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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de enero de 2007 336950 Que, mediante Decreto Supremo N° 053-2003-RE se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI que establece en su artículo 32º a la Gerencia de Gestión, como órgano de línea; Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 113-2006/APCI-DE de fecha 29 de diciembre de 2006 se aceptó la renuncia de la Gerente de Gestión de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; Que, el referido cargo se encuentra vacante, debiendo ser designado el nuevo gerente por necesidad del servicio; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI y las establecidas en el artículo 11º inciso p) del Decreto Supremo Nº 053-2003-RE, Reglamento de Organización y Funciones de la APCI y en concordancia con la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 / Ley Nº 28927; SE RESUELVE:Artículo Único.- DESIGNAR en el cargo de Gerente de Gestión de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI a la señora JACQUELINE GIULIANA MORI CHÁVEZ, a partir de la fecha de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.AGUSTÍN HAYA DE LA TORRE Director Ejecutivo 11735-2 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Aprueban Directiva sobre Normas y Procedimientos para la Formulación del Plan Estadístico Nacional para el Año 2007 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 373-2006-INEI Lima, 27 de diciembre del 2006Visto el Proyecto de Directiva sobre “Normas y Procedimientos para la Formulación y Evaluación del Plan Estadístico Nacional para el año 2007”, propuesto por la O fi cina Técnica de Plani fi cación, Presupuesto y Cooperación Técnica del Instituto Nacional de Estadística e Informática, para el Sistema Estadístico Nacional CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), en su condición de ente rector del Sistema Estadístico Nacional, establece la Política Nacional de Estadística, formula y evalúa el Plan Estadístico Nacional; Que, el citado Plan constituye el documento directriz, ordenador e integrador de la producción estadística ofi cial del país, que producen los órganos estadísticos integrantes del Sistema, en sus diferentes niveles, por lo que es necesario emitir las orientaciones técnicas y procedimientos que aseguren su elaboración, ejecución y evaluación en forma uniforme y coherente; Que con el fi n de contribuir en la programación y evaluación de las actividades estadísticas sectoriales, regionales y locales, en el año 2006 se creó el Sistema del Plan Estadístico Nacional (SISPEN), incluyéndolo en la página Web del INEI; Estando a lo propuesto por la O fi cina Técnica de Plani fi cación, Presupuesto y Cooperación Técnica, con la opinión favorable de la Sub Jefatura de Estadística y la visación de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica, y;En uso de las atribuciones contenidas en el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604: Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 006-2006- INEI/OTPP sobre “Normas y Procedimientos para la Formulación y Evaluación del Plan Estadístico Nacional para el año 2007”. Artículo 2º.- Los órganos estadísticos integrantes del Sistema Estadístico Nacional, en sus diferentes niveles, se sujetarán a las normas establecidas en la presente Directiva, debiendo proporcionar al Instituto Nacional de Estadística e Informática la programación y evaluación de las actividades estadísticas a través del Sistema del Plan Estadístico Nacional (SISPEN). Regístrese y comuníquese.RENÉ QUISPE LLANOS JefeInstituto Nacional de Estadística e Informática DIRECTIVA Nº 006-2006-INEI/OTPP NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA FORMULACIÓN DEL PLAN ESTADÍSTICO NACIONAL PARA EL AÑO 2007 I. OBJETIVONormar los procedimientos y lineamientos técnicos para la formulación de la programación estadística de las entidades integrantes del Sistema Estadístico Nacional (SEN). II. ALCANCELa presente Directiva es de aplicación y cumplimiento de todos los órganos integrantes del SEN, constituido por: a. Las O fi cinas Sectoriales de Estadística (OSE) y demás O fi cinas de Estadística de los Ministerios, Organismos Centrales, Instituciones Públicas Descentralizadas y Empresas del Estado. b. Los órganos de estadística de los Gobiernos Regionales y de los Sectores en dicho nivel. c. Los órganos de estadística de los Gobiernos Locales. d. Los órganos de estadística de los Poderes Públicos y de los Organismos Autónomos. III. BASE LEGAL- Decreto Legislativo Nº 560 y modi fi catorias: “Ley del Poder Ejecutivo”. - Decreto Legislativo Nº 604: “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM. - Decreto Supremo Nº 106-2001-PCM, que aprueba el Reglamento del Consejo Consultivo Nacional de Estadística e Informática (CCONEI). - Resolución Jefatural Nº 243-2001 INEI, que aprueba el Reglamento del Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística e Informática (CCOI). - Art. 71º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. IV. MARCO CONCEPTUAL DEL PLAN ESTADÍSTICO NACIONAL 4.1 Objetivos del Plan Estadístico Nacionala. Satisfacer las necesidades de información estadística del sector público y privado. b. Normar, coordinar, integrar y racionalizar las operaciones estadísticas de los órganos que conforman el SEN.