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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2007 (27/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de enero de 2007 338535 pagadas hasta dos sesiones al mes, la misma que no supera el 30% de la remuneración mensual que percibe el señor alcalde de la Municipalidad Distrital del Rímac. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación, conforme a Ley, del presente Acuerdo de Concejo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la O fi cina de Administración y Finanzas y a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento del presente Acuerdo. Dado en el Palacio Municipal a los cinco días de enero del dos mil siete. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR LEYTON DÍAZ Alcalde 20338-1 Aprueban habilitación urbana de inmueble ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0455-2006-MDR Rímac, 29 de diciembre de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTO: El Expediente Nº 06112-06 y adjunto Exp. Nº 03347-05 y anexos- 06, promovido por la COOPERATIVA DE VIVIENDA PERPETUO SOCORRO LTDA. 269., representado por su Presidente del Concejo de Administración señor LUIS ALEJANDRO GUTIERREZ SANCHEZ, y su Gerente General señor ORLANDO ALFARO VIDAL, solicitando Habilitación Urbana de O fi cio del terreno Finca situada en la calle del Limoncillo hoy Tumbes Nº 32 frente a la Avenida Prolongación Tacna de área 21,262.10 m2, con Zoni fi cación Zona de Tratamiento Especial, del distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO:Que, el Articulo 8º del Decreto Supremo Nº 011- 2005-VIVIENDA, que modi fi ca el Reglamento de la ley de Regularización de Edi fi caciones, incorpora la Décima Sétima Disposición Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 27157, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, prevé la Habilitación Urbana de O fi cio, señalando que “las municipalidades Provinciales en el ámbito del cercado y las Distritales en su jurisdicción, identi fi caran los predios ubicados en zonas urbanas consolidadas, que se encuentren como urbanos en la Municipalidad e inscritos como rústico en el Registro de Predios, declarándolos habilitados de o fi cio mediante Resolución de Alcaldía disponiendo la inscripción Registral del cambio de uso de rústico a urbano, acto este que será gestionado por el propietario. Que, Luis Alejandro Gutiérrez Sanchez, Presidente del Consejo de Administración y Orlando Alfaro Viudal, Gerente General de la COOPERATIVA DE VIVIENDA PERPETUO SOCORRO LTDA 269, solicitan la Habilitación Urbana de O fi cio del terreno de ubicación con frente a la Av. Prolongación Tacna denominado fi nca situada en la Calle del Limoncillo hoy tumbes Nº 32 desarrollando sobre el terreno de 21,262.10 m2 inscrito en la Partida Nº 07013373 los linderos y medidas perimétricas respectivamente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, adjuntando documentos de acuerdo al Artículo 10º del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, aprobado por Decretos Supremos Nos. 010 y 011-05- VIVIENDA. Que, el recurrente presenta el plano de Lotización, al cual se le asigna el Nº 013-06-MDR –DDU- DCPH, el mismo que ha sido visado por la Dirección de Desarrollo Urbano y el Departamento de Catastros y Patrimonio Histórico: Que, asimismo ha cumplido con cancelar mediante el recibo de pago Nº 0000406127 Autorización de Habilitación Urbana con Construcción Simultánea, quedando pendiente el derecho de pago del 1% del control de obra hasta la recepción de la obra. Que, las Especi fi caciones Técnicas de conformidad con la Ordenanza Nº 104-2005-MDR y Ordenanza Nº 141-2006-MDR, se encuentran contenidas en el informe Nº 453-02006-MDR-DDU- DCPH del Departamento de Catastro y Patrimonio Histórico de la Dirección de Desarrollo Urbano que forma parte del expediente. De conformidad a lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Construcciones, La Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 modi fi cado por la Ley Nº 27157, Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA y Ordenanza Nº -2006-MDR y estando el Informe Nº 445-2006-MDR-DDU-DCPH y visto de la Dirección de Desarrollo Urbano. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, la Habilitación Urbana de O fi cio de conformidad con el Plano Nº 013-2006-MDR- DDU-DCPH, para edi fi cación de Viviendas Unifamiliares y Multifamiliares del terreno de 21,262.10 m2, de la Finca situada en la Calle del Limoncillo hoy Tumbes Nº 32 conforma el predio inscrito en la Partida Nº 07013373, con sus linderos y medidas perimétricas, del registro de predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Artículo Segundo.- DISPONER, la inscripción en los Registros Públicos del Plano Nº 013-06-MDR-DDU-DCPH, de Manzaneo y Lotización, de la Cooperativa de Vivienda Perpetuo Socorro Ltda. 269, el cambio de uso de rústico a urbano acto que debe ser gestionado por el propietario, debiendo sujetarse a los Planos fi rmados y sellados por el Departamento de Catastros y Patrimonio Histórico y la Dirección de Desarrollo Urbano, de acuerdo a las especi fi caciones técnicas siguiente: CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS CUADRO GENERAL DE Á REAS CONCEPTO ÁREA M2 ÁREA TOTAL DEL TERRENO ÁREA ÚTIL DE LOTESÁREA A COMPENSARÁREA DE RECREACIÓN PÚBLICAÁREA DE MINISTERIO DE EDUCACIÓNSUB-ESTACIÓN ELÉCTRICA ÁREA DE VÍAS21,262.10 9,216.69 256.00 1,239.81 163.85 22.04 10,363.71 ÁREA DE VÍA COLECTORA (PROLONG.TACNA) ÁREA DE VÍAS LOCALES6,820.99 3,542.72 Esta Conformada el Plano de Manzaneo y lotización de 9 manzanas: Mz “A” 23 lotes; Mz.”B” 10 lotes; MZ “C” 13 lotes (lote 13 asignado a vivienda multifamiliar); Mz “D” 13 lotes (lote 13 asignado a vivienda multifamiliar); Mz “E” 3 lotes (lote 3 asignado a vivienda multifamiliar); Mz “F” 6 lotes; Mz “G” 1 (lote asignado a vivienda multifamiliar); Mz “H” Mz “G”. Artículo Tercero.- El dé fi cit de aporte reglamentario del 2% del terreno para Ministerio de Educación, serán redimidos en dinero, siendo el área objeto de regularización igual a 122,96 m2. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Desarrollo Urbano por intermedio del Departamento de Catastro y Patrimonio Histórico la incorporación de la presente Habilitación Urbana en el Plano Urbano del Distrito y el Registro del predio en la Dirección de Rentas y Desarrollo Económico. Artículo Quinto.- REMITIR, copia de la presente Resolución a la Superintendencia de Bienes Nacionales para su conocimiento y fi nes.