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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (29/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2007 361704 (3) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 8,0% correspondientes al año 2. (4) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 8,2% correspondientes al año 4. 3.- ASIGNACIONES MÁXIMAS DE CONSUMO VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Doméstico Comercial Industrial Estatal 10 20 30 60 100 A.2.- Localidad de Huanta 1.- CARGO FIJOCargo Fijo (S/. /Mes) 2,30El cargo fi jo se reajusta por efecto de la infl ación de acuerdo a lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD. 2.- CARGO POR VOLUMEN a) Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE CATEGORÍARANGOS m3/mesTarifa (S/./m3) Año 2 (5)Año 3 Año 4 (6)Año 5 RESIDENCIAL: Social 0 a más 0,163 0,163 0,177 0,177 Doméstico0 a 8 0,324 0,324 0,353 0,353 8 a 20 0,368 0,368 0,400 0,400 20 a más 0,670 0,670 0,729 0,729 NO RESIDENCIAL Comercial0 a 30 0,771 0,771 0,839 0,839 30 a más 1,180 1,180 1,284 1,284 Industrial 0 a más 1,180 1,180 1,284 1,284 Estatal 0 a más 0,554 0,554 0,603 0,603 (5) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 8,0% correspondientes al año 2. (6) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 8,8% correspondientes al año 4. b) Servicio de Alcantarillado CLASE CATEGORÍARANGOS m3/mesTarifa (S/./m3) Año 2 (7)Año 3 Año 4 (8)Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,070 0,070 0,076 0,076 Doméstico0 a 8 0,139 0,139 0,150 0,150 8 a 20 0,158 0,158 0,171 0,171 20 a más 0,287 0,287 0,311 0,311 NO RESIDENCIAL Comercial0 a 30 0,330 0,330 0,357 0,357 30 a más 0,505 0,505 0,546 0,546 Industrial 0 a más 0,505 0,505 0,546 0,546 Estatal 0 a más 0,237 0,237 0,256 0,256 (7) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 8,0% correspondientes al año 2. (8) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 8,2% correspondientes al año 4. 3.- ASIGNACIONES MÁXIMAS DE CONSUMO VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Doméstico Comercial Industrial Estatal 10 20 30 60 100B.- Determinación del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicará de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la “Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario”, aprobada mediante Resolución de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS . 2. Para la localidad de Huamanga, el importe a facturar por el servicio de agua potable a los usuarios pertenecientes al primer rango de la categoría social no incluirá el cargo fi jo. 3. Los rangos de consumo respectivos a cada categoría se refi eren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar sea superior al límite establecido en el primer rango, a la diferencia entre el volumen a facturar y el límite del rango se le aplicara la tarifa del siguiente rango. C.- Determinación del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado 1. El importe a facturar por el servicio de alcantarillado se aplicará de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la “Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario”, aprobada mediante Resolución de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS . 2. La tarifa por servicio de alcantarillado se aplicará sobre el volumen de agua potable registrado por el medidor de consumo de agua potable o por el volumen de la asignación de consumo aplicable. ANEXO N° 2 Evaluación del Cumplimiento de las Metas de Gestión por parte de EPSASA para el Primer Quinquenio I.- DEFINICIONESAño: Es el periodo que comprende un año calendario computado desde la entrada en vigencia de la fórmula tarifaria. Indicadores de Gestión : Son los parámetros que permiten la determinación del cumplimiento de las obligaciones de la empresa y por ende el control de su gestión. Queda entendido que los valores de las Metas de Gestión fi jados para estos indicadores son aquellos a que se refi ere el Anexo 1 de la presente Resolución, los cuales son el resultado de la aprobación de las fórmulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestión. Índice de Cumplimiento Global (ICG): Es el índice que se utiliza para medir el cumplimiento de las Metas de Gestión. Este índice es el resultado de la media aritmética del índice de cumplimiento individual de cada Meta de Gestión a nivel EPS expresado en variación porcentual. n ICI ICGn ii¦ 1 Donde n es el número de Metas de Gestión. Índice de Cumplimiento Individual (ICI): En el caso de las metas de micromedición, agua no facturada, continuidad, relación de trabajo y conexiones activas de agua potable el ICI se calculará como la diferencia del valor del indicador de gestión obtenido por la empresa y el valor del año base, dividida por la diferencia del valor determinado en la Meta de Gestión menos el valor del año base, expresada en porcentaje: ICI = (ValorObtenido – ValorAñoBase) / (ValorMetaGestión – ValorAñoBase) x 100 Para el caso de la evaluación de las metas de incremento anual de conexiones de agua potable y de incremento anual de conexiones de alcantarillado, se dividirá el valor acumulado de las nuevas conexiones