Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2007 (29/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2007

(3) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 8,0% correspondientes al ano 2. (4) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 8,2% correspondientes al ano 4. 3.- ASIGNACIONES MAXIMAS DE CONSUMO
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social 10 Domestico 20 Comercial 30 Industrial 60 Estatal 100

B.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la "Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario", aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS. 2. Para la localidad de Huamanga, el importe a facturar por el servicio de agua potable a los usuarios pertenecientes al primer rango de la categoria social no incluira el cargo fijo. 3. Los rangos de consumo respectivos a cada categoria se refieren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar sea superior al limite establecido en el primer rango, a la diferencia entre el volumen a facturar y el limite del rango se le aplicara la tarifa del siguiente rango. C.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado 1. El importe a facturar por el servicio de alcantarillado se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la "Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario", aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS. 2. La tarifa por servicio de alcantarillado se aplicara sobre el volumen de agua potable registrado por el medidor de consumo de agua potable o por el volumen de la asignacion de consumo aplicable. ANEXO N° 2 Evaluacion del Cumplimiento de las Metas de Gestion por parte de EPSASA para el Primer Quinquenio I.- DEFINICIONES Ano: Es el periodo que comprende un ano calendario computado desde la entrada en vigencia de la formula tarifaria. Indicadores de Gestion: Son los parametros que permiten la determinacion del cumplimiento de las obligaciones de la empresa y por ende el control de su gestion. Queda entendido que los valores de las Metas de Gestion fijados para estos indicadores son aquellos a que se refiere el Anexo 1 de la presente Resolucion, los cuales son el resultado de la aprobacion de las formulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestion. Indice de Cumplimiento Global (ICG): Es el indice que se utiliza para medir el cumplimiento de las Metas de Gestion. Este indice es el resultado de la media aritmetica del indice de cumplimiento individual de cada Meta de Gestion a nivel EPS expresado en variacion porcentual.
n

A.2.- Localidad de Huanta 1.- CARGO FIJO Cargo Fijo (S/. /Mes) 2,30

El cargo fijo se reajusta por efecto de la inflacion de acuerdo a lo establecido en la Resolucion de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD. 2.- CARGO POR VOLUMEN a) Cargo por Volumen de Agua Potable
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL: Social Domestico NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Estatal 0 a 30 30 a mas 0 a mas 0 a mas 0,771 1,180 1,180 0,554 0,771 1,180 1,180 0,554 0,839 1,284 1,284 0,603 0,839 1,284 1,284 0,603 0 a mas 0a8 8 a 20 20 a mas 0,163 0,324 0,368 0,670 0,163 0,324 0,368 0,670 0,177 0,353 0,400 0,729 0,177 0,353 0,400 0,729 RANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Ano 2 (5) Ano 3 Ano 4 (6) Ano 5

(5) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 8,0% correspondientes al ano 2. (6) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 8,8% correspondientes al ano 4. b) Servicio de Alcantarillado
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social Domestico NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Estatal 0 a 30 30 a mas 0 a mas 0 a mas 0,330 0,505 0,505 0,237 0,330 0,505 0,505 0,237 0,357 0,546 0,546 0,256 0,357 0,546 0,546 0,256 RANGOS m3/mes 0 a mas 0a8 8 a 20 20 a mas Tarifa (S/./m3) Ano 2 (7) 0,070 0,139 0,158 0,287 Ano 3 0,070 0,139 0,158 0,287 Ano 4 (8) 0,076 0,150 0,171 0,311 Ano 5 0,076 0,150 0,171 0,311

ICG
i 1

ICI i n

Donde n es el numero de Metas de Gestion. Indice de Cumplimiento Individual (ICI): En el caso de las metas de micromedicion, agua no facturada, continuidad, relacion de trabajo y conexiones activas de agua potable el ICI se calculara como la diferencia del valor del indicador de gestion obtenido por la empresa y el valor del ano base, dividida por la diferencia del valor determinado en la Meta de Gestion menos el valor del ano base, expresada en porcentaje:

(7) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 8,0% correspondientes al ano 2. (8) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 8,2% correspondientes al ano 4. 3.- ASIGNACIONES MAXIMAS DE CONSUMO
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social 10 Domestico 20 Comercial 30 Industrial 60 Estatal 100

ICI = (ValorObtenido ­ ValorAnoBase) / (ValorMetaGestion ­ ValorAnoBase) x 100
Para el caso de la evaluacion de las metas de incremento anual de conexiones de agua potable y de incremento anual de conexiones de alcantarillado, se dividira el valor acumulado de las nuevas conexiones

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