerencia de Administrativa. conformes se emitira la Obras Privadas y Licencias solicitado y remitiendo una Control MORDAZA y a Policia

Articulo 17º.- A efectos de determinar si el establecimiento cuenta con el acondicionamiento, segun el Reglamento Nacional de Edificaciones y la normativa vigente segun sea el caso para cada sector, para el desarrollo del giro de servicios, comercio o industria, establecido por el Indice de Usos para la ubicacion de actividades urbanas para el distrito de MORDAZA MORDAZA, se realizara una inspeccion ocular a cargo de un profesional responsable, cuyo informe tecnico se insertara en el expediente iniciado, el que consignara dos calificaciones: CONFORME, entiendase que sera Procedente y NO CONFORME, en cuyo caso se procedera de acuerdo a lo establecido en el literal b) del articulo 14º de la presente Ordenanza.

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