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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2007 (26/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 72

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de enero de 2007 338410 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Aclaran resoluciones y declaran nulas y sin efecto legal las Resoluciones Directorales Regionales Nºs. 1768 a 1776 de fecha 28 de diciembre de 2006, que designan Directores de Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Provincias RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0029-2007-PRES Huacho, 22 de enero del 2007 CONSIDERANDO: Que mediante los artículos 2º y 3º de la Resolución Ejecutiva Presidencial Nº 0023-2007-PRES, de fecha 18 de enero del año en curso, se declaran nulas y sin efecto legal alguno las Resoluciones Directorales Regionales Nºs. 1768 hasta 1776 de fecha 28 de diciembre del 2006, que designaban Directores de Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Provincias. Asimismo, se convoca a Concurso Público de Selección de Directores de dichas Unidades de Gestión Local en el más breve plazo; Que en el artículo 2º de la referida Resolución, se ha incurrido en error material, en la relación de las Direcciones de las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Provincias, al consignar invertidamente a Roberto Gelacio ERZO ESPINOZA, en el cargo de DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº 13 Yauyos, en vez de Williams José ESCUDERO TANGA que es el que realmente corresponde; Que al corregir el error material del precitado artículo, mediante la Resolución Ejecutiva Regional Nº 024-2007-PRES de fecha 19 de enero del 2007, no se advirtió el error correspondiente al cargo de DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº 13 de Yauyos; asimismo, no se aclaró que la Resolución Ejecutiva Nº 0023-2007-PRES es Resolución Ejecutiva Regional y no Presidencial como erróneamente se consignó; Que en aplicación de los principios de impulso de ofi cio y de e fi cacia, que establece el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, es menester emitir el instrumento administrativo aclaratorio; Estando a lo expuesto, al informe de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Estado; Ley General de Educación Nº 28044 y sus Reglamentos; Decreto Legislativo Nº 276-Ley de Bases y Remuneraciones de la Carrera Administrativa y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales y su modi fi catoria Nº 27902, Ley Nº 28175 – Ley Marco del Empleo Público; Decreto Supremo Nº 009-05-ED - Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo; Decreto Supremo Nº 018-2006-ED que aprueba el Reglamento General de Concurso Público de Selección de Directores de Unidades de Gestión Educativa Local; D.S. Nº 015-2002-ED – Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales y Unidades de Gestión Educativa Local; y Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACLARAR que la Resolución Ejecutiva Nº 0023-2007-PRES, de fecha 18 de enero del 2006, es Resolución Ejecutiva Regional y no Resolución Ejecutiva Presidencial. Artículo Segundo.- ACLARAR el artículo 2º de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0023-2007-PRES, de fecha 18 de enero del año en curso, y el artículo único de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0024-2007-PRES, de fecha 19 de enero del año en curso; en consecuencia el Artículo Segundo de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0023-2007-PRES, queda redactado de la siguiente manera: Artículo Segundo.- Como consecuencia de lo resuelto en el artículo precedente, DECLARAR nulas y sin efecto legal alguno las Resoluciones Directorales Regionales Nºs. 1768 hasta 1776 de fecha 28 de diciembre del 2006, que designan Directores de Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Provincias, conforme al siguiente detalle: Nº Res. Apellidos y Nombres UGEL 01768 SAAVEDRA FELIZ, Flor Ananora Nº 08 Cañete 01769 RUIDIAS VALDIVIEZO, Luis Fernando Nº 09 Huaura 01770 BOHORQUEZ FUERTES, Aníbal Nº 16 Barranca01771 CANDELA CUBILLAS, Robert Félix Nº 11 Cajatambo 01772 VELIZ VICTORIANO, Jesús Melchor Nº 12 Canta 01773 ESCUDERO TANGA, Williams José Nº 13 Yauyos 01774 ALCOSER MEDINA, Reynaldo Primitivo Nº 14 Oyón 01775 ESCOBAR HURTADO, Luis José Nº 15 Huarochirí 01776 BRAVO GARCIA, Agustín Avelino Nº 10 Huaral Regístrese, cumuníquese, publíquese y cúmplase. NELSON O. CHUI MEJÍA Presidente Regional 20118-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Declaran en situación de desabaste- cimiento inminente la contratación de suministro de combustible ACUERDO DE CONCEJO Nº 002 -2007-A/MDC Carabayllo, 10 de enero de 2007 VISTO: El Informe Nº 002-2007-GAJ/MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 004-2007-GAF/MDC de la Gerencia de Administración y Finanzas y Nº 006-2007-SGLCP/GAF-MDC de la Sub-Gerencia de Logística y Control Patrimonial referidos a la Declaración de Desabastecimiento de Combustible en la Municipalidad Distrital de Carabayllo; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional – Ley Nº 27680; y concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial informa que habiéndose realizado el Proceso de Adjudicación Directa Selecta por Subasta Inversa Nº 021-2006-CE-MDC, ésta tenía como fecha de vencimiento el 31 de diciembre de 2006 y al haberse realizado una Addenda al Contrato por el 30%, de acuerdo al artículo 236º del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones del Estado por un período de 8 días, éste tiene como fecha de vencimiento el 8 de enero de 2007, siendo que a partir