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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de enero de 2007 338531 CONSIDERANDO: Que, el artículo 35º de la Ley Nº 27783 de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales tienen como competencias entre otras, aprobar su presupuesto institucional 2006 del Gobierno Regional de Moquegua, Que, la Comisión Ordinaria de Administración, Plani fi cación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, previa revisión del Informe Nº 911-2006-GRPPAT/G.R.MOQ. y sus antecedentes remitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sobre el Proyecto del Presupuesto Institucional Regional 2007, en donde se detalla el Presupuesto del Pliego por toda fuente de fi nanciamiento y todo grupo genérico de gasto, ha emitido el Dictamen Nº 010-2006-COAPYAT/GRM, concluyendo que el Proyecto del citado presupuesto se encuentra dentro de los alcances y dispositivos normativos generales para su elaboración correspondiendo por tanto su aprobación; Que, en uso de las facultades conferidas por el inciso a) del artículo 16º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado por la Ley Nº 27902, y el artículo 5º del Nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por O.R. Nº 009-2006-CR/GRM; el Consejo Regional por mayoría; ACORDÓ:Artículo Primero.- Aprobar el Presupuesto Institucional para el año fi scal 2007, del Pliego 455- Gobierno Regional de Moquegua, contenido en el dictamen Nº 010-2006-COAPYAT/GRM, Y antecedentes detallados en anexos adjuntos. Artículo Segundo.- Remítase copia del presente Acuerdo Regional a la Presidencia Regional y Vicepresidencia Regional, Consejeros Regionales, Gerencia General Regional y Órgano Regional de Control Institucional, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARÍA CRISTALA CONSTANTINIDES ROSADO Presidenta Regional 20104-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Otorgan a procurador facultades de representación judicial para que ejerza la defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad, así como para iniciar e impulsar procesos administrativos y/o jurisdiccionales contra responsables del detrimento patrimonial de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 019-2007/MDB Breña, 22 de enero del 2007EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo del 22 de enero del 2007, Informe Nº 001-MDB-2007, Informe Nº 005-MDB-2007, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 044-2007/MDB de fecha 4 de enero del 2007 se designó al Dr. VARGAS OTERO EDUARDO ENRIQUE como Procurador Público Municipal. Mediante Resolución de Alcaldía Nº 068-2007/MDB de fecha 8 de enero del 2007 se adecuó la denominación de Procuraduría Pública Municipal como Procuraduría Pública de acuerdo a la aprobación de la nueva Estructura Orgánica mediante Acuerdo de Concejo Nº 006-2007/MDB y Ordenanza Nº 224-2007/MDB de fecha 8 de enero del 2007. Que, es necesario investir al referido Funcionario con las facultades de representación judicial, a efectos que ejerza la defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad, inicie e impulse los procesos sean éstos administrativos y/o jurisdiccionales contra los responsables del detrimento patrimonial de esta Comuna. Que de conformidad y concordancia con la Ley de Endeudamiento del Sector Público y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se requiere destinar recursos adicionales en el Presupuesto Institucional por un monto de S/. para atender el mejoramiento de Infraestructura y los servicios básicos y otros prioritarios. En cumplimiento de las atribuciones conferidas por los Artículos 9º. Inciso 23) de la Ley Nº. 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, con la votación UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta; ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Público Señor Dr. EDUARDO ENRIQUE VARGAS OTERO, para que en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad de Breña, inicie e impulse los procesos administrativos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros que hayan incurrido en ilícitos penales y causado perjuicio patrimonial en agravio de este gobierno local, así como los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes, otorgándole las facultades señaladas en los Artículos 174º. y 175º. Del Código Procesal Civil, actuando con plena representación de la Municipalidad en los procesos Administrativos, Civiles, Penales, laborales y Constitucionales ya sea como denunciante, demandante, demandado, parte civil, tercero civilmente responsable, sin restricción de ninguna naturaleza que le limite en el ejercicio de su defensa con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 47º. De la Constitución Política del Estado y Artículo 2º., 4º. y 35º. Del Decreto Ley Nº 17537 modi fi cado por Decreto Ley Nº 17667. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo noti fi car el presente Acuerdo a las Gerencias, Subgerencias y Unidades para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 19907-1 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS FE DE ERRATAS ORDENANZA N° 110 - MDCH Mediante O fi cio N° 047-2007/SG-MDCH, la Municipalidad Distrital de Chorrillos solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza N° 110-MDCH, publicada en la edición del día 17 de enero de 2007. DICE:Artículo Segundo.- Modi fi car el Artículo Primero de la Ordenanza N° 102 MDCH de fecha 4 de noviembre del 2006 en el extremo que modi fi ca el artículo 9° de la Ordenanza N° 101 –MDCH quedando redactada como sigue: