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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de enero de 2007 338406 TABLA DE VENCIMIENTOS PARA LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE VENCIMIENTO SEMANAL CUYA RECAUDACIÓN EFECTÚA LA SUNAT MES AL QUE CORRESPONDE LA OBLIGACIÓNVENCIMIENTO SEMANAL SEMANA VENCIMIENTO Nº DESDE HASTA ENERO 20071 31-Dic-06 06-Ene-07 06-Mar-072 07-Ene-07 13-Ene-07 3 14-Ene-07 20-Ene-074 21-Ene-07 27-Ene-075 28-Ene-07 03-Feb-07 FEBRERO 20071 04-Feb-07 10-Feb-07 2 11-Feb-07 17-Feb-073 18-Feb-07 24-Feb-074 25-Feb-07 03-Mar-07 Para efectos de la regularización mensual se deberá tener en cuenta el cronograma mencionado en el inciso a) del presente artículo. c) El pago del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) correspondiente a las operaciones realizadas y que se realicen del 15 de diciembre de 2006 al 28 de febrero de 2007 de acuerdo al cronograma siguiente. TABLA DE VENCIMIENTOS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS FECHA DE REALIZACIÓN DE OPERACIONESÚLTIMO DÍA PARA REALIZAR EL PAGODEL AL 15-Dic-06 31-Dic-07 07-Mar-0701-Ene-07 15-Ene-07 16-Ene-07 31-Ene-07 01-Feb-07 15-Feb-0716-Feb-07 28-feb-07 Para efecto de la declaración del ITF se seguirá lo señalado en la Tabla de vencimiento para las obligaciones tributarias de vencimiento mensual a que se re fi ere el inciso a) del presente artículo. Artículo 2º.- PRÓRROGA DE PLAZOS DE VENCIMIENTO POR DESASTRES NATURALES Cuando se publique un Decreto Supremo que declare en emergencia una zona por desastres naturales, los deudores tributarios que tengan su domicilio fi scal en ella tendrán en cuenta lo siguiente: a) Las obligaciones tributarias mensuales que venzan en el mes de la declaratoria de emergencia podrán ser declaradas y pagadas hasta el plazo de vencimiento de las obligaciones tributarias mensuales correspondientes al período siguiente a aquel en que se hubiera producido dicha declaratoria. El mismo plazo se aplicará respecto de las obligaciones tributarias mensuales que venzan en el mes siguiente al de la declaratoria de emergencia. Para estos efectos se deberá considerar la fecha que corresponda al último dígito de su RUC, de acuerdo al cronograma aprobado por la SUNAT. b) Tratándose de los pagos a cuenta del ISC, cuya declaración y pago venciera en el mes de la declaratoria de emergencia y en el siguiente, se efectuarán hasta el segundo día hábil de la primera semana del mes subsiguiente a aquel en que se hubiera producido la declaratoria de emergencia, de acuerdo al cronograma aprobado por la SUNAT. c) Los pagos del ITF que venzan en el mes de la declaratoria de emergencia se efectuarán hasta el plazo de vencimiento correspondiente a las operaciones de la segunda quincena del mes siguiente a la declaratoria de emergencia, de acuerdo al cronograma aprobado por la SUNAT. El mismo plazo se aplicará respecto de los pagos del ITF que venzan en el mes siguiente al de la declaratoria de emergencia. La declaración del ITF que venza en el mes de la declaratoria de emergencia y en el siguiente se podrá efectuar hasta el plazo de vencimiento correspondiente al período siguiente a dicha declaratoria. Artículo 3º.- VIGENCIA La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LAURA CALDERON REGJO Superintendente NacionalSuperintendencia Nacional deAdministración Tributaria 20299-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Admiten a trámite solicitud de determinación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión de EPS SEDAPAR S.A. RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA Nº 001-2007-SUNASS-GRT Lima, 22 de enero de 2007. VISTO: El O fi cio Nº 996-2006/S-1010 recibido el 29 de diciembre de 2006, mediante el cual la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal de Arequipa Sociedad Anónima, EPS SEDAPAR S.A., remitió a la SUNASS el Plan Maestro Optimizado para dar inicio al trámite de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para el período comprendido entre los años 2007-2011. El O fi cio Nº 003-2007/S-1010 con fecha de recepción el 10 de enero de 2007, mediante el cual la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal de Arequipa Sociedad Anónima, EPS SEDAPAR S.A., remitió a la SUNASS la información requerida para dar inicio al trámite de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para el período comprendido entre los años 2007-2011. CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Consejo Directivo Nº 033- 2005-SUNASS-CD, se aprobó la “Directiva sobre el Procedimiento de Aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento” y la “Directiva para la Formulación de los Planes Maestros Optimizados”; Que, se ha procedido a revisar el Plan Maestro Optimizado y la documentación adjunta entregada por la EPS SEDAPAR S.A.; Que, conforme con la “Directiva sobre Procedimiento de Aprobación de Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento”, se procedió a remitir el O fi cio Nº 002-2007-SUNASS-110, en el que se solicita la subsanación de las de fi ciencias encontradas en la entrega de su propuesta inicial, las mismas que fueron subsanadas mediante O fi cio Nº 003- 2007/S-1010; Que, conforme con la “Directiva sobre Procedimiento de Aprobación de Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento” aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD, corresponde a la Gerencia de