Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2007 (27/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

338527

VISTOS: El Informe Nº O87-2006-DACEL de fecha 30 de noviembre de 2006, emitido por el Departamento de Administracion de Carteras y Empresas en Liquidacion; el Informe Final de Cierre de Reaseguradora Peruana S.A. Compania de Seguros y Reaseguros en Liquidacion, emitido por los senores Consorcio Administrare S.A. - CMS Consultores y Administradores S.A.C., en su condicion de empresa Liquidadora; asi como, los Informes emitidos por los senores BDO MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA S.C., relacionados con los Estados Financieros de la reaseguradora al 30 de setiembre de 2005 y lo concerniente a la gestion de la Empresa Liquidadora; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 224-96-PCM de fecha 18 de junio de 1996, se ratifico el Acuerdo de la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI que dispuso la disolucion y liquidacion de Reaseguradora Peruana S.A. Compania de Seguros y Reaseguros, dandose inicio al correspondiente MORDAZA de liquidacion, nombrandose asimismo a la Primera Junta Liquidadora; Que, por Resolucion SBS Nº 648-96 del 30 de setiembre de 1996, se ratifico el acuerdo de disolucion y liquidacion de Reaseguradora Peruana S.A. Compania de Seguros y Reaseguros a que se refiere la Resolucion Suprema Nº 224-96-PCM, disponiendose que los senores integrantes de la Junta Liquidadora, nombrados en la citada Resolucion Suprema, continuaran desempenando dicho cargo como delegados especiales de la Superintendencia, para cuyo efecto se les asignaron las atribuciones a que se refiere el Capitulo III del Titulo VI de la Seccion MORDAZA de la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros - Decreto Legislativo Nº 770; Que, la Resolucion MORDAZA mencionada, dispuso ademas que el MORDAZA de disolucion y liquidacion de Reaseguradora Peruana S.A. Compania de Seguros y Reaseguros, observe lo dispuesto en la parte pertinente por la MORDAZA citada Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 770; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 115º concordante con la Octava Disposicion Transitoria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y modificatorias (Ley General), por Resolucion SBS Nº 1234-2002 de fecha 2 de diciembre del 2002 se encomendo a Consorcio Administrare S.A. - CMS Consultores y Administradores S.A.C., para que lleve a cabo el MORDAZA de liquidacion de Reaseguradora Peruana S.A. Compania de Seguros y Reaseguros, con las atribuciones contenidas en la Resolucion SBS Nº 455-99 y las facultades de poder general y especial contenidas en los articulos 74º y 75º del Codigo Procesal Civil concordantes con el articulo 368º de la Ley General de Sociedades; Que, al inicio del MORDAZA liquidatorio el Balance General al 30 de junio de 1996 de Reaseguradora Peruana S.A. Compania de Seguros y Reaseguros en Liquidacion, registraba Activos por un monto ascendente a S/. 48 965 529 (Cuarenta y ocho millones novecientos sesenta y cinco mil quinientos veintinueve Nuevos Soles), Pasivos por S/. 39 786 990 (Treinta y nueve millones setecientos ochenta y seis mil novecientos noventa Nuevos Soles) y un Patrimonio de S/. 9 178 539 (Nueve millones ciento setenta y ocho mil quinientos treinta y nueve Nuevos Soles); Que, en el transcurso de su MORDAZA liquidatorio, Reaseguradora Peruana S.A. Compania de Seguros y Reaseguros, aprobo su Listado de Acreedores conforme a lo dispuesto en el articulo 485º del Decreto Legislativo 770; Que, Reaseguradora Peruana S.A. Compania de Seguros y Reaseguros con el producto de la realizacion de sus Activos, ha cumplido con atender el integro del pago de las acreencias incluidas en las ordenes de prelacion "A", "B", "C", "D", "E" , "F", "G", "H" e "I" del Listado Definitivo de Acreedores y, parcialmente con el pago de

las acreencias de intereses de las prelaciones incluidas en el citado Listado; debiendo senalar que las acreencias sobre las que subsiste derecho a cobro y que no fueron cobradas oportunamente, han sido consignadas ante el Poder Judicial; Que, con fecha 13 de octubre de 2005 Reaseguradora Peruana S.A. Compania de Seguros y Reaseguros en Liquidacion, ha presentado ante el Poder Judicial una solicitud de Ofrecimiento de Pago y Consignacion Judicial en favor de 33 acreedores, por un total de S/. 72 124.83 (Setenta y dos mil ciento veinticuatro y 83/100 Nuevos Soles) y US$ 110 067.27 (Ciento diez mil sesenta y siete y 27/100 Dolares Americanos) y, al dia siguiente, los correspondientes Certificados de Deposito Judicial, numerados 2005000304315, 2005000304316 y 2005000304317, los cuales fueron aceptados y validados en la Audiencia Unica de fecha 26 de MORDAZA de 2006 ante el 18º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima; Que, respecto a los cuatro (4) procesos civiles en curso, sobre indemnizacion (3) y obligacion de dar suma de dinero (1), iniciados contra Reaseguradora Peruana S.A. Compania de Seguros y Reaseguros en Liquidacion, con fechas 4, 7, 27 de noviembre y 1 de diciembre de 2005, la empresa liquidadora ha cumplido con informar a los Juzgados respectivos la inexistencia de activos del MORDAZA liquidatorio y la inminente extincion de la empresa; Que, el Balance Final de la citada empresa al 30 de setiembre de 2005, publicado con fecha 25 de noviembre de 2005 en el Diario Oficial El Peruano, refleja que Reseguradora Peruana S.A. Compania de Seguros y Reaseguros ha agotado todos sus Activos; Que, con fecha 12 de octubre de 2005, personal del Archivo General de la Nacion procedio al traslado a sus propios almacenes de la parte del acervo documental de Reaseguradora Peruana S.A. Compania de Seguros y Reaseguros en Liquidacion, destinado a su eliminacion por haber perdido vigencia administrativa y legal, de acuerdo al trabajo de depuracion efectuado; Que, culminada la primera etapa MORDAZA senalada, se solicito al Archivo General de la Nacion, la asignacion de espacio y fecha para efectuar la misma diligencia con respecto a los documentos destinados a su conservacion, asignandose a la reaseguradora el espacio para la conservacion de 532 MORDAZA, realizandose el traslado con fecha 11 de MORDAZA de 2006, mediante el Acta de Transferencia Nº 08-2006-DNADAAI/DAP; Que, el departamento de Administracion de Carteras y Empresas en Liquidacion de la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP, en su Informe Nº 087-2006DACEL de fecha 30 de noviembre de 2006, concluye que, se ha comprobado que Reaseguradora Peruana S.A. Compania de Seguros y Reaseguros no cuenta con activos para continuar con el MORDAZA liquidatorio; Que en aplicacion de lo dispuesto en el Articulo 114º de la Ley General, que recoge lo previsto en el articulo 192º de la derogada Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros - Decreto Legislativo Nº 770, se debe dar por concluido el MORDAZA liquidatorio de Reaseguradora Peruana S.A. Compania de Seguros y Reaseguros y en consecuencia inscribir la extincion en el Registro Publico correspondiente. Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas y Asesoria Juridica; y, en uso de las facultades que le confiere Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el MORDAZA liquidatorio de Reaseguradora Peruana S.A. Compania de Seguros y Reaseguros en Liquidacion, y en consecuencia declarar la extincion de su personeria juridica, disponiendo el traslado del acervo documental al Archivo General de la Nacion. Articulo Segundo.- Dar por terminado el encargo efectuado a Consorcio Administrare S.A. CMS Consultores y Administradores S.A.C. para la representacion y administracion de Reaseguradora Peruana S.A. Compania de Seguros y Reaseguros en Liquidacion, dejando sin efecto la Resolucion SBS Nº

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