Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2007 (18/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

337791

Articulo 2º.- Publicar la presente Resolucion Viceministerial en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA EYZAGUIRRE Viceministro de Pesqueria 16329-5

Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 56º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Tratado entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno del Reino de Tailandia sobre Asistencia Mutua en Materia Penal", suscrito el 3 de octubre de 2005, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, y aprobado por el Congreso de la Republica, mediante Resolucion Legislativa Nº 28937 de 14 de diciembre de 2006. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de enero del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 17122-3

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el "Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica de Bolivia"
DECRETO SUPREMO Nº 005-2007-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica de Bolivia", fue suscrito el 27 de agosto de 2003, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, y aprobado por el Congreso de la Republica, mediante Resolucion Legislativa Nº 28936 el 14 de diciembre de 2006: Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 56º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica de Bolivia", suscrito el 27 de agosto de 2003, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, y aprobado por el Congreso de la Republica, mediante Resolucion Legislativa Nº 28936 el 14 de diciembre de 2006. Dado en la MORDAZA de Gobierno en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de enero del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 17122-2

Autorizan a la Defensoria del Pueblo el pago de la cuota 2007 al Instituto Internacional del Ombudsman
RESOLUCION SUPREMA Nº 038-2007-RE MORDAZA, 17 de enero de 2007 VISTO: El Oficio Nº 005-2007-DP/OAF, de 8 de enero de 2007, del Jefe de la Oficina de Administracion y Finanzas de la Defensoria del Pueblo, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota 2007, al Instituto Internacional del Ombudsman; CONSIDERANDO: Que el articulo 67º numeral 67.3 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno Peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota 2007 al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto de la Defensoria del Pueblo; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar a la Defensoria del Pueblo, a efectuar el pago de US$ 750.00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), al Instituto Internacional del Ombudsman, correspondiente a la cuota 2007. Articulo 2°.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto de la Defensoria del Pueblo. Articulo 3°.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 17122-18

Ratifican el "Tratado entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno del Reino de Tailandia sobre Asistencia Mutua en Materia Penal"
DECRETO SUPREMO Nº 006-2007-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Tratado entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno del Reino de Tailandia sobre Asistencia Mutua en Materia Penal", fue suscrito el 3 de octubre de 2005, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, y aprobado por el Congreso de la Republica, mediante Resolucion Legislativa Nº 28937 el 14 de diciembre de 2006;

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