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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (30/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 165

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de diciembre de 2007 362303 La Punta; Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 28º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, señala que el ingreso a la Administración Pública en la condición de servidor de carrera o de servidor contratado para labores de naturaleza de permanencia se efectúa obligatoriamente mediante concurso, la incorporación a la Carrera Administrativa será por el nivel inicial del grupo ocupacional al cual postuló; Que, el Artículo 37º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, señala que los funcionarios y empleados de las municipalidades se sujetan al régimen laboral general aplicable a la administración pública, conforme a Ley; Que, con Ordenanza Municipal Nº 015-2007-MDLP/ ALC, de fecha 15 de noviembre del 2007, emitida al amparo de la Vigésima Primera de las Disposiciones Complementarias y Finales de la Ley Nº 29035, que autoriza al Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, y que dicta otras medidas, que autorizó a las entidades públicas a realizar acciones de modernización de la gestión pública orientadas a incrementar los niveles de efi ciencia, mejorar la atención a la ciudadanía y optimizar el uso de recursos públicos para la Reorganización Administrativa y Reestructuración Orgánica de sus entidades, se aprobó la Nueva Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones ROF y el Cuadro de Asignación Personal CAP, por lo que se requiere cubrir ciertas plazas cuyo marco presupuestal ha sido considerado en el Proyecto del Presupuesto para el Año Fiscal 2008. En uso de las facultades conferidas en los Artículos 9º numeral 32) y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, el Concejo Municipal con el voto UNANIME de sus miembros, con Dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la Convocatoria, las Bases, el Cronograma del Proceso, los Cargos Vacantes y el Plazo de Vigencia de los Contratos, previstos para el Primer Concurso Público para la selección del Personal Administrativo Contratado de la Municipalidad Distrital de La Punta. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, y la publicación de la convocatoria al Primer Concurso Público para la Selección del Personal Administrativo Contratado de la Municipalidad Distrital de La Punta, en el Diario “El Callao”. Artículo Tercero.- Encárguese a la Gerencia Municipal y a la Secretaria General, el fi el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 147313-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR Aceptan y aprueban donación que será destinada a la obra “Ampliación y Mejoramiento del Campo Ferial Nuevo Versalles - Espinar” ACUERDO DE CONCEJO Nº 354-2007-CM-MPE-C Espinar, 10 de diciembre de 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDADPROVINCIAL DE ESPINAR - DEPARTAMENTODEL CUSCO VISTO, en Sesión Ordinaria Nº 035 de fecha 10/12/07, bajo la conducción del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Espinar Sr. Lindley Alfredo Salinas Pérez y la asistencia de los señores Regidores: Eloy Ladislao Chancayauri Pezo, Luís Eliseo Puma Alarcón, Rosmery Bustamante Jara, Moisés Larota Chullo, Zacarías Huachaca Anampa, Ysidoro Olarte Choquenaira, Cléver Bustamante Ramírez, William Inca Zans y Roberto Corrales Moscoso; analizado los Informes Técnicos Nº 002-MAPB-RO-GDE-MPE-2007 y Nº 003-MAPB-RO-GDE-MPE-2007 ambos de fecha 07 de diciembre de 2007; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su Artículo II del Título Preliminar; las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresa la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, concordante con el Artículo 9º, Inciso 20) de la citada norma dentro de las atribuciones del Concejo Municipal son las de aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad; Que, conforme la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28411, en su Artículo 69º, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Concejo; en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; Que, mediante los Informes Técnicos Nº 002-MAPB- RO-GDE-MPE-2007 y Nº 003-MAPB-RO-GDE-MPE-2007 ambos de fecha 07 de diciembre de 2007, el Arq. Marco Antonio Pinto Beingolea Residente de Obra, alcanza la documentación requerida para la celebración del Convenio Específi co del proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Campo Ferial Nuevo Versalles – Espinar”, de acuerdo a los procedimientos establecidos para la ejecución de proyectos fi nanciados con el Convenio Marco; Que, con documento manuscrito y en el mismo Informe Técnico Nº 002-MAPB-RO-GDE-MPE-2007 de fecha 07 de diciembre de 2007, líneas abajo el Secretario Técnico del Convenio Marco del Comité de Gestión, comunica que en Sesión Ordinaria del Comité de Gestión del Convenio Marco, ha sido aprobado la donación por parte de la Empresa Minera Xstrata Tintaya S.A. la suma de S/. 100,000.00 (Cien Mil con 00/100 Nuevos Soles), los que serán entregados en materiales; por lo que sugiere que se debe aceptar y aprobar la mencionada donación vía Acuerdo de Concejo Municipal; Que, en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Nº 035 de fecha 10 de diciembre de 2007, en la cual se pone a consideración del Pleno del Concejo Municipal respecto a la aprobación y aceptación de la donación efectuada por la Empresa Minera Xstrata Tintaya S.A. por la suma de S/. 100,000.00 (Cien Mil con 00/100 Nuevos Soles), en favor de la Municipalidad Provincial de Espinar, donación que a de ser en materiales destinado para la ejecución de la Obra “Ampliación y Mejoramiento del Campo Ferial Nuevo Versalles – Espinar”; después de un amplio debate, análisis y sustentado por el señor Alcalde Provincial de Espinar; luego puesto a consideración del Pleno del Concejo Municipal, se decide aprobar la aceptación de la donación correspondiente; Estando, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º Inc. 20), 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; por UNANIMIDAD; ACUERDA: