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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (29/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2007 361700 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Constituyen la Comisión Organizadora del XXI Encuentro del Comité Latinoamericano de Consulta Registral RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 346-2007-SUNARP/SN San Isidro, 26 de diciembre de 2007VISTO, el Ofi cio N° 226-2007-SUNARP/SA del 21 de diciembre de 2007, a través del cual el Superintendente Adjunto; CONSIDERANDO:Que, conforme el documento del Visto, en el XX Encuentro del Comité Latinoamericano de Consulta Registral realizado en la ciudad de Bahía del Salvador, Brasil, se acordó por unanimidad la realización del XXI Encuentro Latinoamericano de Consulta Registral en la ciudad de Lima; Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, tiene como una de sus principales funciones propender a la creación de una cultura registral a nivel nacional; Que, los Encuentros anuales del Comité Latinoamericano de Consulta Registral obedecen a una larga tradición de intercambio de experiencias referidas al Derecho Registral de los diversos países latinoamericanos, siendo que sus conclusiones permiten conocer de manera actualizada las últimas tendencias en el Derecho Registral; Que, la realización de este evento por parte de la Sunarp, implica la oportunidad de nuestros especialistas y registradores de Latinoamérica los avances del modelo de gestión registral en nuestro país, así como capacitar al personal de la institución y difundir entre los usuarios del sistema, operadores jurídicos y abogados en general, las últimas tendencias del Derecho Registral en los diversos sistemas registrales latinoamericanos; Que, en tal sentido, resulta conveniente conformar una Comisión que tenga a su cargo la organización del evento y la coordinación con la Alta Dirección de la Sunarp, a los fi nes de la realización del Encuentro señalado; Estando a lo previsto por los literales g) y h) del artículo 7° del Estatuto de la SUNARP aprobado mediante Resolución Suprema N° 135-2002-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Constituir la Comisión Organizadora del XXI Encuentro del Comité Latinoamericano de Consulta Registral, a realizarse en el Perú en el año 2008, la que estará conformada por: - El Superintendente Adjunto de la Sunarp, en representación de la Superintendente Nacional de los Registros Públicos, quien la presidirá. - El Gerente General de la Sunarp.- El Gerente Registral de la Sunarp.- El Jefe de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima.- El Gerente de Administración y Finanzas de la Sunarp. - El Director de la Escuela de Capacitación Registral de la Sunarp. - El Jefe de Imagen Institucional de la Sunarp. La Comisión podrá constituir sub-comisiones de apoyo o invitar a profesionales y funcionarios que puedan coadyuvar en las labores encomendadas. Artículo Segundo.- La Comisión deberá instalarse dentro de los 10 días de expedida la presente y emitir mensualmente un Informe a la Alta Dirección sobre los avances del encargo conferido.Artículo Tercero.- La Comisión dentro de los 20 días de instalada propondrá al Superintendente Nacional, previa coordinación con la Secretaría del Comité Latinoamericano, la fecha de realización del evento. Regístrese y publíquese. MARÍA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Públicos 147122-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Admiten a trámite solicitud de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque Sociedad Anónima, EPSEL S.A., de determinación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA Nº 011-2007-SUNASS-GRT Lima, 21 de diciembre de 2007VISTO:El Ofi cio Nº 1017-2007-EPSEL S.A.-GG recibido el 30 de noviembre de 2007, mediante el cual la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque Sociedad Anónima, EPSEL S.A., remitió a la SUNASS el Plan Maestro Optimizado para dar inicio al trámite de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para el periodo comprendido entre los años 2008-2012. CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Consejo Directivo Nº 009- 2007-SUNASS-CD, se aprobó el “Reglamento General de Tarifas”; Que, se ha procedido a revisar el Plan Maestro Optimizado y la documentación adjunta entregada por EPSEL S.A.; Que, conforme con el “Reglamento General de Tarifas” aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD, corresponde a la Gerencia de Regulación Tarifaria una vez recibido el Plan Maestro Optimizado del solicitante, y verifi cado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y procedencia a que se refi eren los artículos 18º y 19º del citado Reglamento, admitir a trámite el referido documento; En uso de las facultades conferidas por la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Admitir a trámite la solicitud de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque Sociedad Anónima, EPSEL S.A., de determinación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión para los próximos cinco años, con lo cual se da inicio al procedimiento establecido en la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD; Artículo 2º.- Requerir a EPSEL S.A. a fi n de que dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes de notifi cada la presente Resolución, ejerza su derecho a solicitar la celebración de una audiencia preliminar, con la fi nalidad de exponer al público en general su propuesta de