Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2007 (31/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de enero de 2007 338823 ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 04-2004 ADECUANDO A LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE LA PROPIEDAD, DEPENDIENTE DE LA GERENCIA GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS DÁNDOLE LA DENOMINACION DE GERENCIA DE FORMALIZACIÓN Y REGULACIÓN DE LA PROPIEDAD Y NUEVAS FUNCIONES Artículo 1º. Apruébase la modi fi cación de Ordenanza Nº 004-2004-MPC, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao, en los artículos 105º literales b y l, 106, 109, 110 y sus literales i j, k, l, y suprímase el literal s del artículo 130, dando a la Gerencia de Regulación de la Propiedad, dependiente de la Gerencia General de Asentamientos Humanos, la nueva denominación: Gerencia de Formalización y Regulación de la Propiedad, adecuándola para asumir las funciones y competencias previstas en la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos, como a continuación se detalla: “Artículo 105, literal b: “ supervisar y coordinar el apoyo técnico y legal que se brindará a los posesionarios de los asentamientos humanos, centros urbanos informales y urbanizaciones populares para su reconomiento legal para posterior obtención de sus títulos de propiedad”. Literal l: “Resolver en primera instancia los procedimientos administrativos de prescripción adquisitiva de dominio y regulación de tracto sucesivo, respecto a posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares” “Artículo 106º para el cumplimiento de sus funciones la Gerencia General de Asentamientos Humanos cuenta con las siguientes dependencias: Gerencia de Habilitación Urbana y Gerencia de Formalización y Regulación de la Propiedad” “Artículo 109º.- La Gerencia de Formalización y Regulación de la Propiedad, es el órgano de línea que se encarga del proceso de formalización y saneamiento físico legal de la propiedad en las posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares. Depende jerárquicamente de la Gerencia General de Asentamientos Humanos.” “Artículo 110 .- Son funciones de la Gerencia de Formalización y Regulación de la Propiedad: “ “i. Actuar como órgano de asesoría en la Formalización de Propiedad de las posesiones informales asentadas en terrenos de propiedad estatal (pendiente mientras dure la competencia extraordinaria temporal otorgada a Cofopri). j. Actuar como órgano de asesoría en la Formalización de Propiedad de las posesiones informales asentadas en terrenos de Propiedad Privada, a través de los Trámites Administrativos de Regularización de la Propiedad (Prescripción Adquisitiva de Dominio, Tracto Sucesivo, Permuta y Expropiación). k. Actuar como órgano de asesoría en los trámites de acceso al suelo de sectores de menores recursos económicos. (Proyectos de inversión sobre terrenos de libre disponibilidad y ocupados por posesiones Informales y los convenios interinstitucionales de fi nanciamiento con el Gobierno Regional). l. Efectuar otras funciones a fi nes que le asigne la Gerencia General de Asentamientos Humanos en materia de su competencia”. Artículo 2º.- Derógase las Ordenanzas Municipales Núms. 012 del 10 de mayo de 2005 y 028 del 5 de setiembre de 2005, devolviendo a la Gerencia General de Asentamientos Humanos la potestad para resolver en primera instancia los procedimientos administrativos de prescripción adquisitiva de dominio y regularización del tracto sucesivo respecto a urbanizaciones populares y toda otra que se oponga al presente Acuerdo y la Ordenanza que genere. Artículo 3º.- Encárgase a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización a efectuar las modi fi caciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos, Reglamento de Organización y Funciones, Manual de Organización y Funciones, Cuadro de Asignación de Personal y demás cuerpos normativos e instrumentos de gestión que se deben modi fi car en virtud de la vigencia de la presente OrdenanzaPOR TANTO: Mando se registre y cumpla.FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 21356-1 Modifican la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 045-2006-MPC, que otorga beneficios al pago anticipado de arbitrios ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000005 Callao, 18 de enero de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 18 de enero de 2007; Aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 0045 de fecha 21 de diciembre de 2006, que fuere publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 30 de diciembre del año 2006, que aprueba el Régimen Tributario de los arbitrios municipales del período 2007; Que, conforme a lo dispuesto por los artículos 191º y 74º de la Constitución Política del Estado, los Gobiernos Locales gozan de plena autonomía política, económica, administrativa en los asuntos de su competencia y tienen potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, en ese sentido, resulta necesario modi fi car la Quinta Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 045-2006-MPC que re fi ere sobre los bene fi cios tributarios otorgados a los contribuyentes que opten por efectuar el pago adelantado de los Arbitrios Municipales del período 2007; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, se ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LA QUINTA DISPOSICIÓN TRANSITORIA Y FINAL DE LA ORDENANZA Nº 045-2006-MPC, QUE OTORGA BENEFICIOS AL PAGO ANTICIPADO DE ARBITRIOS Artículo 1º .- Modifíquese la Quinta Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 0045 del 21 de diciembre del 2006, por el siguiente texto: “Quinta.- Bene fi cio por pago adelantado: Los contribuyentes que hasta el 31 de enero del 2007, opten por efectuar la cancelación total de los Arbitrios Municipales del período 2007, tendrán un descuento del 8% sobre el monto de la deuda insoluta. En caso de producirse dicha cancelación hasta el 16 de febrero del 2007, obtendrá el 5% de descuento sobre el monto insoluto de la deuda Artículo 2º.- Facúltase al Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como la prórroga del vencimiento del bene fi cio que esta Ordenanza dispone. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 21357-1