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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de enero de 2007 337983 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Partners in Health a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU consistente en doscientos seis (206) bultos conteniendo 35,000 tabletas de Moxi fl oxacin 400 mg., de acuerdo a lo aprobado con Resolución Directoral Nº 057-2006-SA/OGCI emitida por la O fi cina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud, con un peso bruto de 121.10 kilos, y un valor CIF de US$ 75,250.00 (setenta y cinco mil doscientos cincuenta y 00/100 dólares americanos). La donación será destinada para los pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis que reciben tratamiento para Tuberculosis Multidrogoresistente, dentro del marco del: “Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS-Plus en el Perú, años 2001-2005“, bajo el convenio entre el Ministerio de Salud del Perú, Socios en Salud y el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social de la Universidad de Harvard. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 17472-6 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0022/RE Lima, 9 de enero de 2007Visto, los expedientes Nº 9096-2006 y Nº 10624- 2004, presentados por SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de la Caja Costarricense de Seguro Social - Departamento de Farmacoterapia, con sede en San José, Costa Rica. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91-PCM Ley de Cooperación Técnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional; Que, mediante Certi fi cado de Donación de fecha 16 de diciembre de 2004, legalizado por la Sección Consular de la Embajada del Perú en Costa Rica, se observa que, la Caja Costarricense de Seguro Social - Departamento de Farmacoterapia ha efectuado una donación a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU;Que, los bienes donados consisten en dos (02) bultos conteniendo 319 frascos de Capreomicina (Capreomycin) 1 g., y 5,520 sobres (sachets) de PAS 4 g., de acuerdo a lo aprobado con Resolución Directoral Nº 099-2005-SA/OGCI emitida por la O fi cina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud, con un peso bruto manifestado de 80 kilos, y un valor FOB de US$ 10.00 (Diez y 00/100 Dólares americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 235-2005-10-013246- 00 de fecha 17-Feb-05. La donación será destinada para los pacientes de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de Tuberculosis del Ministerio de Salud (ex Programa Nacional de Control de Tuberculosis) que reciben tratamiento para Tuberculosis Multidrogo-resistente, dentro del marco del: “Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS-Plus en el Perú, años 2001-2005“, bajo el convenio entre el Ministerio de Salud del Perú, Socios en Salud y el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social de la Universidad de Harvard; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se re fi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por la Caja Costarricense de Seguro Social - Departamento de Farmacoterapia a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por la Caja Costarricense de Seguro Social - Departamento de Farmacoterapia a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU consistente en dos (02) bultos conteniendo 319 frascos de Capreomicina (Capreomycin) 1 g., y 5,520 sobres (sachets) de PAS 4 g., de acuerdo a lo aprobado con Resolución Directoral Nº 099-2005-SA/OGCI emitida por la O fi cina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud, con un peso bruto manifestado de 80 kilos, y un valor FOB de US$ 10.00 (Diez y 00/100 Dólares americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 235-2005-10-013246-00 de fecha 17-Feb-05. La donación será destinada para los pacientes de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de Tuberculosis del Ministerio de Salud (ex Programa Nacional de Control de Tuberculosis) que reciben tratamiento para Tuberculosis Multidrogo-resistente, dentro del marco del: “Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS-Plus en el Perú, años 2001-2005“, bajo el convenio entre el Ministerio de Salud del Perú, Socios en Salud y el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social de la Universidad de Harvard. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 17472-7 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0023/RE Lima, 9 de enero de 2007