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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2007 360566 emitido por la Comisión de la Mujer y Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de Independencia, Informe Nº 182-2007-OPPR/MDI de fecha 25 de octubre de 2007, emitido por la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización, Memorando Nº 1388-2007-GMDS/MDI de fecha 3 de octubre de 2007, Informe Nº 266-07-GMDS/MDI de fecha 03 de setiembre de 2007, emitidos por la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, Informe Nº 391-2007-UAL/MDI de fecha 24 de agosto de 2007, emitido por la Unidad de Asesoría Legal, Informe Nº 119-2007-DM/GMDS/MDI de fecha 22 de junio de 2007, emitido por la División de la Mujer, sobre “Formulación del Plan de Igualdad de Oportunidades en Independencia – PIO – entre Hombres y Mujeres y Sectores Vulnerables 2008-2015,”, y; CONSIDERANDO:Que el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II, del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades reconoce a los gobiernos locales autonomía política económica y Administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, en concordancia con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú y en las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer (1981) y de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará (Brasil 1994), el Estado vela por la protección jurídica de los derechos de la mujer sobre una base de igualdad con los del hombre y busca erradicar todas las formas de discriminación o subordinación; Que, mediante Ley Nº 28983 – Ley de Igualdad y Oportunidades entre Hombres y Mujeres y Decreto Supremo Nº 009-2005 MINDES, se Aprueba y Reglamenta el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006-2010, el cual articulado con el Plan Nacional de Superación de la Pobreza y con los planes nacionales de mediano plazo que benefi cian a la niñez y adolescencia, las personas con discapacidad, la familia y contra la violencia hacia la mujer, incorpora el marco jurídico nacional y los principios de no discriminación e igualdad de oportunidades, recogidos en los acuerdos internacionales suscritos por el Estado Peruano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2002- PROMUDEH que aprueba el Plan Nacional de Acción para la Infancia y Adolescencia 2002-2010 y Ley Nº 27337 Código del Niño y el Adolescente, se establecieron los principios básicos de protección y promoción del ejercicio de los derechos fundamentales de los niños y adolescentes para su desarrollo pleno; Que, a través de la Ley Nº 27751 - Ley que elimina la Discriminación de las Personas con Discapacidad por Defi ciencia Intelectual y/o Física en Programas de Salud y Alimentación a cargo del Estado se aprueba el “Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad” cuyo objeto es la implementación de una política pública basada en el reconocimiento de la dignidad de las personas con discapacidad y el pleno respeto, protección y promoción de sus derechos fundamentales. Que, con Decreto Supremo Nº 005-2002-PROMUDEH, se aprueba el Plan Nacional para Personas Adultas Mayores 2006-2010, la misma que fuera modifi cada por el Decreto Supremo Nº 006-2006- MINDES, que aprueba la Reformulación Integral del Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores hasta el 2010, teniendo como objeto mejorar el bienestar físico, psíquico y social de los Adultos Mayores, a través del incremento de la cobertura y calidad de los servicios de salud, la garantía de una asistencia alimentaría y nutricional y la generación de oportunidades para una vida armónica con su familia y su comunidad; Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización en su Artículo 17.1, dispone que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuestos y en la gestión pública, aprobados en armonía con las políticas de desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones, lo cual se traduce en la construcción participativa de planes de desarrollo inclusivos y con enfoque de género, los cuales tienes un carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales;Que, constituye una función específi ca exclusiva del gobierno local, de acuerdo a lo que dispone los incisos 2.3, 2.4 y 2.5 del Artículo 84º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el concertar el desarrollo social de su circunscripción en armonía con las políticas nacionales y regionales, que promuevan la igualdad de oportunidades con criterio de equidad e inclusión social de la población en riesgo, niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores y personas con discapacidad y otros grupos de población en situación de discriminación; Que, mediante Dictamen Nº 001-2007-CMDS-MDI de fecha 05 de noviembre de 2007, de la Comisión de la Mujer y Desarrollo Social, en su Artículo Primero aprueba el Proyecto de Ordenanza que Regula el Proceso de Diseño de Plan de Igualdad de Oportunidades en el Distrito de Independencia que consta de 18 Artículos y 4 Disposiciones fi nales y complementarias; Que, estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, Reglamento Interno del Concejo Municipal, aprobado mediante Ordenanza Nº 075-2004-MDI, del 14 de mayo de 2004, publicada el 24 de julio de 2004, modifi cada por Ordenanza Nº 078-2004-MDI, del 09 de junio de 2004 y publicada el 24 de julio del mismo año, Dictamen Nº 001-2007-GMDS-MDI de fecha 05 de noviembre de 2007, con el voto UNÁNIME del Pleno del Concejo, y con la dispensa de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA “NORMA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE FORMULACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES – PIO-ENTRE HOMBRES Y MUJERES Y SECTORES VULNERABLES 2008 AL 2015” TITULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN, OBJETIVOS, ALCANCE Artículo Primero.- Del Ámbito de Aplicación. La presente Ordenanza es aplicable en el ámbito territorial de la Municipalidad Distrital de Independencia; siendo de obligatorio cumplimiento para personas naturales y jurídicas, sean públicas o privadas, con domicilio y/o residente habitual en el ámbito distrital. Asimismo considerar a las diversas instituciones públicas y/o privadas que desarrollan actividades específi cas en el ámbito social humano. Artículo Segundo.- Del Objeto de la Norma. La presente Norma regula el proceso deliberativo y de toma de decisiones de la FORMULACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN INDEPENDENCIA – PIO – ENTRE HOMBRES Y MUJERES Y SECTORES VULNERABLES 2008-2015, desde la experiencia de trabajo concertado de planifi cación del desarrollo humano en el Distrito de Independencia, con enfoque de género e igualdad de oportunidades para aquellos sectores tradicionalmente excluidos, mujeres, niños, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad y personas en situación y/o riesgo de exclusión social. La misma que tendrá una duración de 03 meses, después de aprobada la Ordenanza y hasta el diseño del plan. Artículo Tercero.- Alcance. La presente Ordenanza precisa la naturaleza y alcances de los roles de los actores sociales, institucionales, económicos, políticos y desarrollo funcional, involucrados en el proceso de diseño del Plan de Igualdad de Oportunidades (PIO), en la circunscripción del Distrito de Independencia. CAPÍTULO II DEFINICIONES BÁSICAS Artículo Cuarto.- Para efectos de la presente Norma, las denominaciones, conceptos y enfoques utilizados, se entenderán con arreglo a las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, Ley de Bases de la Descentralización, Ley y Reglamento que aprueba el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades