Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2007 (31/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de enero de 2007 338819 Declaran en reestructuración adminis- trativa y orgánica a la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2007-CDM Mira fl ores, 9 de enero de 2007 EL ALCALDE DE MIRAFLORESPOR CUANTO:El Concejo Distrital en Sesión Ordinaria de la fecha;Vistos, el proyecto de Acuerdo sobre Declaración en Reestructuración Administrativa y Orgánica a la Municipalidad de Mira fl ores; CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía consagrada en la Constitución Política del Perú radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la actual administración tiene como objetivo prestar los servicios públicos municipales con la e fi ciencia que requieren los vecinos de Mira fl ores, orientado fundamentalmente a lograr el bienestar general de la Comunidad; Que, la actual estructura orgánica de la Municipalidad limita la debida, correcta y e fi ciente prestación de los servicios públicos que presta; por lo que debe ser adecuada para alcanzar los objetivos perseguidos por la administración municipal, disponiéndose su reestructuración; En uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta; ACORDÓ:Artículo Primero .-Declarar en reestructuración administrativa y orgánica la Municipalidad de Mira fl ores por el término de sesenta (60) días calendario, plazo en el cual deberán adoptarse y dictarse las disposiciones necesarias para adecuar la estructura orgánica a las necesidades y objetivos institucionales de la actual administración municipal, orientados a optimizar la prestación de los servicios públicos a la Comunidad. Artículo Segundo .-Encargar a la Gerencia Municipal efectuar las coordinaciones necesarias, destinadas al cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 21883-1 Solicitan intervención de la Contraloría General de la República para que practique una auditoría general a la administración municipal, correspondiente al ejercicio 2003 - 2006 ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2007-CDM Mira fl ores, 9 de enero de 2007 EL ALCALDE DE MIRAFLORESPOR CUANTO:El Concejo Distrital en Sesión Ordinaria de la fecha;CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía consagrada en la Constitución Política del Perú radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Presidente de la Comisión de Transferencia de la administración entrante solicita la intervención de la Contraloría General de la República, a fi n de efectuar una auditoría por el ejercicio 2003-2006, en la Municipalidad de Mira fl ores; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- SOLICITAR la intervención de la Contraloría General de la República, a fi n que practique una auditoría general a la administración municipal, correspondiente al ejercicio 2003-2006. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal efectuar las coordinaciones necesarias, destinadas al cumplimiento de los objetivos del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 21883-2 Fijan montos de remuneración mensual del Alcalde y de dietas de Regidores ACUERDO DE CONCEJO Nº 007-2007-MM Mira fl ores, 26 de enero de 2007 EL ALCALDE DE MIRAFLORESPOR CUANTO:El Concejo Distrital en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía consagrada en la Constitución Política del Perú radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 12º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, “los regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fi jadas por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión. El acuerdo que las fi ja será publicado obligatoriamente bajo responsabilidad. El monto de las dietas es fi jado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local, previas las constataciones presupuestales del caso. No pueden otorgarse más de cuatro dietas mensuales a cada regidor. Las dietas se pagan por asistencia efectiva a las sesiones. El alcalde no tiene derecho a dietas; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 019-2006, de fecha 1º de agosto de 2006, se estableció la compensación mensual por ejercicio de funciones del Presidente de la República, Congresistas de la República, Ministros de Estado, autoridades con rango de Ministro de Estado, Presidentes Regionales, Alcaldes, Consejeros Regionales y Regidores, para los meses de agosto a diciembre de 2006; Que, el Numeral 2) del Artículo 4º de la Ley que desarrolla el Artículo 39º de la Constitución del Estado, Ley Nº 28212, está referido a la jerarquía, modalidad y forma de las remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado; En uso de las facultades conferidas por el Numeral 28) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por MAYORÍA y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, adoptó el siguiente; ACUERDO: Artículo Primero.- FIJAR en S/.11,050.00 (Once Mil Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) la remuneración