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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de diciembre de 2007 362301 adquiriendo el bono determinado en la Calcomanía de Promoción Turística que emite la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, en cada temporada de verano, cuyo valor es de cincuenta nuevos soles (S/. 50.00), el mismo que permitirá el estacionamiento de su vehículo durante toda las temporadas pertinentes del año que corresponda a la vigencia de dicho bono. Artículo Décimo Octavo.- Sujeto Pasivo de la Obligación.- Es deudor tributario, en calidad de contribuyente, el propietario o conductor que estacione su vehículo en zona habilitada para la prestación del servicio de estacionamiento vehicular, durante el horario sujeto a cobro. Es responsable solidario de pago de la tasa, el propietario del vehículo cuyo conductor lo estacione en zona habilitada para la prestación del servicio de estacionamiento vehicular, durante el horario sujeto a cobro. Artículo Décimo Noveno.- Exoneraciones.-Mediante Ordenanzas se podrán establecer exoneraciones totales o parciales del cobro de la tasa por estacionamiento vehicular atendiendo a fi nes de protección, promoción e incentivos a un sector de contribuyentes. Artículo Vigésimo.- Criterios de Determinación.-Los criterios de determinación de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Litoral Marino del distrito de Santa Rosa, para el año 2008, se encuentran contenidos en el Anexo II de la presente Ordenanza. Artículo Vigésimo Primero.- Sustento de Ingresos y Costos.- El monto de la Tasa por Estacionamiento Vehicular cuenta con el informe técnico en Anexo I y II que sustentan los costos e ingresos proyectados que forman parte de la presente Ordenanza y que por este acto se aprueba. El Anexo I contiene la Estructura de Costos en la prestación del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Litoral Marino del distrito de Santa Rosa. El Anexo II contiene la Estimación de Ingresos y la Determinación de la Tasa por la prestación del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Litoral Marino del distrito de Santa Rosa. Artículo Vigésimo Segundo.- Registro Estadístico.-ESTABLÉZCASE el Registro Estadístico de la frecuencia de uso de los Espacios Físicos disponibles en las zonas habilitadas para la prestación del servicio de estacionamiento vehicular en las Playas del Litoral Marino del distrito de Santa Rosa, lo que deberá ser realizado y cumplido por la División de Servicios Comunales de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, para ser remitido a las Municipalidad Metropolitana de Lima o el Servicio de Administración Tributaria de dicha Municipalidad, cuando así lo soliciten. DISPOSICIONES FINALES Primera.- AUTORÍZASE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias a fi n de lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- ENCÁRGASE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Servicios Comunales y Coordinación de Abastecimiento, en cuanto fuere de sus competencias. Tercera.- DERÓGASE toda Ordenanza que se oponga a la aplicación de la presente ordenanza. Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al partir del día siguiente de la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano del Acuerdo del Concejo Municipal de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que la ratifi ca. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.PABLO CHEGNI MELGAREJO Alcalde ANEXO I MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA ESTRUCTURA DE COSTOS POR EL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR PERIODO 2008 ORDENANZA N° 233-MDSR (EN NUEVOS SOLES) PLAYA GRANDE TEMPORADA DEL 01 DE ENERO AL 31 DE MARZO DEL AÑO 2008 Concepto CantidadUnidad de medidaCosto Unitario % de dedicación Costo mensualCosto total por temporada COSTOS DIRECTOS COSTO DE MANO DE OBRA 58,500.00 Personal contratado Cobradores 15 Personas 1,300.00 100.00% 19,500.00 58,500.00 COSTO MATERIALES 2,450.00 Tickets 3 Millares 80.00 100.00% 80.00 240.00 Parantes 4 Unidad 40.00 100.00% 53.33 160.00 Letreros 2 Unidad 650.00 100.00% 433.33 1,300.00 Chalecos 15 Chalecos 35.00 100.00% 175.00 525.00 Calcamonías 150 Unidad 1.50 100.00% 75.00 225.00 COSTOS INDIRECTOS 6,450.00 Supervisor 1 Personas 1,600.00 50.00% 800.00 2,400.00 Refrigerios 450 unidad 3.00 100.00% 1,350.00 4,050.00 TOTAL 67,400.00 PLAYA CHICA TEMPORADA DEL 01 DE ENERO AL 31 DE MARZO DEL AÑO 2008 Concepto CantidadUnidad de medidaCosto Unitario % de dedicación Costo mensualCosto total por temporada COSTOS DIRECTOS COSTO DE MANO DE OBRA 58,500.00 Personal contratado Cobradores 15 Personas 1,300.00 100.00% 19,500.00 58,500.00 COSTO MATERIALES 4,250.00