Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2007 (26/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

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del 9 de enero de 2007, se producira el desabastecimiento de dicho producto; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 002-2007-GAJ/MDC, es de opinion que se declare en Situacion de Desabastecimiento Inminente la Adquisicion de Suministro de Combustible para la Municipalidad de Carabaillo, por un periodo de 20 dias calendario; Que, el articulo 19º inciso c) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, precisa que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situacion de Emergencia o Desabastecimiento Inminente declaradas conforme a ley; Que, el articulo 21º del mismo Texto Unico senala: "Se considera Situacion de Desabastecimiento Inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obra solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda". El articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM establece que: "La Resolucion o Acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion"; Que, por medio de los informes se puede verificar que cumplen con sustentar tecnica y legalmente la justificacion de la adquisicion o contratacion y la necesidad de Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente el Suministro de Combustible en la Municipalidad Distrital de Carabayllo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo POR MAYORIA y con dispensa del tramite de Aprobacion y Lectura del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, la Adquisicion de Suministro de Combustible para la Municipalidad Distrital de Carabayllo, por el plazo de 20 dias o hasta el consentimiento de la Buena Pro. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Sub-Gerencia de Logistica y Bienes Patrimoniales de la Municipalidad la Adquisicion del insumo de Combustible, siguiendo el Procedimiento de Exoneracion del MORDAZA de Seleccion de acuerdo a lo establecido en el articulo 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, por el periodo que dure la Situacion de Desabastecimiento Inminente declarada de conformidad con la normatividad vigente, cuyo monto referencial asciende a la suma de S/. 58,950.00, segun el detalle siguiente:
PRODUCTO CANTIDAD DE CANTIDAD DE GALONES GALONES X 20 DIAS DIARIO 262 5240.00 PRECIO MONTO TOTAL DIARIO 2947.50 MONTO TOTAL X 20 DIAS 58,950.00

y de los Informes Tecnico ­ Legales a la Contraloria General de la Republica y demas organos competentes, dentro del plazo de ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 19331-1

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Aprueban montos de remuneracion del MORDAZA y de dietas de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO N° 001-2007-MDC Cieneguilla, 4 de enero del 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el primer punto de la agenda: APROBACION DE LA REMUNERACION DEL MORDAZA Y LAS DIETAS DE LOS REGIDORES; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7º del Decreto de Urgencia Nº 019-2006, establece que: "Los Alcaldes Provinciales y Distritales percibiran por todo concepto, la compensacion por el ejercicio de sus funciones que fijen los Concejos Municipales correspondientes, la misma que no excedera la suma de S/. 11,050.00"; Que, asimismo el Articulo 8º del indicado Decreto de Urgencia dispone que las dietas de los Regidores de los Concejos Municipales en ningun caso pueden superar en total el 30% de la compensacion mensual del Alcalde; Que, con relacion punto materia de debate el Sr. Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA senala que el monto que percibe actualmente el MORDAZA, S/. 5,500.00, no esta de acuerdo a la labor que realiza. Asimismo, la Sra. Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gambetta, tambien indica que considera pertinente que se eleve el monto al tope que senala el Decreto de Urgencia Nº 019-2006, cuyo monto es: S/.11,050.00 y en consecuencia se fije la dieta de los senores Regidores sobre el 30% de la remuneracion del Alcalde; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 28) del Articulo 9º, asi como, los Articulos 12º, 21º y 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, rrealizada la correspondiente votacion, el Concejo Municipal por unanimidad; ACUERDA: Articulo 1º.- APROBAR LA REMUNERACION DEL SENOR MORDAZA MORDAZA SCHWARTZ ROZENBERG en la suma de S/. 11,050.00 y la DIETA DE LOS SENORES REGIDORES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2007, en la suma de S/. 3,315.00, por la asistencia efectiva a un MORDAZA de dos sesiones al mes. Articulo 2°.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Unidad de Contabilidad, Unidad de Tesoreria y a Secretaria General el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA SCHWARTZ R. MORDAZA 19423-1

DIESEL 2

11.25

Articulo Tercero.- Encargar al Organo de Control Institucional de la Municipalidad el inicio de las acciones de control destinadas a determinar o deslindar responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores involucrados, si las hubiere, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles siguientes, asi como remitir MORDAZA del Acuerdo

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