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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (21/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de diciembre de 2007 360683 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 684-2007-VIVIENDA Lima, 18 de diciembre de 2007VISTOS:El Informe Nº 060 -2007-VMVU-PIMBP/EZ del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos; y las Cartas Nºs. 9450 y 9753-07-GG-BM del Banco de Materiales SAC; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento según la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, tiene competencia para formular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento, conforme a Ley; Que, por Resolución Ministerial N° 151-2005- VIVIENDA, se aprobó la relación de Municipalidades Provinciales y Distritales, según fuente de fi nanciamiento, en las cuales se tenía previsto ejecutar doce (12) Proyectos del Programa Mejoramiento Integral de Barrios – MiBarrio, de los cuales diez (10) Proyectos se fi nanciarían con recursos del Fondo de Apoyo Social - FONAS administrado por el Banco de Materiales S.A.C. - BANMAT y dos (02) Proyectos con Recursos Ordinarios del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2007- VIVIENDA, se crea el “Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos” bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, y se aprueba la fusión de diversos Programas y Proyectos entre los que se encuentra el Programa de Mejoramiento Integral de Barrios denominado MiBarrio; Que, por Resolución Ministerial N° 423-2007- VIVIENDA, se autoriza al Responsable del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, a culminar los proyectos, actividades y procedimientos pendientes de ejecución correspondientes a los componentes del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, entre los que se encuentra el componente MiBarrio; Que, de acuerdo con la Resolución Ministerial N° 575- 2007-VIVIENDA, se modifi ca la Resolución Ministerial N° 151-2005-VIVIENDA en el extremo referido a la fuente de fi nanciamiento, de FONAS a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de tres (3) Proyectos MiBarrio seleccionados por BANMAT ubicados en los distritos de Comas, Ate y la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante informe de Vistos, el Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, manifi esta que según la información proporcionada por el BANMAT, las obras no han sido iniciadas en ninguno de los Proyectos a que se refi ere el considerando precedente, y según la estructura de gastos de los proyectos, los costos para la realización de las obras, coincide con el monto que le corresponde aportar al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; por lo que considera procedente la transferencia de recursos para la ejecución de los tres (3) Proyectos MiBarrio mencionados; Que, en mérito al cambio de fuente de fi nanciamiento dispuesto por Resolución Ministerial N° 575-2007-VIVIENDA, resulta pertinente disponer la transferencia fi nanciera de Recursos, con cargo al presupuesto del presente año fi scal 2007, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento al BANMAT de hasta por S/. 5 507 820.00 (Cinco Millones Quinientos Siete Mil Ochocientos Veinte y 00/100 Nuevos Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para la ejecución de los siguientes Proyectos MiBarrio: 1) Mejoramiento Integral de Barrios – Mi Barrio en los Asentamientos Humanos Santa Rosa de Collique, Villa de Collique y César Vallejo del Distrito de Comas – Lima, hasta por S/. 1 691 640.00 (Un Millón Seiscientos Noventa y Un Mil Seiscientos Cuarenta y 00/100Nuevos Soles); 2) Mejoramiento Integral de Barrios – Mi Barrio en los Asentamientos Humanos Las Brisas de Ventanilla, Villa Hermosa, Ampliación de los Hijos de Grau I, II y Hijos Almirante Grau S y S, del Distrito de Ventanilla, Provincia del Callao, departamento de Lima, hasta por S/. 1 878 120.00 (Un Millón Ochocientos Setenta y Ocho Mil Ciento Veinte y 00/100 Nuevos Soles); y 3) Mejoramiento Integral de Barrios – Mi Barrio en los Asentamientos Humanos de Monterrey Zona A y Señor de los Milagros en el Distrito de Ate – Lima, hasta por S/. 1 938 060.00 (Un Millón Novecientos Treinta y Ocho Mil Sesenta y 00/100 Nuevos Soles); Que, estando a lo indicado, es de aplicación lo dispuesto en el inciso h) del numeral 75.4 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cada por Ley N° 28927, en tanto dispone que el Ministerio de Vivienda mediante Resolución Ministerial, aprobará las transferencias fi nancieras para actividades y proyectos de inversión de saneamiento, vivienda y urbanismo, incluyendo las que se realicen, entre otros, al BANMAT; Que, asimismo el literal g) del artículo 5º de la Ley Nº 28927 dispone que cuando la ejecución de los proyectos se efectúa mediante transferencias del Gobierno Nacional a favor de empresas públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de ejecución del proyecto; y según lo dispuesto en la Primera Disposición Final de la Ley Nº 28979, las transferencias fi nancieras que se realicen en el marco del citado artículo, se autorizan mediante Resolución del Titular del Pliego, la que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano”y en la página web de las entidades, estableciendo un cronograma de desembolsos que se ejecutarán luego de la presentación de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; De conformidad con la Ley N° 28411 y su modifi catoria la Ley N° 28927, la Ley N° 28979, y según las facultades y atribuciones conferidas en la Ley N° 27792 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Transferencia Financiera hasta por un monto de S/. 5 507 820.00 (Cinco Millones Quinientos Siete Mil Ochocientos Veinte y 00/100 Nuevos Soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Banco de Materiales S.A.C. - BANMAT, para la ejecución de los Proyectos MiBarrio descritos en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, tomando como referencia el cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B que de igual modo integra la presente Resolución. Artículo 2°.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto del presente año fi scal 2007 de la Unidad Ejecutora 002: Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Actividad 1.045275: Transferencias para Intervenciones del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3°.- De conformidad con la Primera Disposición Final de la Ley Nº 28979, y según el cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B, los desembolsos sólo se efectivizarán luego que el Banco de Materiales S.A.C. presente al Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, las valorizaciones por avance de obras. Artículo 4º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio Específi co para el fi nanciamiento de los Proyectos MiBarrio a suscribirse entre el Banco de Materiales S.A.C. y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.