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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de enero de 2007 338417 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAROCHIRI Adecuan a las municipalidades de los Centros Poblados Nicolás de Piérola y Anexo 22 Pampa Canto Grande a la nueva Ley Orgánica de Municipalidades ORDENANZA Nº 042-2007-CM/MPH-M Matucana, 30 de diciembre del 2006LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRÍ-MATUCANA POR CUANTO:En sesión ordinaria del Concejo del 29/12/2006, el Dictamen Nº 002-2006/COAMCEP de fecha 29-12- 2006 de la Comisión Especial del COAMCEP (Comisión de Adecuación de Municipios de Centros Poblados a la nueva Ley Orgánica de Municipalidades), los Expedientes Administrativos Nº 311-06 de fecha 17-1- 06 presentado por la Municipalidad de Centro Poblado Nicolás de Piérola y Expediente Administrativo Nº 253- 06 de fecha 13-1-06, Expediente Administrativo Nº 603-06 de fecha 3-2-06, Expediente Administrativo Nº 1049- 05 de fecha 18-2-05, presentado por la Municipalidad Centro Poblado Anexo 22 Pampa Canto Grande, Informe Nº 309-2006-GDU-MPH-M de fecha 28-12-06, Informe Nº 308-2006-GDU-MPH-M de fecha 28-12-06, Informe Nº 310-2006-GDU-MPH-M de fecha 28-12-06 e Informes legales detallados en su referencia y anexados a ella, en relación a las solicitudes de adecuación, presentadas por las Municipalidades antes detalladas y conforme sus expedientes; y, CONSIDERANDO:Que el Artículo II titulo preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobado por la Ley Nº 27972, señala que las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual esta concordado en lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado; y, Que el Articulo 133º y la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972 establece que las Municipalidades de Centros Poblados que hubieran sido creadas en el marco de la Ley Nº 23853, deben ser Adecuadas a la nueva Ley Orgánica de Municipalidades, para lo cual corresponde a las Municipalidades Provinciales llevar a cabo el Proceso de Adecuación y aprobar la misma mediante una Ordenanza; y, Que, mediante la Ley Nº 28458; se estableció el plazo y procedimiento para la Adecuación de los Municipios de Centros Poblados a la nueva Ley de Municipalidades; y, Que, la Municipalidad Provincial a efecto de llevar a cabo el Proceso de Adecuación, ha expedido la Ordenanza Nº 028-2005/CM-MPH-M, con la que se constituyo el COAMCEP, como la Comisión encargada a llevar a cabo el proceso de Adecuación de las Municipalidades de Centros Poblados a la nueva Ley Orgánica de Municipalidades; la cual fue modificada por la Ordenanza Nº 036-2006/CM-MPH-M, en los extremos de las exigencias y requisitos para la Adecuación; y, Que, presentadas los Expedientes de Adecuación y habiendo sido aprobadas solo los referidos en la parte expositiva del presente según Dictamen Nº 002.-2006/ COAMCEP-MPH-M los presentados por la Municipalidad de Centro Poblado NICOLÁS DE PIÉROLA y PAMPA CANTO GRANDE ANEXO 22 y sometidas al Concejo Provincial, las mismas fueron aprobadas por mayoría simple y conforme las atribuciones establecidas en la norma glosada, habiéndose expedido la siguiente Ordenanza; ORDENANZA Artículo Primero.- ADECUAR A LA MUNICIPALIDAD DE CENTRO POBLADO NICOLÁS DE PIÉROLA a la nueva Ley Orgánica de Municipalidades, al haber cumplido con las exigencias de ley conforme a los considerándos del presente. Artículo Segundo.- ADECUAR A LA MUNICIPALIDAD CENTRO POBLADO ANEXO 22 PAMPA CANTO GRANDE a la nueva Ley Orgánica de Municipalidades, al haber cumplido con las exigencias de ley conforme a los considerándos del presente. Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE la presente Ordenanza, en el Diario O fi cial El Peruano, el periódico mural de Municipalidad Provincial y en su página Web www.muniprovhuarochiri.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ROSA G. VÁSQUEZ CUADRADO Alcaldesa 19687-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACASMAYO Declaran en emergencia el servicio de agua y desagüe que presta la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2007-MDP Pacasmayo, 11 de enero del 2007.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACASMAYO VISTO: El Informe Nº 021-2007-OAJ-MDP, emitido por el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica, en Sesión Extraordinaria de fecha 11/ENE/07, por el Concejo Distrital de Pacasmayo; y, CONSIDERANDO:Que, con fecha 5/ENE/07, el Jefe de la División de Saneamiento, presente el Informe Nº 003-2007-MDP- DISA, a través del cual presenta un Informe Técnico, en el que detalla que la red de agua ha cumplido su ciclo de vida; los reservorios necesitan un mantenimiento general; la red de desagüe esta colapsada; las cámaras de bombeo necesitan mantenimiento; la línea de impulsión de la cámara Nº 1 necesita renovar; la laguna de oxidación norte y sur necesitan mantenimiento general; el área técnica necesita implementación y se necesita mayor personal operativo; en consecuencia solicita que el servicio de agua y desagüe sea declarado en emergencia, al igual que la División de Saneamiento de la Municipalidad, toda vez que con la inundación de aguas servidas en las casas de los vecinos, estamos atentando contra la salud de las personas, y contra su derecho fundamental : la vida. Que, a la fecha de expedición del presente Acuerdo de Concejo, se han registrado derramamientos de aguas servidas en diferentes sectores del distrito de Pacasmayo