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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2007 (18/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de enero de 2007 337781 PNUD, para la implementación y administración de las actividades previstas en el mencionado Convenio. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior 17121-3 Designan Prefecto del departamento de Puno RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 007-2007-IN/1501 Lima, 17 de enero de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 431-2006-IN- 1501 del 14 de setiembre del 2006, se dio por concluida la designación del señor Guido Henrry PARI MILLARES, en el cargo público de con fi anza de Prefecto del departamento de Puno, encargándose las funciones de Prefecto de dicho departamento al señor Víctor URVIOLA GARRIDO, en calidad de Prefecto Honorario, hasta la designación del titular; Que, teniendo en consideración que la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que todo acto administrativo que otorga bene fi cio al administrado se entiende e fi caz desde la fecha de su emisión, salvo disposición diferente del mismo acto; resulta necesario aplicar al presente caso la fi gura legal de la e fi cacia anticipada regulada en el artículo 17º de la citada Ley; Que, el numeral 17.1) del artículo 17º de la Ley N° 27444, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Que, siendo así, mediante la e fi cacia anticipada se permite el efecto excepcional de la retroactividad del acto administrativo hasta momentos anteriores a su emisión, por lo que, al ser necesario designar al funcionario titular que desempeñará el cargo público de con fi anza antes mencionado, la designación del señor Víctor URVIOLA GARRIDO, como Prefecto Titular del departamento de Puno, puede surtir efectos a partir del 14 de setiembre del 2006; Con la visación de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 1º de la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-IN, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, y el Reglamento de Organización y Funciones de las Autoridades Políticas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-91-IN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 431-2006-IN-1501 del 14 de setiembre del 2006. Artículo 2°.- Designar con efectividad al 14 de setiembre del 2006, al señor Víctor URVIOLA GARRIDO, en el cargo público de con fi anza de Prefecto del departamento de Puno. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior 17121-4 JUSTICIA Acceden a pedidos de extradición activa de procesados por diversos delitos y disponen su presentación a los Gobiernos de Chile, Canadá, Argentina, EE.UU. y Brasil RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 007-2007-JUS Lima, 17 de enero de 2007Visto; el Informe de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 155-2006/COE-TC del 28 de diciembre de 2006 sobre la solicitud de extradición activa del procesado GONZALO ANTONIO SANTOS FLORES formulada por el Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Santa; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Consultiva de fecha 13 de diciembre de 2006, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesado GONZALO ANTONIO SANTOS FLORES, por delito contra el patrimonio - estafa en agravio de Segundo Gabriel Reyes y otro (Exp. Nº 49-2006); Que, mediante el Informe Nº 155-2006/COE-TC del 28 de diciembre de 2006, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradición activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el D. Leg. Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición vigente entre la República del Perú y la República de Chile suscrito el 5 de noviembre de 1932 aprobado por Resolución Legislativa Nº 8374 del 16 de junio de 1936, Canje de rati fi caciones en Lima del 15 de julio de 1936 y vigente desde el 15 de julio de 1936; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado GONZALO ANTONIO SANTOS FLORES formulado por el Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Santa; y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por delito contra el patrimonio - estafa en agravio de Segundo Gabriel Reyes y otro y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de Chile, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores.