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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de enero de 2007 338415 RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al abogado Vicente Sánchez Vásquez - Secretario General de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, como funcionario responsable de brindar la información que demanden los administrados. Artículo Segundo.- Designar al abogado Vicente Sánchez Vásquez - Secretario General y a la Srta. Miluska Dina Salas Torre como responsables de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre. Artículo Tercero.- Designar a la abogada Mónica Elizabeth Saavedra Ocharán - Jefe de la Unidad de Administración Documentaria y Archivo de la Oficina de Secretaría General como Fedataria Titular asignada a la Unidad de Administración Documentaria y Archivo, de conformidad a la parte considerativa de la presente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 19346-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Regulan captura y disposición de canes que se encuentren deambulando libremente en la vía pública ORDENANZA N° 055-MDSL San Luis, 10 de noviembre de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Luis en Sesión Ordinaria de fecha, 30 de octubre del 2006, visto Acuerdo de Concejo Nº 038-2006-MDSL con el voto UNÁNIME de sus miembros la siguiente: ORDENANZA QUE NORMA EL RECOJO DE LOS CANES QUE SE ENCUENTRAN DEAMBULANDO LIBREMENTE EN LA VÍA PÚBLICA DEL DISTRITO DE SAN LUIS TÍTULO I DEL ÁMBITO DE LA ORDENANZA Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por fi nalidad regular las competencias por la Ley Nº 27596 y su Reglamento D.S. Nº 006-2002-SA., en el distrito de San Luis, teniendo el carácter de norma de orden público y de cumplimiento obligatorio. Artículo 2º.- La competencia Municipal tiene el alcance sobre el recojo de canes que se encuentran deambulando libremente en la vía pública del distrito TÍTULO II DE LA COMPETENCIA DE LA MUNICIPALIDAD Artículo 3º.- La municipalidad Distrital de San Luis, esta obligada a recoger y custodiar los canes que se encuentren deambulando en la vía pública y no sea posible la identi fi cación de su propietario o poseedor y procurar su inserción en la comunidad, mediante programas propios o por medio de convenios con instituciones protectoras de animales.TÍTULO III DEL CRONOGRAMA DE RECOJO DE CANES Artículo 4º.- Se establece el cronograma con carácter de obligatoriedad, que una vez al mes se recoja a todos los canes que se encuentren deambulando libremente en la vía pública en el distrito, y trasladarlos a instituciones benefactoras y/o protectoras, para ello se detalla en el siguiente cuadro las fechas de recojo de canes: MES DÍA Urbanizaciones a Intervenir Enero Sábado 27 San Jacinto, Jorge Chávez, San Pablo I-II y El Pino Febrero Sábado 24 San Luis, La Viña, Villa Jardín y Cahuache Marzo Sábado 24 Javier Prado, Viña II, Castilla, La Marinera, Las MorasAbril Sábado 21 Túpac Amaru, Limatambo Norte, Libertad, Reyes, Rincón y Lincoln Mayo Sábado 26 Urb. San Jacinto, Jorge Chávez, San Pablo I-II y El Pino 06 Junio Sábado 23 San Luis, La Viña, Villa Jardín y CahuacheJulio Sábado 21 Javier Prado, Viña II, Castilla, La Marinera, Las MorasAgosto Sábado 25 Túpac Amaru, Limatambo Norte, Libertad, Reyes, Rincón y Lincoln Septiembre Sábado 22 San Jacinto, Jorge Chávez, San Pablo I-II y El PinoOctubre Sábado 27 San Luis, La Viña, Villa Jardín y CahuacheNoviembre Sábado 24 Javier Prado, Viña II, Castilla, La Marinera, Las MorasDiciembre Sábado 22 Túpac Amaru, Limatambo Norte, Libertad, Reyes, Rincón y Lincoln Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, con dispensa del trámite de aprobación de actas, se aprobó por mayoría la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL RECOJO DE CANES QUE SE ENCUENTRAN DEAMBULANDO LIBREMENTE EN LA VIA PÚBLICA DEL DISTRITO DE SAN LUIS Artículo 1º.- APROBAR la Ordenanza del recojo de canes que se encuentran deambulando libremente en la vía publica del distrito, la misma que consta de III títulos y contiene cuatro artículos, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la norma que aprueba la presente Ordenanza en el Portal Municipal: www.munisanluis.gob.pe. Artículo 3º.- ENCARGAR el estricto cumplimiento de la presente norma a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, acorde a su competencia. Artículo 4º.- FACÚLTESE a la Gerencia de Servicios a la Ciudad para que además de las fechas establecidas en el cuadro, se efectúe una vez al mes dicha labor de recojo de canes, según disponga. Artículo 5°.- DETERMINAR la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrase, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 19314-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA Prorrogan contrato de Procurador Público Municipal RESOLUCIÓN Nº 009-07-A/MPCH Chincha Alta, 3 de enero de 2007