Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2007 (30/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 151

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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ser pagado en el momento en que el conductor retire el vehiculo de la MORDAZA de estacionamiento vehicular. En caso de incumplimiento total o parcial del pago de la tasa, la Administracion Tributaria Municipal del distrito puede ejercer todas las atribuciones respectivas para hacer efectivo su cobro. Articulo 7°.- HORARIO DE PRESTACION DE SERVICIO La tasa por estacionamiento vehicular temporal sera exigible de lunes a MORDAZA para los vehiculos que ingresen a las zonas de estacionamiento desde las 11:00 hrs. hasta las 15:00 hrs. No se aplica la tasa en el caso de ocupacion de espacios de estacionamiento en horas distintas a las senaladas. Articulo 8°.- RENDIMIENTO DEL TRIBUTO El rendimiento de la tasa de estacionamiento vehicular constituye ingreso tributario de la Municipalidad, y sera destinado a la administracion, senalizacion, equipamiento y mantenimiento de las zonas de parqueo en la via y areas publicas respectivas del distrito. Articulo 9°.- AREAS ESTABLECIDAS PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO Las areas destinadas al estacionamiento vehicular temporal en el distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sujetas al cobro de la tasa de estacionamiento, son las siguientes:
AREA DE ESTACIONAMIENTO De Lunes a Jueves Parqueo 2 Parqueo 6 UBICACION CANTIDAD DE ESPACIOS 80 59 139

categoria o actividad publica, segun autorizacion municipal. f) Residentes afectados por la MORDAZA de estacionamiento ubicado en zonas comerciales y recreacionales de alta circulacion vehicular, debidamente identificados y empadronados. Articulo 12°.- LUGARES EN QUE NO SE PERMITE EL ESTACIONAMIENTO VEHICULAR Se prohibe el estacionamiento en zonas rigidas, zonas de seguridad y zonas reservadas. Entiendase por: Zonas Rigidas: Areas de la via publica en las que se prohibe el estacionamiento de vehiculos. Se distingue por el pintado de sardineles en color amarillo. Zonas de Seguridad: Areas de la via publica en las que se prohibe el estacionamiento y sobreparo de los vehiculos. Se distingue por el pintado de lineas amarillas con el lema "ZONAS DE SEGURIDAD" en color amarillo. Zonas Reservadas: Areas de la via publica delimitadas por la Autoridad Municipal para el parqueo exclusivo de un beneficiario. Se distingue por el pintado similar a las zonas de seguridad con el lema "ZONA RESERVADA", igualmente pintado de color amarillo. Articulo 13°.- ESTRUCTURA DE COSTOS Y ESTIMACION DE INGRESOS Forman parte integrante de la presente Ordenanza el Informe Tecnico y MORDAZA que sustentan la estructura de costos y la estimacion de ingresos de la tasa de estacionamiento vehicular. Articulo 14°.- La Gerencia Municipal queda encargada de la administracion y supervision del servicio. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultase al MORDAZA a que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones reglamentarias que MORDAZA necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 1º de enero del ano 2008, siempre que se encuentre publicado el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que la ratifique. POR TANTO: La promulgo en MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de octubre del ano 2007 y mando que se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA ABUGATTAS NAZAL MORDAZA INFORME TECNICO TASA POR ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN EL SECTOR BALNEARIO DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1º DE ENERO Y 31 DE MARZO ANO 2008 I. ESTRUCTURA DE COSTOS.La estructura de costos de la tasa por estacionamiento vehicular para la temporada de MORDAZA del ano 2008, se distribuye por dias en dos etapas: II.1. Lunes a Jueves y, II.2. Viernes a Domingo. Ambos con un horario de atencion desde las 11:00 hrs. a las 15:00 hrs. La presente distribucion se realiza con la finalidad de establecer en forma equitativa, la aplicacion del costo para el cobro de la tasa por derecho de uso del parqueo en el Sector Balneario del distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de acuerdo a la ocupacion de espacios fisicos. Asimismo se considera un periodo de noventa y un (91) dias, equivalente a trece (13) semanas, las mismas que comienzan el 1º de enero y

Av. MORDAZA MORDAZA de Lercari Parte Av. Las Ninfas TOTAL

AREA DE ESTACIONAMIENTO De Viernes a MORDAZA Parqueo 1 Parqueo 2 Parqueo 3 Parqueo 4 y 5 Parqueo 6 Parqueo 7 y 8

UBICACION

CANTIDAD DE ESPACIOS 220 80 76 253 59 120 808

Entrada del Distrito Av. MORDAZA MORDAZA de Lercari Costado de Comisaria Frente de Terramar Parte Av. Las Ninfas Parte Av. Las Ninfas TOTAL

Articulo 10º.- SENALIZACION DE LOS ESPACIOS DE ESTACIONAMIENTO Y TRANSPARENCIA EN EL COBRO DE LA TASA La Municipalidad senalizara los espacios sujetos al pago de la tasa por estacionamiento temporal vehicular y publicara en lugares visibles de la MORDAZA de estacionamiento la informacion relacionada con la denominacion y numero de la presente Ordenanza, el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que la ratifica, el monto de la tasa aprobada, el tiempo de tolerancia, la unidad de medida del tiempo, el horario de cobro para el uso de los estacionamientos, el numero de espacios habilitados, entre otros aspectos relevantes. Asimismo, la informacion MORDAZA mencionada se consignara en los boletos o comprobantes de pago de la tasa. Articulo 11°.- INAFECTACCIONES AL PAGO DE LA TASA Se encuentran inafectos del pago de la tasa de estacionamiento vehicular temporal, los conductores de los vehiculos oficiales en cumplimiento de sus funciones que de acuerdo a Ley corresponda o realicen labores propias de su actividad o que MORDAZA de propiedad de: a) El Cuerpo General de Bomberos del Peru. b) La Policia Nacional del Peru. c) Ambulancias en general. d) Vehiculos oficiales del Gobierno Nacional, Regional o Local en comision de servicio. e) Vehiculos estacionados en zonas reservadas para su

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