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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (30/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 151

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de diciembre de 2007 362289 ser pagado en el momento en que el conductor retire el vehículo de la zona de estacionamiento vehicular. En caso de incumplimiento total o parcial del pago de la tasa, la Administración Tributaria Municipal del distrito puede ejercer todas las atribuciones respectivas para hacer efectivo su cobro. Artículo 7°.- HORARIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO La tasa por estacionamiento vehicular temporal será exigible de lunes a domingo para los vehículos que ingresen a las zonas de estacionamiento desde las 11:00 hrs. hasta las 15:00 hrs. No se aplica la tasa en el caso de ocupación de espacios de estacionamiento en horas distintas a las señaladas. Artículo 8°.- RENDIMIENTO DEL TRIBUTOEl rendimiento de la tasa de estacionamiento vehicular constituye ingreso tributario de la Municipalidad, y será destinado a la administración, señalización, equipamiento y mantenimiento de las zonas de parqueo en la vía y áreas públicas respectivas del distrito. Artículo 9°.- ÁREAS ESTABLECIDAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Las áreas destinadas al estacionamiento vehicular temporal en el distrito de Santa María del Mar, sujetas al cobro de la tasa de estacionamiento, son las siguientes: ÁREA DE ESTACIONAMIENTO De Lunes a JuevesUBICACIÓN CANTIDAD DE ESPACIOS Parqueo 2 Av. Mercedes Flores de Lercari 80 Parqueo 6 Parte Av. Las Ninfas 59 T O T A L 139 ÁREA DE ESTACIONAMIENTO De Viernes a DomingoUBICACIÓN CANTIDAD DE ESPACIOS Parqueo 1 Entrada del Distrito 220 Parqueo 2 Av. Mercedes Flores de Lercari 80 Parqueo 3 Costado de Comisaría 76 Parqueo 4 y 5 Frente de Terramar 253 Parqueo 6 Parte Av. Las Ninfas 59 Parqueo 7 y 8 Parte Av. Las Ninfas 120 T O T A L 808 Articulo 10º.- SEÑALIZACIÓN DE LOS ESPACIOS DE ESTACIONAMIENTO Y TRANSPARENCIA EN EL COBRO DE LA TASA La Municipalidad señalizará los espacios sujetos al pago de la tasa por estacionamiento temporal vehicular y publicará en lugares visibles de la zona de estacionamiento la información relacionada con la denominación y número de la presente Ordenanza, el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la ratifi ca, el monto de la tasa aprobada, el tiempo de tolerancia, la unidad de medida del tiempo, el horario de cobro para el uso de los estacionamientos, el número de espacios habilitados, entre otros aspectos relevantes. Asimismo, la información antes mencionada se consignará en los boletos o comprobantes de pago de la tasa. Articulo 11°.- INAFECTACCIONES AL PAGO DE LA TASA Se encuentran inafectos del pago de la tasa de estacionamiento vehicular temporal, los conductores de los vehículos ofi ciales en cumplimiento de sus funciones que de acuerdo a Ley corresponda o realicen labores propias de su actividad o que sean de propiedad de: a) El Cuerpo General de Bomberos del Perú.b) La Policía Nacional del Perú.c) Ambulancias en general.d) Vehículos ofi ciales del Gobierno Nacional, Regional o Local en comisión de servicio. e) Vehículos estacionados en zonas reservadas para su categoría o actividad pública, según autorización municipal. f) Residentes afectados por la zona de estacionamiento ubicado en zonas comerciales y recreacionales de alta circulación vehicular, debidamente identifi cados y empadronados. Articulo 12°.- LUGARES EN QUE NO SE PERMITE EL ESTACIONAMIENTO VEHICULAR Se prohíbe el estacionamiento en zonas rígidas, zonas de seguridad y zonas reservadas. Entiéndase por: Zonas Rígidas: Áreas de la vía pública en las que se prohíbe el estacionamiento de vehículos. Se distingue por el pintado de sardineles en color amarillo. Zonas de Seguridad: Áreas de la vía pública en las que se prohíbe el estacionamiento y sobreparo de los vehículos. Se distingue por el pintado de líneas amarillas con el lema “ZONAS DE SEGURIDAD” en color amarillo. Zonas Reservadas: Áreas de la vía pública delimitadas por la Autoridad Municipal para el parqueo exclusivo de un benefi ciario. Se distingue por el pintado similar a las zonas de seguridad con el lema “ZONA RESERVADA”, igualmente pintado de color amarillo. Articulo 13°.- ESTRUCTURA DE COSTOS Y ESTIMACIÓN DE INGRESOS Forman parte integrante de la presente Ordenanza el Informe Técnico y cuadros que sustentan la estructura de costos y la estimación de ingresos de la tasa de estacionamiento vehicular. Articulo 14°.- La Gerencia Municipal queda encargada de la administración y supervisión del servicio. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltase al Alcalde a que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1º de enero del año 2008, siempre que se encuentre publicado el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la ratifi que. POR TANTO: La promulgo en Santa María del Mar, a los veinticuatro días del mes de octubre del año 2007 y mando que se publique y cumpla. ÁNGEL RAÚL ABUGATTAS NAZALAlcalde INFORME TÉCNICO TASA POR ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN EL SECTOR BALNEARIO DEL DISTRITO DE SANTA MARIA DEL MAR PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1º DE ENERO Y 31 DE MARZO AÑO 2008 I. ESTRUCTURA DE COSTOS.- La estructura de costos de la tasa por estacionamiento vehicular para la temporada de verano del año 2008, se distribuye por días en dos etapas: II.1. Lunes a Jueves y,II.2. Viernes a Domingo. Ambos con un horario de atención desde las 11:00 hrs. a las 15:00 hrs. La presente distribución se realiza con la fi nalidad de establecer en forma equitativa, la aplicación del costo para el cobro de la tasa por derecho de uso del parqueo en el Sector Balneario del distrito de Santa María del Mar y de acuerdo a la ocupación de espacios físicos. Asimismo se considera un período de noventa y un (91) días, equivalente a trece (13) semanas, las mismas que comienzan el 1º de enero y