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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2007 (31/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de enero de 2007 338821 CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en ejercicio de las funciones especí fi cas exclusivas de las municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y usos del suelo, previstas en el artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 es necesario atender con carácter prioritario la demanda de los vecinos del Distrito de San Isidro, puesta de mani fi esto en el resultado de las ultimas elecciones municipales, en el sentido de adecuar en concordancia con los patrones de construcción existentes, el Plano de Alturas y sus normas conexas aprobado con la Ordenanza Nº 950-MML, así como las normas acerca de la compatibilidad de los usos comerciales en zonas destinadas a uso residencial, consignadas en la mencionada Ordenanza, en resguardo de las altas calidades Urbanísticas, Arquitectónicas y Ambientales del Distrito; Que, en tal sentido, mediante Ordenanza Nº 192-MSI se dispuso la suspensión temporal de diversos trámites con el fi n de ejecutar acciones inmediatas para restablecer el Desarrollo Urbano Ordenado del Distrito; Que, en este contexto se ha visto por conveniente modi fi car, parcialmente, la Ordenanza Nº 192-MSI, con elfi n de no afectar la actividad edi fi catoria y económica del distrito, ni los derechos adquiridos con anterioridad a la mencionada Ordenanza, reservando la tramitación de los Certi fi cados de Parámetros y el otorgamiento de los Certi fi cados de Acondicionamiento y Compatibilidad de Uso y de Licencias de Funcionamiento, en zonas destinadas a uso residencial, según el Plano de Zoni fi cación de Usos del Suelo aprobado con la Ordenanza Nº 950-MML emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mientras se procede a la reformulación del Plano de Alturas y de las normas que rigen la compatibilidad de las actividades comerciales en zonas residenciales, en el marco de la Segunda Disposición Final de la mencionada Ordenanza Metropolitana; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 005-2007-MSI del 10.01.07, se declara en reorganización administrativa, económica y fi nanciera a la Municipalidad de San Isidro por un período de 90 días calendario; y, En uso de las Facultades conferidas por los Artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación de Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 192 Artículo Primero.- Declarar de Interés Local la modi fi cación del Plano de Alturas, y la revisión de la Compatibilidad de Usos del Suelo en Zonas Residenciales a que se re fi ere los Artículos 3º y 10º, de la Ordenanza Nº 950 emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima y la revisión de las normas establecidas en el anexo Nº 04 Especi fi caciones Normativas de la Zoni fi cación en lo que corresponde al Distrito de San Isidro, literales B1, B9 al B13 y Literal C, en el marco de lo establecido en el numeral 3º de la Segunda Disposición Final de la mencionada Ordenanza. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Ordenanza Nº 192-MSI con excepción de la suspensión de la recepción de solicitudes para el otorgamiento de Certi fi cados de Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios, y Certi fi cados de Acondicionamiento y Compatibilidad de Uso y de Licencia Municipal de Funcionamiento, en Zonas destinadas a uso Residencial según el Plano de Zoni fi cación de los Usos del Suelo aprobado con la Ordenanza Nº 950-MML, así como la suspensión del otorgamiento de los Certi fi cados mencionados en los trámites en giro cuyos Certi fi cados no hayan sido otorgados antes de la vigencia de la Ordenanza Nº 192-MSI, y hasta la aprobación de las modi fi caciones a que se re fi ere el Artículo Primero de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Desarrollo Urbano y de Autorizaciones y Control Urbano la formulación de los estudios que sustenten las modi fi caciones a que se refi ere el Artículo Primero de la presente Ordenanza, en coordinación con las organizaciones vecinales, así como la tramitación ante el Instituto Metropolitano de Plani fi cación y la dependencia respectiva de la Municipalidad Metropolitana de Lima de conformidad con el procedimiento vigente, hasta su aprobación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.Dado en San Isidro, a los 26 días del mes de enero de dos mil siete. E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 21352-1 Convocan a elecciones de las Juntas Vecinales del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2007-ALC/MSI San Isidro, 29 de enero de 2007EL ALCALDE DE SAN ISIDRO;VISTO: La Ordenanza Nº 125-MSI publicada en el Diario O fi cial El Peruano el día 24.9.05, que aprobó la Constitución y Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales del distrito y el Decreto de Alcaldía Nº 023-2006-ALC/MSI publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 7.12.06 que dispuso postergar la realización de las elecciones convocadas mediante Decreto de Alcaldía N° 014-2006-ALC/MSI. CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza N° 193-MSI se modi fi có la Ordenanza N° 125-MSI, autorizando al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía fi je nueva fecha para las elecciones de los representantes a las Juntas Vecinales del distrito, toda vez que mediante Decreto de Alcaldía N° 023-2006-ALC/MSI se postergaron las mismas; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Convocar a elecciones de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro el 21 de febrero del 2007 desde las 02:00 p.m. hasta las 08:00 p.m. Artículo Segundo.- Ratifi car a los miembros del Comité Electoral designados mediante Decreto de Alcaldía N° 014-2006-ALC/MSI. Artículo Tercero.- Para efectos del acto electoral a llevarse a cabo el día 21 de febrero del 2007, los locales de votación serán los siguientes: Sector 1: Local del Consejo Departamental de Lima - Colegio de Ingenieros del Perú: Av. Prescott N° 215 Sector 2: Local de Bienestar, Salud y Proyección Social: Av. Paul Harris N° 205. Sector 3: Teatrín de El Olivar: Paseo Constancio Bollar N° 310. Sector 4: Local en Calle Río de la Plata Nº 480.Sector 5: Automóvil Club Peruano: Av. Canaval y Moreyra N° 671. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales el presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 21354-1