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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de enero de 2007 338538 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA Exoneran de proceso de selección la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO N° 002-2007-AC/MDH Huaura, 15 de enero del 2007Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 12 de enero del presente año, el Informe Nº 005-2007-PVL/MDH, del Jefe del Programa del Vaso de Leche; el Informe Nº 004-2007-AL/MDH, del Asesor Legal de la Municipalidad Distrital de Huaura; el Informe Nº 002- 2007-UA/MDH, todas ellas poniendo en consideración del Concejo, la solicitud de Exoneración del Proceso de selección por Desabastecimiento Inminente para la Adquisición de Alimentos Enriquecidos Lácteos para el Programa del Vaso de Leche de Huaura: CONSIDERANDO:Que, el inciso “c” del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado , aprobado por Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo proceso de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen “por desabastecimiento inminente”. Que, se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividad u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial, lo que faculta a la entidad a la adquisición o contratación de los bienes y servicios u obras solo por el tiempo o cantidad según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda. Que, el Jefe del Programa del Vaso de Leche, mediante Informe Nº 005-2007-PVL/MDH, de fecha 11 de enero del presente año comunica al Alcalde de la Municipalidad con conocimiento a la Unidad de Abastecimiento y Logística el sustento técnico de la ejecución de exoneración para adquirir el Producto Enriquecido Lácteo para atender a 2,801 Bene fi ciarios por día del Programa del Vaso de Leche de la jurisdicción del distrito de Huaura; así mismo señala que el periodo de atención para cubrir las necesidades seria de TRES meses aproximadamente. Que el Programa del Vaso de Leche cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para cubrir el costo del producto de acuerdo a los documentos para el periodo de los TRES meses por desabastecimiento inminente. Que, la Unidad de Logística y Abastecimiento mediante su informe Nº 002-2007-ULA/MDH, de fecha 11 de enero del 2007 y de conformidad con el artículo 46º del TUO del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, solicita a la Municipalidad Distrital de Huaura , solicite al Área de Asesoría Legal el informe respectivo que sustente la solicitud de la referida unidad para la presentación del Expediente de Exoneración según el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobada por Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, ante el Concejo Distrital de Huaura, para la aplicación del inciso “c” del artículo 19º de la misma, que contempla la Exoneración del Proceso de Selección de Desabastecimiento inminente.Que, el Área de Asesoría Legal mediante Informe Nº 004-2007-AL/MDH, de fecha 10 de enero del 2007 considera que el informe técnico antes mencionado, cumple con establecer la existencia de una causal de desabastecimiento inminente del Producto Enriquecido Lácteo, como consecuencia de que la actual Administración Municipal ha asumido la responsabilidad de administración directa , por lo que se requiere que esta casa municipal adopte las medidas urgentes que aseguren la continuidad en el suministro de dicho producto entre los bene fi ciarios lo que constituye la justi fi cación técnica y necesidad de Exoneración, por lo que se limitan a determinar su procedencia legal en el marco de lo expuesto en el respectivo informe técnico. Que, los documentos adjuntados se desprende que la solicitud de Exoneración se enmarca dentro del Desabastecimiento Inminente, presentada ante una situación extraordinaria e imprevisible, al haber, esta nueva administración edilicia asumido la responsabilidad a partir del 2 de enero del presente año y por ello no se ha podido adquirir los Productos Lácteos oportunamente, con lo que se da la ausencia de los productos necesarios para el Programa del Vaso de Leche, lo que impediría la continuidad de las actividades que el Programa tiene a su cargo. De conformidad con lo opinado por los funcionarios cuyas responsabilidades se han indicado. ACORDÓ: Artículo Primero.- Exonerar el Proceso de Selección por Desabastecimiento Inminente, para la Adquisición de Alimentos de Enriquecidos Lácteos y Leche Evaporada (por 10,567.37 Kgs. y 16,848 tarros de Leche) la que permitirá atender por el espacio de TRES meses aproximadamente a 5,600 bene fi ciarios del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Huaura, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso “c” del artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y demás normas legales emitidas para estos efectos. Artículo Segundo.- Precisar que el valor referencial de la adquisición, incluyendo el Impuesto General a las Ventas se ha calculado en aproximadamente en S/. 22,845.10 nuevos soles para la adquisición de Alimentos de Enriquecido Lácteo, el mismo que será fi nanciado con cargo a los recursos asignados en el presupuesto del presente año de la Municipalidad Distrital de Huaura al Área del Programa del Vaso de Leche con la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios Especí fi cos de Gastos 5.3.11.24. Alimentos para personas. Encargándose al Comité Especial de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo la modalidad establecida en el artículo 148º del TUO del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- Encargar la publicación del presente Acuerdo, en el Diario O fi cial El Peruano, en cumplimiento del inciso “c” del artículo 20º del TUO. De la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del termino de ley y remítase copia a la Contraloría General de la República y CONSUCODE en el plazo de ley y encargar al Comité Especial de Contrataciones y Adquisiciones del Estado quienes deberán de cumplir con el Procedimiento para la Adquisición y Contratación exoneradas que señala el artículo 148º del TUO. Del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JACINTO ROMERO TRUJILLO Alcalde Distrital 20352-1